III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-6419)
Resolución de 29 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Azpeitia, por la que se suspende la extensión de anotación de prohibición de disponer ordenada en mandamiento judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53469
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6419
Resolución de 29 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Azpeitia, por la que se suspende la
extensión de anotación de prohibición de disponer ordenada en mandamiento
judicial.
En el recurso interpuesto por don I. L. H., en nombre y representación y en su calidad
de director gerente de «Mutualia Mutua Colaboradora con la Seguridad Social n.º 2»,
contra la nota de calificación extendida por la registradora de la Propiedad de Azpeitia,
doña María Begoña Ruiz Alutiz, por la que suspende la extensión de anotación de
prohibición de disponer ordenada en mandamiento judicial.
Hechos
I
En mandamiento expedido el día 25 de octubre de 2021 por doña M. I. V. T., letrada
de. la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de San
Sebastián, se daba cumplimiento a lo acordado en auto de dicho Juzgado, de fecha 22
de octubre de 2021, recaído en la pieza de medidas cautelares número 604/2021
seguido por «Mutualia Mutua Colaboradora con la Seguridad Social n.º 2» contra
«Mutualidad de Seguros a Prima Fija».
En dicho auto, se acordaba la prohibición de disponer de las acciones de la sociedad
«Gestión de Edificios, Instalaciones Sanitarias y Servicios, S.A.» y de los activos de esta
última hasta que se dictase sentencia en el futuro procedimiento ordinario que se
incoase por medio de la demanda que interpondría «Mutualia Mutua Colaboradora con la
Seguridad Social n.º 2», y la anotación preventiva de tal prohibición de disponer en el
Libro Registro de acciones nominativas de «Gestión de Edificios, Instalaciones Sanitarias
y Servicios, S.A.» y en el Registro de la Propiedad al margen de las fincas registrales
titularidad de esta sociedad.
II
Presentado dicho mandamiento en el Registro de la Propiedad de Azpeitia, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«La Registradora que suscribe previa calificación del documento que luego se dirá y
de los antecedentes del Registro, ha acordado no practicar las anotaciones solicitadas,
por no acreditarse que la demanda se ha dirigido contra el titular registral, en base a los
siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
Primero. El documento, mandamiento expedido por duplicado por Doña M. I. V. T.,
Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Número Uno de
Donostia-San Sebastián-UPAD Mercantil el 25 de octubre de 2021, procedimiento Med.
Caut. previas 604/2021, promovida por “Mutualia Mutua Colaboradora de la Seguridad
Social n.º 2” frente a “Mutualidad de Seguros a Prima Fija” fue presentado en este
Registro a las 15 horas y 48 minutos y 41 segundos del día 28 de octubre de 2021, bajo
el asiento 584 del tomo 155 Diario.
cve: BOE-A-2022-6419
Verificable en https://www.boe.es
Hechos.
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53469
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6419
Resolución de 29 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
de la registradora de la propiedad de Azpeitia, por la que se suspende la
extensión de anotación de prohibición de disponer ordenada en mandamiento
judicial.
En el recurso interpuesto por don I. L. H., en nombre y representación y en su calidad
de director gerente de «Mutualia Mutua Colaboradora con la Seguridad Social n.º 2»,
contra la nota de calificación extendida por la registradora de la Propiedad de Azpeitia,
doña María Begoña Ruiz Alutiz, por la que suspende la extensión de anotación de
prohibición de disponer ordenada en mandamiento judicial.
Hechos
I
En mandamiento expedido el día 25 de octubre de 2021 por doña M. I. V. T., letrada
de. la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de San
Sebastián, se daba cumplimiento a lo acordado en auto de dicho Juzgado, de fecha 22
de octubre de 2021, recaído en la pieza de medidas cautelares número 604/2021
seguido por «Mutualia Mutua Colaboradora con la Seguridad Social n.º 2» contra
«Mutualidad de Seguros a Prima Fija».
En dicho auto, se acordaba la prohibición de disponer de las acciones de la sociedad
«Gestión de Edificios, Instalaciones Sanitarias y Servicios, S.A.» y de los activos de esta
última hasta que se dictase sentencia en el futuro procedimiento ordinario que se
incoase por medio de la demanda que interpondría «Mutualia Mutua Colaboradora con la
Seguridad Social n.º 2», y la anotación preventiva de tal prohibición de disponer en el
Libro Registro de acciones nominativas de «Gestión de Edificios, Instalaciones Sanitarias
y Servicios, S.A.» y en el Registro de la Propiedad al margen de las fincas registrales
titularidad de esta sociedad.
II
Presentado dicho mandamiento en el Registro de la Propiedad de Azpeitia, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«La Registradora que suscribe previa calificación del documento que luego se dirá y
de los antecedentes del Registro, ha acordado no practicar las anotaciones solicitadas,
por no acreditarse que la demanda se ha dirigido contra el titular registral, en base a los
siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
Primero. El documento, mandamiento expedido por duplicado por Doña M. I. V. T.,
Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Número Uno de
Donostia-San Sebastián-UPAD Mercantil el 25 de octubre de 2021, procedimiento Med.
Caut. previas 604/2021, promovida por “Mutualia Mutua Colaboradora de la Seguridad
Social n.º 2” frente a “Mutualidad de Seguros a Prima Fija” fue presentado en este
Registro a las 15 horas y 48 minutos y 41 segundos del día 28 de octubre de 2021, bajo
el asiento 584 del tomo 155 Diario.
cve: BOE-A-2022-6419
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Hechos.