Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. III. Otras disposiciones. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2025-2352)
Resolución de 26 de diciembre de 2024, de la Autoridad Portuaria de Sevilla, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Sevilla, para la realización de prácticas externas de los alumnos de grado y posgrado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 33

Viernes 7 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 17456

proyecto formativo tendrá como objetivo formar al alumnado y familiarizarle con la
realidad profesional de la Administración Pública, a través de la realización de
actividades seleccionadas atendiendo a su valor pedagógico e interés práctico, dentro de
las áreas de interés común a ambas instituciones y relacionadas en cada caso con el
perfil de la titulación de los estudiantes, siempre que no suponga el ejercicio de la fe
pública administrativa, registral, notarial, de expedición de visados o de cualquier otra
actividad reservada por ley o por normas reglamentarias a personal funcionario o
contratado por la Administración General del Estado.
En aplicación de lo previsto en el artículo 49 c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, en el caso de que en el marco de estas prácticas o
derivadas de éstas se generen productos susceptibles de propiedad intelectual, la
titularidad de éstos corresponderá a los estudiantes que los hayan realizado, teniendo en
cuenta en todo caso el régimen establecido por la Universidad de procedencia. Será esta
última a la que le corresponde decidir sobre la posible difusión de estos productos.
Quinta.

Régimen general.

El desarrollo de las prácticas en la APS estará sujeto al régimen que se establece en
el presente convenio y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 592/2014, de 11 de
julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes
universitarios y en particular con la Normativa de Prácticas Académicas Externas de la US.
Los detalles concretos de cada una de las prácticas se recogen en un anexo,
regulado y facilitado por la propia US para cada uno/a de los/las estudiantes, de acuerdo
con lo establecido en su propia normativa y que acompaña al presente convenio.
A partir de la descripción que facilitará la APS para los puestos de prácticas, la
Universidad se compromete a realizar la correspondiente difusión entre los estudiantes y
facilitar la presentación de currículos de los interesados para cada práctica ofertada, así
como la redacción, de acuerdo con el organismo portuario, de los respectivos anexos
para cada uno de los estudiantes participantes que realicen una estancia en el
organismo portuario o sus instalaciones.
Ambas partes se comprometen a guardar absoluta confidencialidad sobre la totalidad
de los datos, informaciones y documentación de todo tipo facilitados para el
cumplimiento del presente convenio, así como del estricto cumplimiento de lo establecido
por la normativa en materia de protección de datos.
Condiciones.

Durante su estancia en prácticas en la APS, el/la alumno/a quedará sometido al
horario y a las normas fijadas por ésta y realizará tareas cuyo contenido esté relacionado
con sus estudios, de manera que las prácticas le sirvan para adquirir experiencia de
trabajo en los niveles a los cuales, por su titulación, pueda acceder.
El/la alumno/a deberá cumplir las normas de régimen interno de dicho organismo
portuario y seguir las instrucciones que reciba del/la responsable de este. Deberá
aplicarse con diligencia a las tareas que se le encomiende. Igualmente deberá guardar
con absoluto rigor el secreto profesional y comprometerse a no utilizar, en ningún caso,
las informaciones a las que tenga acceso durante su estancia en prácticas en la APS.
Se contempla la posibilidad de que cualquiera de las dos partes, estudiante en
prácticas y APS, extinga la colaboración, estando ambas partes obligadas a dar
conocimiento de este hecho a la Universidad.

cve: BOE-A-2025-2352
Verificable en https://www.boe.es

Sexta.