III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-6417)
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Alcalá la Real, por la que se suspende la inscripción del testimonio de decreto de adjudicación y mandamiento de cancelación derivados de un procedimiento de ejecución hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53448
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6417
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Alcalá la Real, por la que se suspende la
inscripción del testimonio de decreto de adjudicación y mandamiento de
cancelación derivados de un procedimiento de ejecución hipotecaria.
En el recurso interpuesto por doña A. M. H. M., procuradora de los tribunales, en
nombre y representación de «Harri Sur Activos Inmobiliarios, SLU», contra la nota de
calificación extendida por el registrador de la Propiedad de Alcalá la Real, don José
Eduardo Luzón Tello, por la que suspende la inscripción del testimonio de decreto de
adjudicación y mandamiento de cancelación derivados de un procedimiento de ejecución
hipotecaria.
Hechos
I
En decreto de adjudicación de fecha 26 de enero de 2017, derivado del
procedimiento de ejecución hipotecaria número 491/2013, seguido ante el Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número 1 de Alcalá la Real, se adjudicaba a «Harri Sur
Activos Inmobiliarios, S.L.U.» la finca registral número 1.953 del término municipal de
Alcaudete.
II
Presentado en el Registro de la Propiedad de Alcalá la Real testimonio del citado
decreto de adjudicación, junto con un mandamiento de cancelación de igual fecha,
fueron objeto de la siguiente nota de calificación:
«Datos del documento calificado:
Presentante: D.ª A. H. M.
Interesados: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba hoy Cajasur Banco,
SAU frente a D. J. A. P. P. y Harri Sur Activos Inmobiliarios, SLU.
Naturaleza: Testimonio Judicial
Objeto: adjudicación
Procedimiento: Ejecución Hipotecaria n.º 491/2013 de 26/01/2017.
Juzgado: Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Alcalá la Real –Jaén–.
En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad del documento
presentado, resultan los siguientes:
1.º El día 27 de octubre de 2021, con el asiento de presentación n.º 303 del
Diario 104, ha sido presentado en este Registro de la Propiedad, testimonio del Decreto de
Adjudicación n.º 13/16 de fecha 26 de enero de 2017, derivado del procedimiento de
ejecución hipotecaria, número 491/2013 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción Número Uno de Alcalá la Real junto con un mandamiento de cancelación de
igual fecha, ambos expedidos por el Letrado de la Administración de Justicia don J. M. C. A.
cve: BOE-A-2022-6417
Verificable en https://www.boe.es
Hechos:
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53448
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6417
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Alcalá la Real, por la que se suspende la
inscripción del testimonio de decreto de adjudicación y mandamiento de
cancelación derivados de un procedimiento de ejecución hipotecaria.
En el recurso interpuesto por doña A. M. H. M., procuradora de los tribunales, en
nombre y representación de «Harri Sur Activos Inmobiliarios, SLU», contra la nota de
calificación extendida por el registrador de la Propiedad de Alcalá la Real, don José
Eduardo Luzón Tello, por la que suspende la inscripción del testimonio de decreto de
adjudicación y mandamiento de cancelación derivados de un procedimiento de ejecución
hipotecaria.
Hechos
I
En decreto de adjudicación de fecha 26 de enero de 2017, derivado del
procedimiento de ejecución hipotecaria número 491/2013, seguido ante el Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número 1 de Alcalá la Real, se adjudicaba a «Harri Sur
Activos Inmobiliarios, S.L.U.» la finca registral número 1.953 del término municipal de
Alcaudete.
II
Presentado en el Registro de la Propiedad de Alcalá la Real testimonio del citado
decreto de adjudicación, junto con un mandamiento de cancelación de igual fecha,
fueron objeto de la siguiente nota de calificación:
«Datos del documento calificado:
Presentante: D.ª A. H. M.
Interesados: Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Córdoba hoy Cajasur Banco,
SAU frente a D. J. A. P. P. y Harri Sur Activos Inmobiliarios, SLU.
Naturaleza: Testimonio Judicial
Objeto: adjudicación
Procedimiento: Ejecución Hipotecaria n.º 491/2013 de 26/01/2017.
Juzgado: Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Alcalá la Real –Jaén–.
En el ejercicio de la calificación registral sobre la legalidad del documento
presentado, resultan los siguientes:
1.º El día 27 de octubre de 2021, con el asiento de presentación n.º 303 del
Diario 104, ha sido presentado en este Registro de la Propiedad, testimonio del Decreto de
Adjudicación n.º 13/16 de fecha 26 de enero de 2017, derivado del procedimiento de
ejecución hipotecaria, número 491/2013 seguido ante el Juzgado de Primera Instancia e
Instrucción Número Uno de Alcalá la Real junto con un mandamiento de cancelación de
igual fecha, ambos expedidos por el Letrado de la Administración de Justicia don J. M. C. A.
cve: BOE-A-2022-6417
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