Ministerio de Defensa. II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. Personal estatutario de los servicios de salud. (BOE-A-2025-1500)
Resolución 400/38022/2025, de 21 de enero, de la Subsecretaría, por la que se modifica la Resolución 400/38103/2024, de 5 de abril, por la que se publica la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal, para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en plazas de la categoría de Técnico/a Superior en la Red Hospitalaria de la Defensa, convocado por Resolución 400/38485/2022, de 19 de diciembre.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24
Martes 28 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 12565
hacen públicas las calificaciones finales de las personas aspirantes del citado proceso
selectivo. Dichas personas aspirantes se relacionan en el anexo II de esta resolución.
Segundo.
Las personas aspirantes relacionadas en el citado anexo II deberán presentar la
documentación que a continuación se indica, en los lugares y plazos señalados en el
apartado siguiente:
a) Original o copia auténtica del título exigido para su participación en estas
pruebas selectivas. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
presentarse la documentación acreditativa de su homologación o equivalencia.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada, mediante expediente
disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años
anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitada con carácter firme para el ejercicio
de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. Las personas
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la
declaración relativa a la Administración española, declaración jurada o promesa de no
estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el
acceso a la función pública.
c) Declaración de acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento
jurídico conforme al modelo que figura como anexo III a esta resolución.
d) Certificación expedida por los servicios médicos de los Servicios de Salud,
acreditativa de la capacidad funcional física y psicológica necesaria para el desempeño
de las funciones que se derivan del nombramiento. Si la Dirección de cada hospital
estimase que esta certificación de la capacidad funcional necesaria debería
complementarse con un reconocimiento médico a realizar por el propio Servicio de
Prevención, previo a la toma de posesión, este será obligatorio. La toma de posesión
quedará supeditada a la superación de este requisito.
e) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996,
de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código
Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, deberán presentar Certificación negativa del
Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados
mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual a los que se
refiere el precepto legal.
f) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario
fijo, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría y especialidad a la
que se accede.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, la documentación requerida deberá presentarse en cualquier registro oficial
dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Esta documentación será registrada con tramitación electrónica, de conformidad con
la Disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, dirigida al Órgano Gestor en la Subsecretaría de Defensa (Subdirección
General de Personal Civil) calle Princesa 32-36, 28071 Madrid.
Cuarto.
Quienes ya ostenten la condición de personal fijo de las Administraciones Públicas o
de los Servicios de Salud estarán exentas de acreditar las condiciones o requisitos ya
justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del
cve: BOE-A-2025-1500
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.
Núm. 24
Martes 28 de enero de 2025
Sec. II.B. Pág. 12565
hacen públicas las calificaciones finales de las personas aspirantes del citado proceso
selectivo. Dichas personas aspirantes se relacionan en el anexo II de esta resolución.
Segundo.
Las personas aspirantes relacionadas en el citado anexo II deberán presentar la
documentación que a continuación se indica, en los lugares y plazos señalados en el
apartado siguiente:
a) Original o copia auténtica del título exigido para su participación en estas
pruebas selectivas. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá
presentarse la documentación acreditativa de su homologación o equivalencia.
b) Declaración jurada o promesa de no haber sido separada, mediante expediente
disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración Pública en los seis años
anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitada con carácter firme para el ejercicio
de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. Las personas
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar, además de la
declaración relativa a la Administración española, declaración jurada o promesa de no
estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el
acceso a la función pública.
c) Declaración de acatamiento de la Constitución y del resto del ordenamiento
jurídico conforme al modelo que figura como anexo III a esta resolución.
d) Certificación expedida por los servicios médicos de los Servicios de Salud,
acreditativa de la capacidad funcional física y psicológica necesaria para el desempeño
de las funciones que se derivan del nombramiento. Si la Dirección de cada hospital
estimase que esta certificación de la capacidad funcional necesaria debería
complementarse con un reconocimiento médico a realizar por el propio Servicio de
Prevención, previo a la toma de posesión, este será obligatorio. La toma de posesión
quedará supeditada a la superación de este requisito.
e) En aplicación de lo dispuesto en el artículo 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996,
de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código
Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil, deberán presentar Certificación negativa del
Registro Central de Delincuentes Sexuales, acreditativo de que no han sido condenados
mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e indemnidad sexual a los que se
refiere el precepto legal.
f) Declaración jurada o promesa de no poseer la condición de personal estatutario
fijo, cualquiera que sea su situación administrativa, en la categoría y especialidad a la
que se accede.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, la documentación requerida deberá presentarse en cualquier registro oficial
dentro del plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la
publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Esta documentación será registrada con tramitación electrónica, de conformidad con
la Disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que
se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, dirigida al Órgano Gestor en la Subsecretaría de Defensa (Subdirección
General de Personal Civil) calle Princesa 32-36, 28071 Madrid.
Cuarto.
Quienes ya ostenten la condición de personal fijo de las Administraciones Públicas o
de los Servicios de Salud estarán exentas de acreditar las condiciones o requisitos ya
justificados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del
cve: BOE-A-2025-1500
Verificable en https://www.boe.es
Tercero.