Comunidad Autónoma de Cataluña. III. Otras disposiciones. Entidades de inspección y control. (BOE-A-2025-7871)
Resolución de 25 de marzo de 2025, de la Dirección General de Industria, del Departamento de Empresa y Trabajo, por la que se modifica la designación de Applus Metrology, SL, como organismo autorizado de verificación metrológica de instrumentos de medida sometidos al control metrológico del Estado.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93
Jueves 17 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 54187
Sobre la base de lo que se ha expuesto, resuelvo:
1. Modificar la designación de la entidad Applus Metrology, SL, como Organismo
autorizado de Verificación Metrológica para la realización y emisión de las oportunas
certificaciones relativas a las verificaciones después de reparación o modificación y las
verificaciones periódicas establecidas en el artículo 9.3 de la Ley 32/2014, de 22 de
diciembre, de Metrología.
2. El contenido y el alcance de la presente designación está sujeta a las
condiciones siguientes:
Primero.
La presente designación incluye a los instrumentos o sistemas de medida siguientes:
– Instrumentos de pesaje de funcionamiento automático, del tipo:
Seleccionadoras ponderales automáticas, con el siguiente alcance:
Clases XI y Y(I): Max ≤ 20 kg y n ≤ 100.000;
Clases XII y Y(II): Max ≤ 300 kg.
Clases XIII y Y(a): Max ≤ 6.000 kg.
Clases XIIII y Y(b): Max ≤ 80.000 kg.
Instrumentos gravimétricos de llenado, con el siguiente alcance:
Clase 0,5: Max ≤ 50.000 kg y n ≤ 6.000.
Clases 1 y 2: Max ≤ 50.000 kg.
Totalizadores discontinuos, con el siguiente alcance:
Clase 0,5: Max ≤ 50.000 kg y n ≤ 6.000.
Clases 1 y 2: Max ≤ 50.000 kg.
Totalizadores continuos, con el siguiente alcance:
Clase 0,5: Max ≤ 25.000 t/h, n ≤ 5.000 y dt ≥ 1 kg.
Clases 1 y 2: Max ≤ 25.000 t/h.
Básculas de ferrocarril, con el siguiente alcance:
Clases 0,5; 1 y 2: Max ≤ 150.000 kg.
– Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, con el siguiente alcance:
– Instrumentos destinados a la determinación del contenido de azúcar en el mosto
de la uva, en el mosto concentrado y en el mosto concentrado rectificado, tipo I y tipo II,
con el siguiente alcance: de 0,0 ºBrix a 30,0 ºBrix; de 1,33298 nD a 1,38114 nD; y de
(0,0 % AP(16,5); 0,0 % AP(17,5)) a (18,71 % AP(16,5); 17,64 % AP(17,5)).
– Manómetros analógicos y electrónicos destinados a medir la presión de los
neumáticos de vehículos a motor, con el siguiente alcance: hasta 17 bar.
– Registradores de temperatura y termómetros para el transporte, almacenamiento,
distribución y control de productos a temperatura controlada, con el siguiente alcance:
Ensayos en laboratorio: con medios propios, clases 0,5; 1 y 2: de -25 ºC a +150 ºC.
Ensayos in situ: con medios propios, clases 0,5; 1 y 2: de -25 ºC a +150 ºC; con
medios isotermos del cliente, clases 0,5; 1 y 2: de -30 ºC a +50 ºC.
cve: BOE-A-2025-7871
Verificable en https://www.boe.es
Clase I: Max ≤ 30 kg y n ≤ 500.000.
Clase II: Max ≤ 3.000 kg.
Clases III y IIII: Max ≤ 60.000 kg; 60.000 kg < Max ≤ 150.000 kg.
Núm. 93
Jueves 17 de abril de 2025
Sec. III. Pág. 54187
Sobre la base de lo que se ha expuesto, resuelvo:
1. Modificar la designación de la entidad Applus Metrology, SL, como Organismo
autorizado de Verificación Metrológica para la realización y emisión de las oportunas
certificaciones relativas a las verificaciones después de reparación o modificación y las
verificaciones periódicas establecidas en el artículo 9.3 de la Ley 32/2014, de 22 de
diciembre, de Metrología.
2. El contenido y el alcance de la presente designación está sujeta a las
condiciones siguientes:
Primero.
La presente designación incluye a los instrumentos o sistemas de medida siguientes:
– Instrumentos de pesaje de funcionamiento automático, del tipo:
Seleccionadoras ponderales automáticas, con el siguiente alcance:
Clases XI y Y(I): Max ≤ 20 kg y n ≤ 100.000;
Clases XII y Y(II): Max ≤ 300 kg.
Clases XIII y Y(a): Max ≤ 6.000 kg.
Clases XIIII y Y(b): Max ≤ 80.000 kg.
Instrumentos gravimétricos de llenado, con el siguiente alcance:
Clase 0,5: Max ≤ 50.000 kg y n ≤ 6.000.
Clases 1 y 2: Max ≤ 50.000 kg.
Totalizadores discontinuos, con el siguiente alcance:
Clase 0,5: Max ≤ 50.000 kg y n ≤ 6.000.
Clases 1 y 2: Max ≤ 50.000 kg.
Totalizadores continuos, con el siguiente alcance:
Clase 0,5: Max ≤ 25.000 t/h, n ≤ 5.000 y dt ≥ 1 kg.
Clases 1 y 2: Max ≤ 25.000 t/h.
Básculas de ferrocarril, con el siguiente alcance:
Clases 0,5; 1 y 2: Max ≤ 150.000 kg.
– Instrumentos de pesaje de funcionamiento no automático, con el siguiente alcance:
– Instrumentos destinados a la determinación del contenido de azúcar en el mosto
de la uva, en el mosto concentrado y en el mosto concentrado rectificado, tipo I y tipo II,
con el siguiente alcance: de 0,0 ºBrix a 30,0 ºBrix; de 1,33298 nD a 1,38114 nD; y de
(0,0 % AP(16,5); 0,0 % AP(17,5)) a (18,71 % AP(16,5); 17,64 % AP(17,5)).
– Manómetros analógicos y electrónicos destinados a medir la presión de los
neumáticos de vehículos a motor, con el siguiente alcance: hasta 17 bar.
– Registradores de temperatura y termómetros para el transporte, almacenamiento,
distribución y control de productos a temperatura controlada, con el siguiente alcance:
Ensayos en laboratorio: con medios propios, clases 0,5; 1 y 2: de -25 ºC a +150 ºC.
Ensayos in situ: con medios propios, clases 0,5; 1 y 2: de -25 ºC a +150 ºC; con
medios isotermos del cliente, clases 0,5; 1 y 2: de -30 ºC a +50 ºC.
cve: BOE-A-2025-7871
Verificable en https://www.boe.es
Clase I: Max ≤ 30 kg y n ≤ 500.000.
Clase II: Max ≤ 3.000 kg.
Clases III y IIII: Max ≤ 60.000 kg; 60.000 kg < Max ≤ 150.000 kg.