III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Convenios. (BOE-A-2022-6485)
Resolución de 11 de abril de 2022, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., por la que se publica el Convenio con la Federación Española del Vino, para la coordinación de acciones de divulgación, formación o promoción de la imagen de los vinos españoles en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 94

Miércoles 20 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 54788

Las Partes podrán elaborar un plan de trabajo conjunto en el que se incluyan las
actividades previstas a realizar conjuntamente en el marco del Convenio (en lo sucesivo,
Plan de Trabajo). Este plan tendrá carácter anual y tendría que ser aprobado en sede de
la Comisión de Seguimiento.
Para cada actividad, las Partes se comprometen a suscribir un convenio que
contenga las acciones concretas a desarrollar por cada una de las Partes, así como el
presupuesto conjunto acordado y demás cuestiones que resulten pertinentes para la
celebración de las actividades. Quedan excluidas aquellas acciones que desarrolle ICEX
de manera individual como apoyo directo a la internacionalización del sector vinícola
español en su conjunto.
2.2

Otras colaboraciones.

– Invitar a participar a la persona titular de la dirección de Industrias Alimentarias de
ICEX en el comité de internacionalización de la FEV.
– Participación de la persona titular de la dirección general de la FEV en el Consejo
de Redacción de Foods & Wines from Spain.
– Aportación por parte de la FEV de notas de prensa e infografías que elabore en el
desarrollo de su actividad para que puedan ser difundidos a través de la arquitectura de
portales de www.foodswinesfromspain.com. De acuerdo con lo anterior, ICEX tendrá
derecho a la reproducción total de las citadas presentaciones, así como a la
reproducción parcial o de fragmentos de imágenes y fotografías de las producciones,
para su utilización en las actuaciones institucionales que le son propias, tales como
ferias, eventos, congresos, acuerdos con organismos públicos nacionales o extranjeros,
etc. sin límite temporal ni geográfico. ICEX podrá asimismo incluirlo en su web
corporativa, en cualquier publicación audiovisual, impresa o multimedia propia, sin límite
temporal ni geográfico y podrá utilizarlo en actuaciones de carácter educativo y de
divulgación, sin límite temporal o geográfico. En este sentido, la FEV se compromete a
recabar de los interesados las autorizaciones o consentimientos que procedan relativas a
las fotografías e imágenes que se tomen en el marco de las actividades del presente
Convenio. La FEV asumirá como propia cualquier reclamación que, por motivos de
propiedad intelectual, protección de datos personales o derechos de imagen pudiera
generarse con motivo de la publicación de tales documentos, quedando ICEX exonerado
de cualquier responsabilidad. En el material aportado por la FEV, y publicado por ICEX,
figurará en todo caso como autor la FEV, sin que ICEX pueda hacer uso del mismo, fuera
de los anteriores supuestos indicados, sin la autorización previa y por escrito de la FEV.
– La FEV promoverá activamente que sus empresas federadas se incorporen al
programa de autorizantes de Aduanas (https://www.icex.es/siautorizaexporta) para poder
hacer seguimiento de la evolución de sus exportaciones en los mercados
internacionales. Se podrán así desarrollar programas y servicios ICEX más adecuados a
las necesidades de la Federación.
– La FEV propondrá a la dirección ejecutiva de Formación de ICEX posibles
contenidos y podrá participar sesiones de formación para la exportación del vino, que
serán consideradas para la programación de la formación del Programa de Becas de
Internacionalización Empresarial de ICEX.
– Cada una de las Partes incluirá a la otra como entidad de referencia en sus
respectivos portales, como, por ejemplo, ICEX a la FEV en el apartado de asociaciones
de www.icex.es; y la FEV a las Oficinas Económicas y Comerciales, en su condición de
centros de actuación de ICEX en el exterior, en las fichas de mercados de la web de
socios www.fev.eu.

cve: BOE-A-2022-6485
Verificable en https://www.boe.es

Además, las Partes acuerdan colaborar mediante las siguientes acciones, con las
mismas finalidades que las indicadas anteriormente: