III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-6263)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa, para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de naturaleza pública de dicho ente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52450
Asimismo, a solicitud de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa se datarán
aquellas deudas respecto de las cuales se vaya a proceder a su pago en especie ante
los órganos del mismo.
La justificación de las datas por insolvencia se realizará en los mismos términos que
para las del Estado y a la vista, en su caso, de la información adicional que haya
suministrado la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa en aplicación de lo
convenido en el punto anterior. Cuando como consecuencia de la interposición de
recursos o reclamaciones o la tramitación de expedientes de derivación de
responsabilidad, la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa requiera información
adicional de las datas por insolvencia, podrá solicitar copia de la documentación que
figure en el expediente administrativo. Dicha información adicional le será facilitada por
los órganos de recaudación de la Agencia Tributaria, limitándose a lo relacionado con las
deudas gestionadas por la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa.
En el caso de que la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa tuviera,
posteriormente, conocimiento de datos que no se hubieran utilizado en la gestión de la
deuda datada por insolvencia que permitieran la realización del derecho, dará cuenta de
ello a la Agencia Tributaria, acompañando información justificativa de la nueva situación
de la deuda para que se proceda a su rehabilitación.
14. Utilización de medios telemáticos para remitir información a la Agencia
Tributaria con posterioridad al cargo de la deuda.
Las comunicaciones que la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa tenga que
dirigir a la Agencia Tributaria con posterioridad al cargo de la deuda y que tengan
repercusión sobre la misma, se tramitarán exclusivamente a través de la sede electrónica
de la Agencia Tributaria.
A estos efectos, en la página web de la Agencia Tributaria se pondrán a disposición
de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa los requisitos de acceso a la sede y las
condiciones para la tramitación de las comunicaciones correspondientes a actuaciones
posteriores al cargo. Los trámites a realizar a través de la Sede serán, entre otros, los
siguientes:
– Anulaciones de deudas previamente cargadas.
– Ingresos posteriores al cargo.
– Cancelación de deuda reclamada por la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de
Arousa para la resolución de aplazamientos, o por solicitudes de suspensión o de pago
en especie.
– Solicitudes de rehabilitación de la deuda.
– Solicitudes de reactivación de deudas cuyo aplazamiento o suspensión fue
acordado por la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa.
– Comunicación de variaciones de las actuaciones interruptivas de la prescripción.
– En general la remisión de información o documentación solicitada por la Agencia
Tributaria a la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa para la adecuada gestión
recaudatoria de la deuda encomendada.
Posibilidad de carga individualizada de liquidaciones:
La Agencia Tributaria habilitará en Sede Electrónica un trámite específico que
permitirá la carga individualizada de deudas para su gestión recaudatoria ejecutiva, en
los casos excepcionales en los que la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa
estime justificada esta incorporación de deuda.
16. Envío de deudas cuya providencia de apremio haya sido notificada por la
Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa.
Cuando se trate de la gestión de deudas cuya providencia de apremio haya sido
notificada por la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa respecto de las cuales este
cve: BOE-A-2022-6263
Verificable en https://www.boe.es
15.
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 52450
Asimismo, a solicitud de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa se datarán
aquellas deudas respecto de las cuales se vaya a proceder a su pago en especie ante
los órganos del mismo.
La justificación de las datas por insolvencia se realizará en los mismos términos que
para las del Estado y a la vista, en su caso, de la información adicional que haya
suministrado la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa en aplicación de lo
convenido en el punto anterior. Cuando como consecuencia de la interposición de
recursos o reclamaciones o la tramitación de expedientes de derivación de
responsabilidad, la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa requiera información
adicional de las datas por insolvencia, podrá solicitar copia de la documentación que
figure en el expediente administrativo. Dicha información adicional le será facilitada por
los órganos de recaudación de la Agencia Tributaria, limitándose a lo relacionado con las
deudas gestionadas por la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa.
En el caso de que la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa tuviera,
posteriormente, conocimiento de datos que no se hubieran utilizado en la gestión de la
deuda datada por insolvencia que permitieran la realización del derecho, dará cuenta de
ello a la Agencia Tributaria, acompañando información justificativa de la nueva situación
de la deuda para que se proceda a su rehabilitación.
14. Utilización de medios telemáticos para remitir información a la Agencia
Tributaria con posterioridad al cargo de la deuda.
Las comunicaciones que la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa tenga que
dirigir a la Agencia Tributaria con posterioridad al cargo de la deuda y que tengan
repercusión sobre la misma, se tramitarán exclusivamente a través de la sede electrónica
de la Agencia Tributaria.
A estos efectos, en la página web de la Agencia Tributaria se pondrán a disposición
de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa los requisitos de acceso a la sede y las
condiciones para la tramitación de las comunicaciones correspondientes a actuaciones
posteriores al cargo. Los trámites a realizar a través de la Sede serán, entre otros, los
siguientes:
– Anulaciones de deudas previamente cargadas.
– Ingresos posteriores al cargo.
– Cancelación de deuda reclamada por la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de
Arousa para la resolución de aplazamientos, o por solicitudes de suspensión o de pago
en especie.
– Solicitudes de rehabilitación de la deuda.
– Solicitudes de reactivación de deudas cuyo aplazamiento o suspensión fue
acordado por la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa.
– Comunicación de variaciones de las actuaciones interruptivas de la prescripción.
– En general la remisión de información o documentación solicitada por la Agencia
Tributaria a la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa para la adecuada gestión
recaudatoria de la deuda encomendada.
Posibilidad de carga individualizada de liquidaciones:
La Agencia Tributaria habilitará en Sede Electrónica un trámite específico que
permitirá la carga individualizada de deudas para su gestión recaudatoria ejecutiva, en
los casos excepcionales en los que la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa
estime justificada esta incorporación de deuda.
16. Envío de deudas cuya providencia de apremio haya sido notificada por la
Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa.
Cuando se trate de la gestión de deudas cuya providencia de apremio haya sido
notificada por la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa respecto de las cuales este
cve: BOE-A-2022-6263
Verificable en https://www.boe.es
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