III. Otras disposiciones. COMUNITAT VALENCIANA. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2022-6442)
Resolución de 22 de marzo de 2022, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se incoa expediente de actualización y adaptación de la Sección Primera del Inventario General del Patrimonio Cultural Valenciano, para la declaración como bienes de interés cultural de determinados yacimientos radicados en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, y se somete el expediente a trámite de información pública.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 93

Martes 19 de abril de 2022

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anterior procedimiento cuyo contenido hubiera permanecido igual de no haberse
sancionado su ineficacia, sin que la presente actualización o adaptación tenga carácter
exhaustivo, encomendando la tramitación del mismo a la Dirección General de Cultura y
Patrimonio de esta conselleria.
Con este fin, se establecen cuatro anexos a la presente resolución, que forman parte
de la misma.
En el anexo primero se relacionan los inmuebles a inscribir en la Sección Primera del
Inventario general del patrimonio cultural valenciano, con la categoría que les resulta de
aplicación según la normativa patrimonial en vigor, introduciendo en algunos casos las
correcciones terminológicas oportunas.
En los anexos segundo y tercero se establece la normativa de protección que podrá
ser modificada en los instrumentos de ordenación individualizados, cuya aprobación
urbanística deberán preceptivamente promover los ayuntamientos en los términos
indicados por la Ley 4/1998, de 11 de junio.
En el anexo cuarto se describen sucintamente los inmuebles, se señalan sus valores
culturales así como se asignan los correspondientes entornos de protección.
Tercero.
La incoación del procedimiento de actualización del inventario y establecimiento de
normativa protectora para los yacimientos a inscribir en la Sección Primera del Inventario
general del patrimonio cultural valenciano y sus entornos, ratifica la plena aplicabilidad a
los mismos del régimen tutelar previsto en el artículo 62.1 de la Ley 4/1998, de 11 de
junio, y el que se deriva de su inclusión en la Carta Arqueológica de la Comunitat
Valenciana, sin perjuicio de las alteraciones que se deriven de las delimitaciones
actuales que puedan comportar una modificación puntual con relación a las
anteriormente publicadas.
Cuarto.
Notificar la presente resolución a los ayuntamientos de Almenara, Beniarrés,
Benicarló, Burriana, Calp, Alicante, Llíria, Mogente, Nules, Onda, Requena, Riba-roja de
Túria, Yátova, Cortes de Pallás, El Campello y Jávea, en cuyos términos municipales
radican los referidos yacimientos, así como a las personas interesadas en el
procedimiento administrativo, advirtiendo a los mismos el régimen tutelar que tanto por la
notoriedad de su implantación en el territorio, como por haber sido señalados
expresamente en época pretérita como bienes de interés cultural de naturaleza
arqueológica y paleontológica y figurar incluidos en la Carta Arqueológica de la
Comunitat Valenciana, les resulta de aplicación.
Quinto.

Sexto.
Conforme a lo previsto en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, someter el
expediente incoado a trámite de información pública, a fin de que cuantas personas
tengan interés puedan examinar el expediente durante el plazo de un mes a partir de la
publicación de la presente resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
El expediente estará a disposición de los interesados en la Dirección General de Cultura

cve: BOE-A-2022-6442
Verificable en https://www.boe.es

En cumplimiento de lo establecido en la disposición adicional cuarta de la
Ley 4/1998, de 11 de junio, recabar informe del Consell Valencià de Cultura y de la Real
Academia de Bellas Artes de San Carlos, para que en su caso formulen las objeciones o
sugerencias que estimen oportunas en relación con la propuesta de actualización y
adaptación del Inventario general del patrimonio cultural valenciano que se eleva a su
consideración.