III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-6420)
Resolución de 29 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Éibar, por la que se suspende la extensión de una anotación preventiva de prohibición de disponer ordenada en mandamiento judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 19 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 53480

III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
6420

Resolución de 29 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Éibar, por la que se suspende la
extensión de una anotación preventiva de prohibición de disponer ordenada
en mandamiento judicial.

En el recurso interpuesto por don I. L. H., en nombre y representación y en su calidad
de director gerente de «Mutualia Mutua Colaboradora con la Seguridad Social n.º 2»,
contra la nota de calificación extendida por la registradora de la Propiedad de Éibar, doña
Gema María Celdrán Canto, por la que suspende la extensión de una anotación
preventiva de prohibición de disponer ordenada en mandamiento judicial.
Hechos
I
En mandamiento expedido el día 25 de octubre de 2021 por doña M. I. V. T., letrada
de. la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de San
Sebastián, se daba cumplimiento a lo acordado en auto de dicho Juzgado, de fecha 22
de octubre de 2021, recaído en la pieza de medidas cautelares número 604/2021
seguido por «Mutualia Mutua Colaboradora con la Seguridad Social n.º 2» contra
«Mutualidad de Seguros a Prima Fija».
En dicho auto, se acordaba la prohibición de disponer de las acciones de la sociedad
«Gestión de Edificios, Instalaciones Sanitarias y Servicios, S.A.» y de los activos de esta
última hasta que se dictase sentencia en el futuro procedimiento ordinario que se
incoase por medio de la demanda que interpondría «Mutualia Mutua Colaboradora con la
Seguridad Social n.º 2», y la anotación preventiva de tal prohibición de disponer en el
Libro Registro de acciones nominativas de «Gestión de Edificios, Instalaciones Sanitarias
y Servicios, S.A.» y en el Registro de la Propiedad al margen de las fincas registrales
titularidad de esta sociedad.
II
Presentado dicho mandamiento en el Registro de la Propiedad de Éibar, fue objeto
de la siguiente nota de calificación:
«La Registradora que suscribe, previa calificación conforme al art. 18 de la L.H. del
documento que luego se dirá, y de los antecedentes del Registro, ha acordado
suspender la inscripción de la anotación de prohibición de disponer ordenada, en base a
los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:

1) El presente documento, Testimonio de diligencia de ordenación de fecha 25 de
octubre de 2021 dictado en procedimiento de Medidas cautelares previas
número 604/2021, Pieza de medidas cautelares previas, expedido por don José Manuel
Grao Peñagaricano, magistrado del Juzgado de lo Mercantil número uno de San
Sebastián, que fue presentado en el Registro el 29 de octubre de 2021, con el número
de asiento 1358 del Diario 41.
2) En el citado documento se ordena prohibición de disponer de las acciones y
activos de la mercantil Gestión de Edificios Instalaciones Sanitarias y Servicios

cve: BOE-A-2022-6420
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Hechos.