Ministerio de La Presidencia, Justicia y Relaciones Con Las Cortes. III. Otras disposiciones. Convenios. (BOE-A-2025-1454)
Resolución de 20 de enero de 2025, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, O.A., y el Instituto de Estudios Fiscales, O.A., para colaborar en la realización del título oficial de Máster Universitario en Hacienda Pública, Política Fiscal y Gobernanza de su Administración.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 11876
estimado por créditos cursados en segunda y tercera matrícula, todo ello según se
detalla en el presupuesto que se incorpora como anexo al convenio:
Ejercicio 2024: 0,00 euros.
Ejercicio 2025: 0,00 euros.
Ejercicio 2026: 473.573,40 euros.
Ejercicio 2027: 473.573,40 euros.
Ejercicio 2028: 473.573,40 euros.
Total: 1.420.720,20 euros.
Para la realización de dichos pagos deberá reunirse previamente la comisión de
seguimiento del convenio, la cual:
– Aprobará la liquidación presentada por la UIMP para el cálculo del importe a
transferir a IEF.
– Certificará que se cumplen los requisitos para que se produzca el pago, esto es,
que el Máster se está impartiendo de acuerdo con lo previsto en el convenio, y que
ambas partes están cumpliendo sus compromisos académicos, de gestión y de
justificación que asumieron con su firma.
II.
Reajuste de anualidades.
La comisión de seguimiento podrá acordar el reajuste de las anualidades de la
aportación de la UIMP al IEF previstas en el apartado I de esta cláusula, en función de la
evolución de los ingresos por matriculación, siempre que estos reajustes no supongan un
incremento económico del global de la aportación ni del plazo total. La UIMP, en ese
caso, deberá realizar las necesarias disposiciones presupuestarias.
En el caso de que en alguna anualidad fuese necesario incrementar el importe de la
aportación de la UIMP al IEF de forma que se supere el importe económico global
establecido en el convenio, las partes tendrán que suscribir una adenda de modificación
del mismo, previa la tramitación exigida en la legislación vigente.
III.
Memoria económica final.
– Una certificación con todos los ingresos y gastos realmente realizados en
ejecución del presupuesto del Máster.
– Una certificación con la relación detallada de cada uno de los gastos que se hayan
realmente realizado con cargo a la aportación recibida de la UIMP, con los siguientes
datos, en su caso: número de factura y fecha de emisión, nombre o razón social del
acreedor, NIF del acreedor, importe total, fecha de pago, importe asignado al convenio
(en caso de que no coincida con el importe total de la factura se deberá especificar el
criterio de asignación).
– Una certificación con las retribuciones efectuadas por el IEF a los docentes, al
personal de administración y servicio y a las personas designadas por el mismo
conforme a su normativa.
– Cuanta documentación sea necesaria en cuanto a la participación de terceros en
la gestión del Máster.
Dicha memoria económica final deberá ser aprobada por la comisión de seguimiento
del convenio.
IEF se compromete a conservar durante un plazo de, al menos, cinco años las
facturas, o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con eficacia administrativa, y las certificaciones incorporadas en la relación certificada a
que se hace referencia en el párrafo anterior, así como la documentación acreditativa del
cve: BOE-A-2025-1454
Verificable en https://www.boe.es
Una vez finalizada cada edición del Máster, y en el plazo máximo de tres meses, el
IEF remitirá a la UIMP una memoria económica final que consistirá en:
Núm. 23
Lunes 27 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 11876
estimado por créditos cursados en segunda y tercera matrícula, todo ello según se
detalla en el presupuesto que se incorpora como anexo al convenio:
Ejercicio 2024: 0,00 euros.
Ejercicio 2025: 0,00 euros.
Ejercicio 2026: 473.573,40 euros.
Ejercicio 2027: 473.573,40 euros.
Ejercicio 2028: 473.573,40 euros.
Total: 1.420.720,20 euros.
Para la realización de dichos pagos deberá reunirse previamente la comisión de
seguimiento del convenio, la cual:
– Aprobará la liquidación presentada por la UIMP para el cálculo del importe a
transferir a IEF.
– Certificará que se cumplen los requisitos para que se produzca el pago, esto es,
que el Máster se está impartiendo de acuerdo con lo previsto en el convenio, y que
ambas partes están cumpliendo sus compromisos académicos, de gestión y de
justificación que asumieron con su firma.
II.
Reajuste de anualidades.
La comisión de seguimiento podrá acordar el reajuste de las anualidades de la
aportación de la UIMP al IEF previstas en el apartado I de esta cláusula, en función de la
evolución de los ingresos por matriculación, siempre que estos reajustes no supongan un
incremento económico del global de la aportación ni del plazo total. La UIMP, en ese
caso, deberá realizar las necesarias disposiciones presupuestarias.
En el caso de que en alguna anualidad fuese necesario incrementar el importe de la
aportación de la UIMP al IEF de forma que se supere el importe económico global
establecido en el convenio, las partes tendrán que suscribir una adenda de modificación
del mismo, previa la tramitación exigida en la legislación vigente.
III.
Memoria económica final.
– Una certificación con todos los ingresos y gastos realmente realizados en
ejecución del presupuesto del Máster.
– Una certificación con la relación detallada de cada uno de los gastos que se hayan
realmente realizado con cargo a la aportación recibida de la UIMP, con los siguientes
datos, en su caso: número de factura y fecha de emisión, nombre o razón social del
acreedor, NIF del acreedor, importe total, fecha de pago, importe asignado al convenio
(en caso de que no coincida con el importe total de la factura se deberá especificar el
criterio de asignación).
– Una certificación con las retribuciones efectuadas por el IEF a los docentes, al
personal de administración y servicio y a las personas designadas por el mismo
conforme a su normativa.
– Cuanta documentación sea necesaria en cuanto a la participación de terceros en
la gestión del Máster.
Dicha memoria económica final deberá ser aprobada por la comisión de seguimiento
del convenio.
IEF se compromete a conservar durante un plazo de, al menos, cinco años las
facturas, o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o
con eficacia administrativa, y las certificaciones incorporadas en la relación certificada a
que se hace referencia en el párrafo anterior, así como la documentación acreditativa del
cve: BOE-A-2025-1454
Verificable en https://www.boe.es
Una vez finalizada cada edición del Máster, y en el plazo máximo de tres meses, el
IEF remitirá a la UIMP una memoria económica final que consistirá en: