III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-6416)
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del registrador mercantil y de bienes muebles III de Vizcaya a inscribir una escritura de elevación a público de acuerdos adoptados por la junta general de una sociedad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53437
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6416
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador mercantil y de bienes muebles III de Vizcaya a inscribir una
escritura de elevación a público de acuerdos adoptados por la junta general
de una sociedad.
En el recurso interpuesto por don G. G. M., abogado, en nombre y representación de
la sociedad «Servicios Logísticos Portuarios SLP, S.L.», contra la negativa del registrador
Mercantil y de Bienes Muebles III de Vizcaya, don Carlos Alonso Olarra, a inscribir una
escritura de elevación a público de acuerdos adoptados por la junta general de dicha
sociedad.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 14 de septiembre de 2021 ante el notario de
Bilbao, don Juan Benguria Cortabitarte, con el número 2.427 de protocolo, se elevaron a
público los acuerdos adoptados el día 18 de junio de 2021 por la junta general de la
sociedad «Servicios Logísticos Portuarios SLP, S.L.», por los que se incluían en los
estatutos sociales dos nuevos artículos, con el siguiente contenido:
«Artículo 19 bis. Sistema de representación proporcional.
Las participaciones sociales que voluntariamente se agrupen, hasta constituir una
cifra del capital social igual o superior a la que resulte de dividir este último por el número
de componentes del consejo, tendrán derecho a designar los que, superando fracciones
enteras, se deduzcan de la correspondiente proporción.
En el caso de que se haga uso de esta facultad, las participaciones sociales así
agrupadas no intervendrán en la votación de los restantes componentes del consejo.»
«Artículo 28. Derecho de separación de socios.
28.1 Se establecen como causas estatutarias de separación de socio tanto la
supresión por acuerdo de la Junta General del sistema de representación proporcional
incorporado en el artículo 19.º bis de estos Estatutos, como el acuerdo de la Junta
General en el que se apruebe la supresión del Consejo de Administración como órgano
de administración de la compañía (…).»
II
«El registrador Mercantil que suscribe, previo el consiguiente examen y calificación,
de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del
Registro Mercantil, ha resuelto practicar la inscripción del documento al tomo 5998
folio 168 inscripción 8, habiendo resuelto no practicar la inscripción de los extremos que
constan a continuación conforme a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
Hechos.
Diario/Asiento: 410/259.
cve: BOE-A-2022-6416
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 29 de noviembre de 2021 copia autorizada de dicha escritura en el
Registro Mercantil de Vizcaya, fue objeto de la siguiente nota de calificación:
Núm. 93
Martes 19 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 53437
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
6416
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la negativa del
registrador mercantil y de bienes muebles III de Vizcaya a inscribir una
escritura de elevación a público de acuerdos adoptados por la junta general
de una sociedad.
En el recurso interpuesto por don G. G. M., abogado, en nombre y representación de
la sociedad «Servicios Logísticos Portuarios SLP, S.L.», contra la negativa del registrador
Mercantil y de Bienes Muebles III de Vizcaya, don Carlos Alonso Olarra, a inscribir una
escritura de elevación a público de acuerdos adoptados por la junta general de dicha
sociedad.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 14 de septiembre de 2021 ante el notario de
Bilbao, don Juan Benguria Cortabitarte, con el número 2.427 de protocolo, se elevaron a
público los acuerdos adoptados el día 18 de junio de 2021 por la junta general de la
sociedad «Servicios Logísticos Portuarios SLP, S.L.», por los que se incluían en los
estatutos sociales dos nuevos artículos, con el siguiente contenido:
«Artículo 19 bis. Sistema de representación proporcional.
Las participaciones sociales que voluntariamente se agrupen, hasta constituir una
cifra del capital social igual o superior a la que resulte de dividir este último por el número
de componentes del consejo, tendrán derecho a designar los que, superando fracciones
enteras, se deduzcan de la correspondiente proporción.
En el caso de que se haga uso de esta facultad, las participaciones sociales así
agrupadas no intervendrán en la votación de los restantes componentes del consejo.»
«Artículo 28. Derecho de separación de socios.
28.1 Se establecen como causas estatutarias de separación de socio tanto la
supresión por acuerdo de la Junta General del sistema de representación proporcional
incorporado en el artículo 19.º bis de estos Estatutos, como el acuerdo de la Junta
General en el que se apruebe la supresión del Consejo de Administración como órgano
de administración de la compañía (…).»
II
«El registrador Mercantil que suscribe, previo el consiguiente examen y calificación,
de conformidad con los artículos 18 del Código de Comercio y 6 del Reglamento del
Registro Mercantil, ha resuelto practicar la inscripción del documento al tomo 5998
folio 168 inscripción 8, habiendo resuelto no practicar la inscripción de los extremos que
constan a continuación conforme a los siguientes hechos y fundamentos de Derecho:
Hechos.
Diario/Asiento: 410/259.
cve: BOE-A-2022-6416
Verificable en https://www.boe.es
Presentada el día 29 de noviembre de 2021 copia autorizada de dicha escritura en el
Registro Mercantil de Vizcaya, fue objeto de la siguiente nota de calificación: