I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Organización. (BOE-A-2022-6045)
Real Decreto 267/2022, de 12 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 88

Miércoles 13 de abril de 2022

Sec. I. Pág. 51430

3. Dependen de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos
Consulares, con nivel orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Protección y Asistencia Consular, a la que
corresponde el ejercicio de las funciones enumeradas en las letras a), b) y e) del
apartado anterior.
b) La Subdirección General de Asuntos Jurídicos Consulares, a la que corresponde
el ejercicio de las funciones enumeradas en la letra d) del apartado anterior.
c) La Subdirección General de Asuntos de Extranjería, a la que corresponde el
ejercicio de las funciones enumeradas en la letra f) del apartado anterior.
4. Depende asimismo de esta Dirección General, con el nivel orgánico que se
determine en la relación de puestos de trabajo, la División de Emergencia Consular,
encargada de la coordinación y seguimiento de las actuaciones de protección y
asistencia consular del Departamento en situaciones de emergencia y crisis que afecten
a las personas de nacionalidad española en el exterior.
Artículo 22.

Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes.

1. La titularidad de la Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes,
corresponderá al Introductor o Introductora de Embajadores, quien tendrá durante el
desempeño de su cargo la categoría y honores de Embajador o Embajadora.
2. Corresponde a la Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes el
ejercicio de las siguientes competencias:
a) La preparación, coordinación y ejecución de los actos oficiales y ceremonias
relacionados con la política exterior del Estado, que tengan lugar en el territorio nacional
y en el exterior y, en particular, los viajes oficiales de Sus Majestades los Reyes de
España y las visitas de las personas titulares de la Jefatura de Estado de otros países.
b) La tramitación de los expedientes de condecoraciones de las Órdenes de Isabel
la Católica y del Mérito Civil.
c) La gestión y control de todas las cuestiones relacionadas con las misiones
diplomáticas acreditadas en España, sus oficinas consulares y los organismos
internacionales con sede u oficina en nuestro país, en cumplimiento de los Convenios de
Viena sobre relaciones diplomáticas y consulares.
3. Dependen de la Dirección General de Protocolo, Cancillería y Órdenes, con nivel
orgánico de subdirección general:
a) La Subdirección General de Viajes y Visitas Oficiales, Ceremonial y Órdenes,
cuya persona titular recibe la denominación de Segundo Introductor o Segunda
Introductora de Embajadores, a la que corresponde el ejercicio de las funciones
enumeradas en las letras a) y b) del apartado anterior.
b) La Subdirección General de Cancillería a la que corresponde el ejercicio de las
funciones enumeradas en la letra c) del apartado anterior.

1. Corresponde a la Dirección General de Comunicación, Diplomacia Pública y
Redes, dependiente directamente de la persona titular del Ministerio de Asuntos
Exteriores, Unión Europea y Cooperación, el ejercicio de las siguientes competencias:
a) La portavocía oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y
Cooperación.
b) La coordinación y planificación estratégica de la comunicación del Ministerio y de
todos sus órganos.

cve: BOE-A-2022-6045
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 23. Dirección General de Comunicación, Diplomacia Pública y Redes.