Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Subvenciones. (BOE-A-2025-1867)
Resolución de 31 de enero de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se concede una subvención directa a favor del Consejo General de la Abogacía Española.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Sábado 1 de febrero de 2025

Sec. III. Pág. 14509

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
1867

Resolución de 31 de enero de 2025, de la Secretaría de Estado de Justicia,
por la que se concede una subvención directa a favor del Consejo General de
la Abogacía Española.

El Real Decreto 33/2025, de 21 de enero, regula la concesión directa de
subvenciones al Consejo General de la Abogacía Española y al Consejo General de los
Procuradores de España, en materia de prestación de asistencia jurídica gratuita y al
Consejo General de Colegios Oficiales de Psicólogos, para la asistencia psicológica a las
víctimas de los delitos, para el ejercicio presupuestario 2025.
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 3.6 de dicho real decreto, la instrucción
del procedimiento para la concesión de las citadas subvenciones corresponde a la
Dirección General para el Servicio Público de Justicia, y la resolución de concesión
corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de Justicia, de conformidad
con lo previsto en el artículo 3.7 del citado real decreto.
En atención a ello, presentada solicitud por el Consejo General de la Abogacía
Española, acompañada de cuantos documentos resultan preceptivos, una vez
comprobado por el citado órgano instructor el cumplimiento de las obligaciones que a
dicha entidad impone el citado real decreto, y de conformidad con lo previsto en el
artículo 4.4 del Real Decreto 33/2025, de 21 de enero, por parte de la Directora General
para el Servicio Público de Justicia se ha firmado la correspondiente propuesta de
resolución con fecha 24 de enero de 2025.
Vista la propuesta de resolución elevada por la Directora General para el Servicio
Público de Justicia,
Esta Secretaría de Estado, en ejercicio de la competencia atribuida por el
artículo 10.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de
conformidad con el artículo 3.7 del Real Decreto 33/2025, de 21 de enero, resuelve:
Conceder una subvención directa a favor del Consejo General de la Abogacía Española,
en la cuantía, términos y condiciones que se especifican en la presente resolución:
I.

Aplicación presupuestaria

Subvención al Consejo General de la Abogacía Española como «Aportación del
Estado para indemnizar a los abogados en los asuntos de asistencia jurídica gratuita»,
aplicación presupuestaria 13.02.112A.483 y «Para financiar conforme a baremo los
impagos del turno del oficio y las liquidaciones pendientes desde el último trimestre
de 2019», aplicación presupuestaria 13.02.112A.485.
Finalidad

La financiación de las actuaciones que se detallan en el artículo 4.2.a) del Real
Decreto 33/2025, de 21 de enero. Se financiarán las siguientes actuaciones:
1.º Asesoramiento y orientación gratuitos previos al proceso a quienes pretendan
reclamar la tutela judicial de sus derechos e intereses, así como información sobre la
posibilidad de recurrir a la mediación u otros medios extrajudiciales de solución de
conflictos, en los casos no prohibidos expresamente por la ley, cuando tengan por objeto
evitar el conflicto procesal o analizar la viabilidad de la pretensión.

cve: BOE-A-2025-1867
Verificable en https://www.boe.es

II.