Comunidad Autónoma de CanariasV. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. Mercado de divisas. (BOE-B-2025-995)
Resolución de la Dirección General de Energía por la que se concede la autorización administrativa y declaración, en concreto, de utilidad pública del proyecto denominado "Línea aérea - subterránea de transporte de energía eléctrica a 220kV doble circuito Barranco de Tirajana - Santa Águeda", expediente número AT11RR099.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 15 de enero de 2025

Sec. V-B. Pág. 1659

no recibiéndose nuevas alegaciones.
28) Autoridad Única del Transporte de Gran Canaria: se solicita emisión de
informe en un plazo máximo de 30 días mediante oficio de fecha 25 de abril de
2022, constando acuse de recibo del mismo día, no recibiéndose contestación.
Sexto.- Declaración de Impacto Ambiental.
Las instalaciones objeto del proyecto de referencia cuentan con Declaración de
Impacto Ambiental, otorgada mediante Acuerdo de la Comisión Autonómica de
Evaluación Ambiental de fecha 18 de abril de 2024 (Expediente número 6/2023/
0214091049), publicada en el Boletín Oficial de Canarias número 102, de 24 de
mayo de 2024. Dicha Declaración de Impacto Ambiental tiene naturaleza de
informe preceptivo y determinante y ha determinado que sí procede, a los efectos
ambientales, la realización del proyecto, estableciendo las condiciones en que
puede desarrollarse, las medidas correctoras y las medidas compensatorias, y en
ella se incluyen, y podrán consultarse, las conclusiones sobre los efectos del
proyecto sobre el medio marino, la atmósfera, el medio terrestre (suelo, subsuelo y
geodiversidad), el agua (hidrología superficial y subterránea), la vegetación, la
fauna, los hábitats, la Red Natura, el paisaje, impacto socioeconómico, el
patrimonio cultural, los efectos ambientales resultado de la vulnerabilidad del
proyecto, los efectos acumulativos y sinérgicos.
Con fecha 29 de mayo de 2024, debido a que el condicionante número 5
requería estudio que podría dar lugar a la modificación del proyecto y a nuevas
afecciones, se requirió al promotor el estudio correspondiente. Mediante escrito de
referencia DADI/TR/24-0275 de fecha 21 de junio de 2024, el promotor aporta
justificación en la que no se realizan modificaciones, trasladándose a la Comisión
Autonómica de Evaluación Ambiental con fecha 25 de junio de 2024.
La Declaración de Impacto Ambiental establece nueve condicionantes, de
manera que se eviten o minimicen los posibles efectos negativos de la actuación
proyectada y que ésta sea viable a los efectos ambientales, condicionantes que se
detallan a continuación:
- Condicionante 1: La presente DIA se emite, exclusivamente, para las obras,
actuaciones y actividades recogidas en el Proyecto Técnico y evaluadas en el EsIA
del proyecto denominado "Línea aérea-subterránea de transporte de energía
eléctrica a 220kV doble circuito barranco de Tirajana – Santa Águeda", promovido
por Red Eléctrica de España, en los términos municipales de San Bartolomé de
Tirajana y Santa Lucía de Tirajana, isla de Gran Canaria.
Cualquier modificación del proyecto evaluado, deberá remitirse a la Dirección
General de Energía, la cual emitirá un informe sobre dicha modificación, en virtud
de lo establecido en la legislación vigente en materia de evaluación ambiental.
- Condicionante 2: Deberán adoptarse todas aquellas determinaciones y
medidas protectoras, correctoras y compensatorias propuestas en el Proyecto
Técnico y en el EsIA, así como los compromisos adoptados del resultado de los
trámites de información pública y de consultas a las Administraciones públicas y
personas interesadas, que garanticen la viabilidad ambiental del proyecto, siempre
y cuando no vayan en contra de lo dispuesto en la presente DIA, aportando las
características, ubicación y eficacia de las mismas.
En base a lo anterior el promotor deberá actualizar el presupuesto, además de

cve: BOE-B-2025-995
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Núm. 13