III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Energía eléctrica. (BOE-A-2022-6434)
Resolución de 8 de abril de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022, por el que se aprueba la planificación de la red de transporte de energía eléctrica Horizonte 2026.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53639
Común de las Administraciones Públicas. Contra el mismo podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación
del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejo
de Ministros en el plazo de un mes significándose que, en caso de presentar recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se
resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación
presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de
estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
ANEXO
cve: BOE-A-2022-6434
Verificable en https://www.boe.es
Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía
Eléctrica 2021-2026
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53639
Común de las Administraciones Públicas. Contra el mismo podrá interponerse recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal
Supremo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación
del presente acuerdo, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de
julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el Consejo
de Ministros en el plazo de un mes significándose que, en caso de presentar recurso de
reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se
resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación
presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada
Ley 39/2015, de 1 de octubre. Para el cómputo de los plazos por meses habrá de
estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
ANEXO
cve: BOE-A-2022-6434
Verificable en https://www.boe.es
Planificación Energética. Plan de Desarrollo de la Red de Transporte de Energía
Eléctrica 2021-2026
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