II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DEL INTERIOR. Funcionarios de los Subgrupos A2 y C1. (BOE-A-2023-7355)
Resolución de 14 de marzo de 2023, de la Subsecretaría, por la que se convoca concurso general para la provisión de puestos de trabajo en los Servicios Periféricos de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 68
Martes 21 de marzo de 2023
Sec. II.B. Pág. 42115
– Al personal funcionario cesado en puestos de libre designación, removido de
puestos obtenidos por concurso o cuyo puesto haya sido suprimido, que se encuentre
pendiente de asignación de puesto de trabajo, se le valorará el nivel de complemento de
destino correspondiente a su grado personal consolidado.
– A los funcionarios y las funcionarias que se encuentren en la situación de servicio
en otras Administraciones Públicas (artículo 88 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público), se les considerará, durante el tiempo de permanencia en
dicha situación, el nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo que hayan
desempeñado en el periodo objeto de valoración. Si el nivel de complemento de destino
de estos puestos fuera superior o inferior al intervalo de niveles correspondiente al
subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala desde el que participa, se les valorará el
nivel máximo o mínimo del intervalo en la Administración General del Estado. Estos
límites máximo y mínimo se aplicarán igualmente a los funcionarios y funcionarias
destinados en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.
– El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por
cuidado de familiares, regulado en el artículo 89.4 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios
efectivos.
3.
Cursos de formación y perfeccionamiento.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 10
puntos.
Únicamente se valorará un curso por área hasta un máximo de cuatro cursos de
formación y perfeccionamiento de los expresamente incluidos en el anexo III de la
convocatoria, impartidos o recibidos en el marco de la formación para el empleo de las
Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas, no pudiéndose valorar los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración, no serán objeto de valoración.
No se valorarán cursos para los puestos genéricos base del Cuerpo de Ayudantes o
Especial de Instituciones Penitenciarias que se relacionan a continuación, al
considerarse que los funcionarios y las funcionarias cuando ingresan en estos Cuerpos,
reciben toda la formación necesaria para su desempeño:
– Encargado/a de Departamento de Vigilancia Interior; Encargado/a de
Departamento de Vigilancia Interior CIS; Encargado/a de Servicio de Vigilancia Interior
Dos; Encargado/a de Área Administrativa; Encargado/a de Área Administrativa CIS;
Encargado/a de Control Telemático; Coordinador/a de Servicios; Especialista de
Oficinas; Especialista de Oficinas CIS; Oficina Genérico; Oficina Genérico de CIS;
Genérico Área Mixta; Genérico Área Mixta de CIS; Servicio Interior de Vigilancia; Servicio
Interior de Vigilancia CIS; Servicio Interior de Vigilancia Dos; Apoyo Servicio de Gestión
de Penas y Medidas Alternativas y Apoyo de Oficina CIS.
– Para cursos de formación con una duración de 15 a 59 horas: 1,5 puntos.
– Para cursos de formación con una duración de 60 o más horas: 2,5 puntos.
Los cursos recibidos recogidos en el área 9 «Capacitación/actualización específica
por puesto de trabajo y área funcional», se valorarán de la siguiente forma para cada
puesto que se recoge en el anexo III:
a)
Duración de 15 a 59 horas: 2 puntos.
cve: BOE-A-2023-7355
Verificable en https://www.boe.es
Por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento
con una duración mínima acreditada de 15 horas, siempre que se haya expedido
diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, hasta 10 puntos, con la
siguiente distribución:
Núm. 68
Martes 21 de marzo de 2023
Sec. II.B. Pág. 42115
– Al personal funcionario cesado en puestos de libre designación, removido de
puestos obtenidos por concurso o cuyo puesto haya sido suprimido, que se encuentre
pendiente de asignación de puesto de trabajo, se le valorará el nivel de complemento de
destino correspondiente a su grado personal consolidado.
– A los funcionarios y las funcionarias que se encuentren en la situación de servicio
en otras Administraciones Públicas (artículo 88 del texto refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público), se les considerará, durante el tiempo de permanencia en
dicha situación, el nivel de complemento de destino de los puestos de trabajo que hayan
desempeñado en el periodo objeto de valoración. Si el nivel de complemento de destino
de estos puestos fuera superior o inferior al intervalo de niveles correspondiente al
subgrupo de adscripción del Cuerpo o Escala desde el que participa, se les valorará el
nivel máximo o mínimo del intervalo en la Administración General del Estado. Estos
límites máximo y mínimo se aplicarán igualmente a los funcionarios y funcionarias
destinados en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos.
– El tiempo de permanencia en la situación administrativa de excedencia por
cuidado de familiares, regulado en el artículo 89.4 del texto refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, se considerará como de prestación de servicios
efectivos.
3.
Cursos de formación y perfeccionamiento.
Los cursos de formación y perfeccionamiento se valorarán hasta un máximo de 10
puntos.
Únicamente se valorará un curso por área hasta un máximo de cuatro cursos de
formación y perfeccionamiento de los expresamente incluidos en el anexo III de la
convocatoria, impartidos o recibidos en el marco de la formación para el empleo de las
Administraciones Públicas y centros oficiales de idiomas, no pudiéndose valorar los
pertenecientes a una carrera universitaria, los de doctorado, los derivados de procesos
selectivos y los diplomas relativos a jornadas, seminarios, simposios, máster y similares.
Aquellos cursos en cuya certificación no aparezca su duración, no serán objeto de valoración.
No se valorarán cursos para los puestos genéricos base del Cuerpo de Ayudantes o
Especial de Instituciones Penitenciarias que se relacionan a continuación, al
considerarse que los funcionarios y las funcionarias cuando ingresan en estos Cuerpos,
reciben toda la formación necesaria para su desempeño:
– Encargado/a de Departamento de Vigilancia Interior; Encargado/a de
Departamento de Vigilancia Interior CIS; Encargado/a de Servicio de Vigilancia Interior
Dos; Encargado/a de Área Administrativa; Encargado/a de Área Administrativa CIS;
Encargado/a de Control Telemático; Coordinador/a de Servicios; Especialista de
Oficinas; Especialista de Oficinas CIS; Oficina Genérico; Oficina Genérico de CIS;
Genérico Área Mixta; Genérico Área Mixta de CIS; Servicio Interior de Vigilancia; Servicio
Interior de Vigilancia CIS; Servicio Interior de Vigilancia Dos; Apoyo Servicio de Gestión
de Penas y Medidas Alternativas y Apoyo de Oficina CIS.
– Para cursos de formación con una duración de 15 a 59 horas: 1,5 puntos.
– Para cursos de formación con una duración de 60 o más horas: 2,5 puntos.
Los cursos recibidos recogidos en el área 9 «Capacitación/actualización específica
por puesto de trabajo y área funcional», se valorarán de la siguiente forma para cada
puesto que se recoge en el anexo III:
a)
Duración de 15 a 59 horas: 2 puntos.
cve: BOE-A-2023-7355
Verificable en https://www.boe.es
Por la realización como asistente de los cursos de formación y perfeccionamiento
con una duración mínima acreditada de 15 horas, siempre que se haya expedido
diploma o certificado de asistencia o de aprovechamiento, hasta 10 puntos, con la
siguiente distribución: