III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-6721)
Resolución de 27 de febrero de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XVIII Convenio colectivo de Iberia, LAE, SA, Operadora, SU, y sus tripulantes de cabina de pasajeros.
128 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 14 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 37749
A partir de 1 de enero de 1987, la asignación de los turnos de incidencias se efectuó
siguiendo el siguiente método:
1. El número de turnos de incidencias de todos los TCP se puso a 0.
2. Comenzó una nueva rotación iniciándola por el más moderno de cada flota.
3. A partir de la fecha de referencia (1–1–87) y en adelante en los casos de cambio
de flota y/o función, cada TCP conservará el número de turnos efectuados hasta ese
momento, no pudiéndosele asignar un nuevo turno mientras haya otro TCP de su misma
flota y función con menor número de incidencias efectuadas.
4. Al personal de nuevo ingreso en la Compañía se le asignará el mismo número de
turnos efectuados que al TCP que menos tenga en ese momento en la flota en la que se
produzca el ingreso.
A estos efectos, al personal que reingrese procedente de excedencia se le dará el
mismo tratamiento que al personal de nuevo ingreso.
Se saltará el turno de Incidencias cuando:
– El TCP vuele por primera vez en la flota y tenga que realizar el curso durante el
mes de Incidencias (este criterio no será de aplicación en el mes de diciembre, al estar
afectado por los sorteos) y/o
– Un TCP tenga asignados 5 o más días de ausencia en el mes y/o
– El TCP tenga al inicio de ese mes de Incidencias una línea que provenga del mes
anterior (C/I), siempre que los TCP en esa situación superen el 35% del total de los TCP
con Incidencias en la flota y función para un mes determinado y/o
– El TCP esté reducido de actividad o contratado a tiempo parcial y el número de
TCP en esa situación supere el 10 % del total de los TCP en incidencias en la flota y
función para un mes determinado. En el mes de diciembre, este porcentaje será de
un 15%.
A partir del mes de julio de 2009, se establecerá un contador específico para los
turnos de Incidencias de los meses de julio y agosto, de modo que ningún TCP repita
incidencias en alguno de estos dos meses, en tanto en cuanto, no se haya completado la
rotación acumulativa.
En el caso de que un tripulante sea candidato a realizar incidencias en noviembre,
así como a entrar en el sorteo de incidencias del mes de diciembre, se priorizará su
inclusión en el sorteo de diciembre, saltándosele el turno en el mes de noviembre. Todo
ello sujeto a la medida en que la planificación y capacidad productiva lo permitan.
En ningún caso se programarán dos meses de incidencias de manera consecutiva.
La situación se restablecerá el mes siguiente.
A los TCP en situación de Destacamento o Residencia a los que correspondiera
servicio de Incidencias les será saltado el turno, realizándolo a su regreso a la base, a no
ser que lo hayan efectuado durante su permanencia en las situaciones citadas.
A los TCP en situación de Destino se les podrán nombrar Imaginarias al margen de
las Incidencias, que deberán ser cubiertas por el personal de dichos destinos, al objeto
de estabilizar la programación de servicios. A su reincorporación a la base principal,
cada 15 Imaginarias realizadas en el destino se computarán como un turno de
Incidencias.
Los TCP en situación de Incidencias deberán establecer contacto con «Incivox»
entre las 08,00 y 10,00 horas y las 20,00 y 22,00 horas locales, con objeto de informarse
del posible servicio asignado. En ninguno de estos casos al TCP se le podrá asignar
servicio de Imaginaria para ese mismo día.
No obstante, el TCP de Incidencias que esté disfrutando de un día libre, establecerá
contacto con «Incivox» entre las 22,00 horas de ese día y las 01,00 del día siguiente, no
pudiendo serle asignada ninguna actividad aérea que se inicie antes de las 06:00 horas.
