Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. III. Otras disposiciones. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2025-638)
Resolución de 30 de diciembre de 2024, de la Secretaría de Estado de Ciencia, Innovación y Universidades, por la que se publica el Convenio con la Comunidad de Madrid y la Universidad Autónoma de Madrid, por el que se crea el Consorcio Centro Nacional de Neurotecnología con el fin de promover la integración de la neurociencia y las tecnologías digitales, «Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU».
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 13
Miércoles 15 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 6297
Comenzando con el desarrollo del apartado, se señala que la entrada en
funcionamiento del centro se hará mediante las siguientes fases de la puesta en marcha
y financiación:
1.
Fase de arranque y despliegue:
Comprende los 7 primeros años de vida del Proyecto (años 1 a 7).
Fase de arranque: años 1 a 3.
En la fase de explotación del proyecto, de estabilización o consolidación, los gastos
fundamentales son:
– Gastos de operaciones, entre los que están los de personal, incluyendo al personal
investigador y al personal de apoyo, seguidos de los gastos de alquiler y de servicios
vinculados (limpieza, seguridad, etc.).
– Gastos de mantenimiento y reposición, tanto del edificio como del equipamiento y
del mobiliario.
– Gastos de estructura y administración.
En esta fase se activa al completo la explotación del Centro, con la totalidad del
personal contratado (investigador, de apoyo y de administración), así como de los
servicios externalizados (limpieza, vigilancia y seguridad,…) y el mantenimiento del
Edificio, de las instalaciones y equipamiento.
Es en esta fase cuando se prevé se comiencen a generar recursos del desarrollo de
los proyectos de investigación y del lanzamiento de proyectos que han superado la fase
de incubación. Estos recursos serían los siguientes:
–
–
–
–
Explotación de derechos de propiedad intelectual e industrial.
Venta de aplicaciones desarrolladas.
Venta de participación o entrada de socios en proyectos de la incubadora.
Cuotas por uso de terceros de las instalaciones y/o equipamiento de NeuroTech.
Todo lo que no pueda obtenerse de recursos comerciales por estas vías, se
completaría con las fuentes ya citadas de financiación privada y pública.
Se incorpora en el análisis económico y presupuestario del proyecto que se adjunta
al expediente la proyección presupuestaria inicial. Los costes quedarán cubiertos por una
dotación inicial que permita esta fuerte inversión inicial y continuada por transferencias
nominativas durante 14 años.
El presupuesto que se adjudique al Consorcio se debe entender como un
presupuesto total máximo, no queriendo decir esto que se deban gastar obligatoriamente
estas cantidades, sino que cada partida tiene unos máximos y será la dirección general
del centro la que tendrá que hacer planes de ahorro y ajustes continuos para optimizar
los gastos realmente generados, buscando cumplir los objetivos científicos, y no
generando, para los socios, un compromiso de gasto, si se genera dicho ahorro, para
desviarlo a mayor intensidad de gasto en investigación.
Área de Neurotecnología Básica.
Esta área, que englobaría a la mayoría del personal científico, tendría como misión el
desarrollo de herramientas de neurotecnología tanto experimental como computacional
para su uso en seres humanos. Tanto la neurociencia como la lA se consideran parte
esencial de la neurotecnología, por lo que esta área estaría dividida en dos
departamentos: Neurotecnología Experimental y Neurotecnología Computacional, con
tres laboratorios cada uno.
Estos seis laboratorios, como masa crítica, formarían una estructura modular, pero
con un objetivo común: el desciframiento y utilización de algoritmos cerebrales. Para ello,
los investigadores trabajarían en objetivos transversales, que unirían a estos grupos
mediante colaboraciones comunes. Cada laboratorio estaría formado por dos o tres
grupos independientes que compartirían espacio y equipamiento. Cada grupo contaría, a
cve: BOE-A-2025-638
Verificable en https://www.boe.es
A.
Núm. 13
Miércoles 15 de enero de 2025
Sec. III. Pág. 6297
Comenzando con el desarrollo del apartado, se señala que la entrada en
funcionamiento del centro se hará mediante las siguientes fases de la puesta en marcha
y financiación:
1.
Fase de arranque y despliegue:
Comprende los 7 primeros años de vida del Proyecto (años 1 a 7).
Fase de arranque: años 1 a 3.
En la fase de explotación del proyecto, de estabilización o consolidación, los gastos
fundamentales son:
– Gastos de operaciones, entre los que están los de personal, incluyendo al personal
investigador y al personal de apoyo, seguidos de los gastos de alquiler y de servicios
vinculados (limpieza, seguridad, etc.).
– Gastos de mantenimiento y reposición, tanto del edificio como del equipamiento y
del mobiliario.
– Gastos de estructura y administración.
En esta fase se activa al completo la explotación del Centro, con la totalidad del
personal contratado (investigador, de apoyo y de administración), así como de los
servicios externalizados (limpieza, vigilancia y seguridad,…) y el mantenimiento del
Edificio, de las instalaciones y equipamiento.
Es en esta fase cuando se prevé se comiencen a generar recursos del desarrollo de
los proyectos de investigación y del lanzamiento de proyectos que han superado la fase
de incubación. Estos recursos serían los siguientes:
–
–
–
–
Explotación de derechos de propiedad intelectual e industrial.
Venta de aplicaciones desarrolladas.
Venta de participación o entrada de socios en proyectos de la incubadora.
Cuotas por uso de terceros de las instalaciones y/o equipamiento de NeuroTech.
Todo lo que no pueda obtenerse de recursos comerciales por estas vías, se
completaría con las fuentes ya citadas de financiación privada y pública.
Se incorpora en el análisis económico y presupuestario del proyecto que se adjunta
al expediente la proyección presupuestaria inicial. Los costes quedarán cubiertos por una
dotación inicial que permita esta fuerte inversión inicial y continuada por transferencias
nominativas durante 14 años.
El presupuesto que se adjudique al Consorcio se debe entender como un
presupuesto total máximo, no queriendo decir esto que se deban gastar obligatoriamente
estas cantidades, sino que cada partida tiene unos máximos y será la dirección general
del centro la que tendrá que hacer planes de ahorro y ajustes continuos para optimizar
los gastos realmente generados, buscando cumplir los objetivos científicos, y no
generando, para los socios, un compromiso de gasto, si se genera dicho ahorro, para
desviarlo a mayor intensidad de gasto en investigación.
Área de Neurotecnología Básica.
Esta área, que englobaría a la mayoría del personal científico, tendría como misión el
desarrollo de herramientas de neurotecnología tanto experimental como computacional
para su uso en seres humanos. Tanto la neurociencia como la lA se consideran parte
esencial de la neurotecnología, por lo que esta área estaría dividida en dos
departamentos: Neurotecnología Experimental y Neurotecnología Computacional, con
tres laboratorios cada uno.
Estos seis laboratorios, como masa crítica, formarían una estructura modular, pero
con un objetivo común: el desciframiento y utilización de algoritmos cerebrales. Para ello,
los investigadores trabajarían en objetivos transversales, que unirían a estos grupos
mediante colaboraciones comunes. Cada laboratorio estaría formado por dos o tres
grupos independientes que compartirían espacio y equipamiento. Cada grupo contaría, a
cve: BOE-A-2025-638
Verificable en https://www.boe.es
A.