I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Seguridad industrial. (BOE-A-2023-7056)
Real Decreto 145/2023, de 28 de febrero, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para su adaptación al principio de reconocimiento mutuo.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 66
Sábado 18 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 40980
Dos. El apartado 11, «Reparación de tanques de acero instalados», de la
instrucción técnica complementaria MI-IP 03 «Instalaciones de almacenamiento para su
consumo en la propia instalación», aprobada por Real Decreto 1427/1997, de 15 de
septiembre, pasa a denominarse «Reparación de tanques y transformación de tanques
enterrados de simple a doble pared» y queda redactado como sigue:
«11. Reparación de tanques y transformación de tanques enterrados de
simple a doble pared.
11.1 Reparación de tanques de acero instalados.
La reparación de tanques de acero para combustibles y carburantes sólo
podrá realizarse si se cumplen los requisitos especificados en el informe
UNE 53.991.
Los procedimientos o sistemas para realizarla deberán estar amparados por
un estudio-proyecto genérico que deberá estar suscrito por técnico titulado
competente, el cual deberá ser presentado ante el órgano competente en materia
de industria de la comunidad autónoma. El mismo comprenderá todas las fases de
actuación, ensayos, pruebas obligatorias, según describe el referido informe
UNE 53.991.
Las reparaciones e intervenciones, según el procedimiento o sistema, sólo
podrán realizarlas las empresas habilitadas para tal fin según lo establecido en la
Instrucción Técnica Complementaria MI-IP05 «Instaladores o reparadores y
empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos»,
aprobada por Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, siempre bajo la supervisión de
un reparador de P.P.L. de la empresa.
Una vez terminadas las obras de reparación de los tanques e instalaciones
afectadas y antes de ponerlas en servicio se someterán a una prueba de
estanqueidad certificada por un organismo de control autorizado, levantando el
acta correspondiente, que podrá ser suscrita conjuntamente con el responsable de
la empresa instaladora-reparadora y por el titular de la instalación o representante
autorizado por éste. El sistema para realizar la prueba cumplirá lo establecido en
el punto 38.2 de esta ITC.
Dicho certificado, será remitido al órgano competente en materia de Industria
de la comunidad autónoma para unirla a su expediente, sirviendo éste como
autorización para la reanudación de las actividades y el funcionamiento de las
instalaciones afectadas por la reparación.
En el supuesto de que para la reparación haya que transportarse el tanque sin
desgasificar, se deberán cumplir las normas establecidas en el Acuerdo europeo
sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), o,
en su caso, el Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías
peligrosas por ferrocarril (RID).
Transformación de tanques enterrados de simple a doble pared.
La reparación transformación de tanques enterrados de simple a doble pared
solo podrá realizarse si se cumplen los requisitos especificados en la norma
UNE 62422 o en la norma UNE 53935.
Los procedimientos de construcción de tanques de doble pared por
transformación in situ, de tanques de acero de simple pared o tanques de plástico
reforzados con fibra de vidrio de simple pared, deberán estar amparados por un
estudio-proyecto genérico que deberá estar suscrito por técnico titulado
competente y ser presentado ante el órgano territorial competente. El mismo
comprenderá todas las fases de actuación, ensayos y pruebas obligatorias, según
describe, dependiendo del material del tanque de simple pared, en las citadas
normas UNE 62422 o UNE 53935.
cve: BOE-A-2023-7056
Verificable en https://www.boe.es
11.2
Núm. 66
Sábado 18 de marzo de 2023
Sec. I. Pág. 40980
Dos. El apartado 11, «Reparación de tanques de acero instalados», de la
instrucción técnica complementaria MI-IP 03 «Instalaciones de almacenamiento para su
consumo en la propia instalación», aprobada por Real Decreto 1427/1997, de 15 de
septiembre, pasa a denominarse «Reparación de tanques y transformación de tanques
enterrados de simple a doble pared» y queda redactado como sigue:
«11. Reparación de tanques y transformación de tanques enterrados de
simple a doble pared.
11.1 Reparación de tanques de acero instalados.
La reparación de tanques de acero para combustibles y carburantes sólo
podrá realizarse si se cumplen los requisitos especificados en el informe
UNE 53.991.
Los procedimientos o sistemas para realizarla deberán estar amparados por
un estudio-proyecto genérico que deberá estar suscrito por técnico titulado
competente, el cual deberá ser presentado ante el órgano competente en materia
de industria de la comunidad autónoma. El mismo comprenderá todas las fases de
actuación, ensayos, pruebas obligatorias, según describe el referido informe
UNE 53.991.
Las reparaciones e intervenciones, según el procedimiento o sistema, sólo
podrán realizarlas las empresas habilitadas para tal fin según lo establecido en la
Instrucción Técnica Complementaria MI-IP05 «Instaladores o reparadores y
empresas instaladoras o reparadoras de productos petrolíferos líquidos»,
aprobada por Real Decreto 365/2005, de 8 de abril, siempre bajo la supervisión de
un reparador de P.P.L. de la empresa.
Una vez terminadas las obras de reparación de los tanques e instalaciones
afectadas y antes de ponerlas en servicio se someterán a una prueba de
estanqueidad certificada por un organismo de control autorizado, levantando el
acta correspondiente, que podrá ser suscrita conjuntamente con el responsable de
la empresa instaladora-reparadora y por el titular de la instalación o representante
autorizado por éste. El sistema para realizar la prueba cumplirá lo establecido en
el punto 38.2 de esta ITC.
Dicho certificado, será remitido al órgano competente en materia de Industria
de la comunidad autónoma para unirla a su expediente, sirviendo éste como
autorización para la reanudación de las actividades y el funcionamiento de las
instalaciones afectadas por la reparación.
En el supuesto de que para la reparación haya que transportarse el tanque sin
desgasificar, se deberán cumplir las normas establecidas en el Acuerdo europeo
sobre el transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), o,
en su caso, el Reglamento relativo al transporte internacional de mercancías
peligrosas por ferrocarril (RID).
Transformación de tanques enterrados de simple a doble pared.
La reparación transformación de tanques enterrados de simple a doble pared
solo podrá realizarse si se cumplen los requisitos especificados en la norma
UNE 62422 o en la norma UNE 53935.
Los procedimientos de construcción de tanques de doble pared por
transformación in situ, de tanques de acero de simple pared o tanques de plástico
reforzados con fibra de vidrio de simple pared, deberán estar amparados por un
estudio-proyecto genérico que deberá estar suscrito por técnico titulado
competente y ser presentado ante el órgano territorial competente. El mismo
comprenderá todas las fases de actuación, ensayos y pruebas obligatorias, según
describe, dependiendo del material del tanque de simple pared, en las citadas
normas UNE 62422 o UNE 53935.
cve: BOE-A-2023-7056
Verificable en https://www.boe.es
11.2