Durante el mes de incidencias no se programarán los días libres, que se concederán
por la Compañía en función de las necesidades del servicio, con excepción de los días
cve: BOE-A-2023-6721
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 62
Martes 14 de marzo de 2023
Sec. III. Pág. 37749
A partir de 1 de enero de 1987, la asignación de los turnos de incidencias se efectuó
siguiendo el siguiente método:
1. El número de turnos de incidencias de todos los TCP se puso a 0.
2. Comenzó una nueva rotación iniciándola por el más moderno de cada flota.
3. A partir de la fecha de referencia (1–1–87) y en adelante en los casos de cambio
de flota y/o función, cada TCP conservará el número de turnos efectuados hasta ese
momento, no pudiéndosele asignar un nuevo turno mientras haya otro TCP de su misma
flota y función con menor número de incidencias efectuadas.
4. Al personal de nuevo ingreso en la Compañía se le asignará el mismo número de
turnos efectuados que al TCP que menos tenga en ese momento en la flota en la que se
produzca el ingreso.
A estos efectos, al personal que reingrese procedente de excedencia se le dará el
mismo tratamiento que al personal de nuevo ingreso.
Se saltará el turno de Incidencias cuando:
– El TCP vuele por primera vez en la flota y tenga que realizar el curso durante el
mes de Incidencias (este criterio no será de aplicación en el mes de diciembre, al estar
afectado por los sorteos) y/o
– Un TCP tenga asignados 5 o más días de ausencia en el mes y/o
– El TCP tenga al inicio de ese mes de Incidencias una línea que provenga del mes
anterior (C/I), siempre que los TCP en esa situación superen el 35% del total de los TCP
con Incidencias en la flota y función para un mes determinado y/o
– El TCP esté reducido de actividad o contratado a tiempo parcial y el número de
TCP en esa situación supere el 10 % del total de los TCP en incidencias en la flota y
función para un mes determinado. En el mes de diciembre, este porcentaje será de
un 15%.
A partir del mes de julio de 2009, se establecerá un contador específico para los
turnos de Incidencias de los meses de julio y agosto, de modo que ningún TCP repita
incidencias en alguno de estos dos meses, en tanto en cuanto, no se haya completado la
rotación acumulativa.
En el caso de que un tripulante sea candidato a realizar incidencias en noviembre,
así como a entrar en el sorteo de incidencias del mes de diciembre, se priorizará su
inclusión en el sorteo de diciembre, saltándosele el turno en el mes de noviembre. Todo
ello sujeto a la medida en que la planificación y capacidad productiva lo permitan.
En ningún caso se programarán dos meses de incidencias de manera consecutiva.
La situación se restablecerá el mes siguiente.
A los TCP en situación de Destacamento o Residencia a los que correspondiera
servicio de Incidencias les será saltado el turno, realizándolo a su regreso a la base, a no
ser que lo hayan efectuado durante su permanencia en las situaciones citadas.
A los TCP en situación de Destino se les podrán nombrar Imaginarias al margen de
las Incidencias, que deberán ser cubiertas por el personal de dichos destinos, al objeto
de estabilizar la programación de servicios. A su reincorporación a la base principal,
cada 15 Imaginarias realizadas en el destino se computarán como un turno de
Incidencias.
Los TCP en situación de Incidencias deberán establecer contacto con «Incivox»
entre las 08,00 y 10,00 horas y las 20,00 y 22,00 horas locales, con objeto de informarse
del posible servicio asignado. En ninguno de estos casos al TCP se le podrá asignar
servicio de Imaginaria para ese mismo día.
No obstante, el TCP de Incidencias que esté disfrutando de un día libre, establecerá
contacto con «Incivox» entre las 22,00 horas de ese día y las 01,00 del día siguiente, no
pudiendo serle asignada ninguna actividad aérea que se inicie antes de las 06:00 horas.
Durante el mes de incidencias no se programarán los días libres, que se concederán
por la Compañía en función de las necesidades del servicio, con excepción de los días
cve: BOE-A-2023-6721
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 62