III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA Y DEPORTE. Convenios. (BOE-A-2022-6383)
Resolución de 5 de abril de 2022, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Università Degli Studi di Torino, para la realización de prácticas externas formativas en museos de titularidad estatal.
8 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 92

Lunes 18 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 53267

5. Los estudiantes serán informados por el museo en el que desarrollen las
prácticas o, en su caso por la SGME, de la normativa de régimen interno y las
condiciones de seguridad e higiene vigentes en la misma y sobre las medidas de
prevención a adoptar en las instalaciones donde se vayan a desarrollar las prácticas.
6. Los estudiantes asumen la obligación de guardar confidencialidad en relación
con la información interna del museo en que desarrollen las prácticas o, en su caso, de
la SGME y de guardar secreto profesional sobre sus actividades durante su estancia una
vez finalizada ésta.
7. La participación de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes en
el programa de prácticas no supone la adquisición de más compromisos que los
estipulados en el presente Convenio. Dado el carácter formativo de las prácticas
académicas externas, de su realización no se derivarán, en ningún caso, obligaciones
propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la
prestación laboral propia de puestos de trabajo.
8. La realización de las prácticas académicas externas en los museos estatales o en la
SGME no podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la función pública ni será
computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
9. No se podrán formalizar contratos de trabajo entre los estudiantes y el Ministerio
de Cultura y Deporte durante el período de desarrollo de las prácticas formativas.
10. La realización de prácticas extracurriculares por los estudiantes no supondrá la
convalidación o reconocimiento de créditos y/o prácticum, excepto si así está
contemplado en el correspondiente plan de estudios y de acuerdo con sus criterios,
como es el caso de las prácticas curriculares.
11. Al finalizar la realización de las prácticas, el Ministerio de Cultura y Deporte y la
Università Degli Studi di Torino entregarán al estudiante un certificado ajustándose a la
legislación vigente.
Obligaciones de la Università Degli Studi di Torino.

1. Antes del comienzo de las prácticas, cumplimentará un documento por cada
estudiante en prácticas en el modelo normalizado de la Università Degli Studi di Torino
que incluirá, al menos: datos del estudiante, titulación, el proyecto formativo objeto de la
práctica a realizar por el estudiante, la protección de sus datos, el periodo de la práctica,
así como los horarios y lugar o lugares de realización, las personas designadas como
tutores académico y profesional. Este documento deberá ser firmado por el estudiante,
por un representante de la Università Degli Studi di Torino, y por el titular de la dirección
del museo en que se realicen las prácticas o de la SGME.
2. Designar un tutor académico que velará por el normal desarrollo del proyecto
formativo, colaborará con el tutor del museo o de la SGME en aquellos aspectos que
afecten al mismo, así como aquellas funciones que reglamentariamente se establezcan.
3. Dar cobertura a los estudiantes a través del Seguro Escolar y por un Seguro de
Accidentes y Responsabilidad Civil que la Università Degli Studi di Torino tiene suscrito a
tales efectos. La colaboración tendrá la consideración de programa de formación o
realización de prácticas no laborales y académicas, de carácter no remunerado, que no
da lugar a la inclusión en el sistema de la Seguridad Social de las personas que
participan en dichos programas o prácticas.
En relación con las obligaciones contempladas en la disposición adicional quinta del
Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones
públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo, dado que
todavía no se ha producido el desarrollo reglamentario para su efectiva aplicación,
ambas partes se comprometen a firmar una adenda en el momento en que dicho
desarrollo reglamentario entre en vigor en la que se contemplen las obligaciones de las
partes para dar cumplimiento a la normativa de desarrollo del citado Real Decreto-ley. En
caso contrario, se dará por extinguido el convenio.
4. Emitir un certificado acreditativo de la labor realizada por el tutor del museo o de
la SGME, así como de la duración de la misma.

cve: BOE-A-2022-6383
Verificable en https://www.boe.es

Quinta.