III. Otras disposiciones. CONSEJO DE SEGURIDAD NUCLEAR. Convenios. (BOE-A-2022-6271)
Resolución de 6 de abril de 2022, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio con la Agrupación de Municipios de áreas con centrales nucleares y almacenamiento de residuos radiactivos, para reforzar la comunicación de la población de las áreas con instalaciones nucleares de España y valorar su percepción sobre la información suministrada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90

Viernes 15 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 52549

Ambos intervienen en representación y con las facultades que sus respectivos
cargos les confieren, reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación para
otorgar y firmar el presente convenio, y a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el CSN, creado al amparo de la Ley 15/1980, de 22 de abril, es un ente de
derecho público, independiente de la Administración general del Estado, como único
organismo competente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica.
Segundo.
Que con el fin de garantizar su independencia y reforzar su transparencia y eficacia,
una de las misiones encomendadas al CSN mediante su ley de creación, en su
artículo 2.ñ) es la de informar a la opinión pública, sobre materias de su competencia con
la extensión y periodicidad que el Consejo determine, sin perjuicio de la publicidad de
sus actuaciones administrativas en los términos legalmente establecidos.
Tercero.
Que, asimismo, el artículo 14.2 del Estatuto del CSN, aprobado por el Real
Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre, señala que el CSN mantendrá puntualmente
informados al Gobierno, al Congreso de los Diputados y al Senado, a los gobiernos y
parlamentos autonómicos y a los ayuntamientos concernidos, de cualquier circunstancia
o suceso que afecte a la seguridad de las instalaciones nucleares y radiactivas o a la
calidad radiológica del medio ambiente en cualquier lugar dentro del territorio nacional.
Cuarto.
Que, en la misma línea del artículo citado en el párrafo anterior, se establece en el
artículo 15.6 que el CSN impulsará y participará en los comités de información y en
cualesquiera otros foros de información constituidos o que se constituyan en los entornos
de las instalaciones nucleares, promoviendo, a través de los mismos, la difusión de la
información, en particular la relativa a los sucesos ocurridos, y la participación en la
preparación ante situaciones de emergencia.
Quinto.
Que la AMAC es una asociación, de carácter voluntario, de municipios incluidos en
las áreas de influencia de centrales nucleares y de almacenamientos de residuos
radioactivos de España, en régimen de autonomía y en el campo delimitado por la Ley
Orgánica 1/2012, de Asociaciones y demás disposiciones de aplicación.

Que la AMAC tiene personalidad jurídica propia, de carácter sectorial y
multidisciplinar cuyos fines se desarrollan en el artículo 3 de los Estatutos de la
Agrupación firmados en 2002, que promueve y desarrolla actividades de información,
divulgación y de participación social y sectorial en los campos de la energía nuclear,
interesada en colaborar con los sectores reguladores y socioeconómicos para asegurar
sus fines informativos de manera más comprensible para las personas y a través de
instrumentos de difusión que permitan un acceso amplio y fácil a los datos, y faciliten la
participación en los asuntos públicos.

cve: BOE-A-2022-6271
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Sexto.