III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-6263)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa, para la recaudación en vía ejecutiva de los recursos de naturaleza pública de dicho ente.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
d)
Sec. III. Pág. 52453
Minoraciones del coste de servicio.
Cuando se realicen por los órganos de recaudación de la Agencia Tributaria
actuaciones de rectificación, mediante reactivación de deudas, se originará una
reducción del coste devengado por la cancelación errónea.
Asimismo cuando se produzca una rehabilitación de deuda, cualquiera que sea el
plazo transcurrido desde la cancelación por insolvencia hasta la rehabilitación, se
originará la minoración del coste originado por la anterior data por insolvencia.
2. El coste global convenido conforme a los apartados anteriores podrá ser
revisado anualmente de mutuo acuerdo.
Sexta. Liquidaciones y transferencia de fondos a la Autoridad Portuaria de Vilagarcía
de Arousa.
1.
Liquidaciones.
Se practicará cada mes liquidación de los importes recaudados en el mes anterior.
Del total computado como ingreso, se descontarán:
a) Las devoluciones de ingresos indebidos practicadas conforme a lo previsto en la
cláusula cuarta.7 del presente Convenio.
b) El reembolso del coste de las garantías practicado conforme a lo previsto en la
cláusula cuarta.8 del presente Convenio, en los supuestos en los que el acto cuya
suspensión o aplazamiento motivó la aportación de la garantía haya sido dictado por la
Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa.
c) El coste del servicio previsto en la cláusula quinta del presente Convenio.
d) Las costas devengadas que hayan sido de imposible imputación a los deudores.
Acompañando a esta liquidación el Departamento de Recaudación enviará a la
Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa el detalle de los movimientos de sus
deudas.
2.
Transferencia de fondos.
Los importes mensuales resultantes a favor de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía
de Arousa serán transferidos a la cuenta bancaria que con este fin haya designado el
mismo. En los casos en que, practicada la liquidación, resulte deudor la Autoridad
Portuaria de Vilagarcía de Arousa, se compensará el importe en sucesivas liquidaciones
mensuales, salvo cuando se trate de la liquidación del mes de diciembre, en cuyo caso
se requerirá a la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa para que efectúe su pago
mediante transferencia a la cuenta que se indique por la Agencia Tributaria.
Séptima. Información a la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa.
– Mensualmente el detalle de movimientos de deudas según prevé la cláusula
sexta.1 y de acuerdo con las especificaciones establecidas en el anexo III.
– Estas especificaciones se refieren a:
•
•
•
•
Movimientos de cargo y cancelación para cada deuda.
Costas no repercutidas, por deuda.
Coste del servicio global.
Imputación del coste de servicio a cada deuda.
cve: BOE-A-2022-6263
Verificable en https://www.boe.es
El Departamento de Recaudación enviará a la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de
Arousa información de la gestión recaudatoria a la que se refiere el presente Convenio
con la siguiente periodicidad:
Núm. 90
Viernes 15 de abril de 2022
d)
Sec. III. Pág. 52453
Minoraciones del coste de servicio.
Cuando se realicen por los órganos de recaudación de la Agencia Tributaria
actuaciones de rectificación, mediante reactivación de deudas, se originará una
reducción del coste devengado por la cancelación errónea.
Asimismo cuando se produzca una rehabilitación de deuda, cualquiera que sea el
plazo transcurrido desde la cancelación por insolvencia hasta la rehabilitación, se
originará la minoración del coste originado por la anterior data por insolvencia.
2. El coste global convenido conforme a los apartados anteriores podrá ser
revisado anualmente de mutuo acuerdo.
Sexta. Liquidaciones y transferencia de fondos a la Autoridad Portuaria de Vilagarcía
de Arousa.
1.
Liquidaciones.
Se practicará cada mes liquidación de los importes recaudados en el mes anterior.
Del total computado como ingreso, se descontarán:
a) Las devoluciones de ingresos indebidos practicadas conforme a lo previsto en la
cláusula cuarta.7 del presente Convenio.
b) El reembolso del coste de las garantías practicado conforme a lo previsto en la
cláusula cuarta.8 del presente Convenio, en los supuestos en los que el acto cuya
suspensión o aplazamiento motivó la aportación de la garantía haya sido dictado por la
Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa.
c) El coste del servicio previsto en la cláusula quinta del presente Convenio.
d) Las costas devengadas que hayan sido de imposible imputación a los deudores.
Acompañando a esta liquidación el Departamento de Recaudación enviará a la
Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa el detalle de los movimientos de sus
deudas.
2.
Transferencia de fondos.
Los importes mensuales resultantes a favor de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía
de Arousa serán transferidos a la cuenta bancaria que con este fin haya designado el
mismo. En los casos en que, practicada la liquidación, resulte deudor la Autoridad
Portuaria de Vilagarcía de Arousa, se compensará el importe en sucesivas liquidaciones
mensuales, salvo cuando se trate de la liquidación del mes de diciembre, en cuyo caso
se requerirá a la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa para que efectúe su pago
mediante transferencia a la cuenta que se indique por la Agencia Tributaria.
Séptima. Información a la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de Arousa.
– Mensualmente el detalle de movimientos de deudas según prevé la cláusula
sexta.1 y de acuerdo con las especificaciones establecidas en el anexo III.
– Estas especificaciones se refieren a:
•
•
•
•
Movimientos de cargo y cancelación para cada deuda.
Costas no repercutidas, por deuda.
Coste del servicio global.
Imputación del coste de servicio a cada deuda.
cve: BOE-A-2022-6263
Verificable en https://www.boe.es
El Departamento de Recaudación enviará a la Autoridad Portuaria de Vilagarcía de
Arousa información de la gestión recaudatoria a la que se refiere el presente Convenio
con la siguiente periodicidad: