III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE UNIVERSIDADES. Convenios. (BOE-A-2022-6040)
Resolución de 5 de abril de 2022, del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, O.A., por la que se publica el Convenio con el Ministerio de Educación de la República Argentina, para la implementación de un programa de becas de maestría, estancias cortas para doctorandos, y estancias cortas de especialización para profesionales argentinos y/o residentes permanentes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51390
2. En su caso, aprobar la oferta de universidades, centros e institutos de
investigación españoles de acuerdo con los intereses del Programa, a partir de las
propuestas que dichas instituciones presenten a través del SEPIE.
3. Mantener informados a los becarios seleccionados sobre el proceso de
postulación y admisión en las universidades, centros e institutos de investigación
españoles, que centralizará el SEPIE.
4. Pagar un monto máximo por becario de hasta noventa mil dólares
estadounidenses (USD 90.000) para la modalidad de maestrías, de hasta veinticinco mil
dólares estadounidenses (USD 25.000) para la modalidad de estancias cortas de
especialización, de hasta cuarenta y cinco mil dólares estadounidenses (USD 45.000)
para la modalidad de estancias cortas para doctorandos, de hasta veinticinco mil dólares
estadounidenses (USD 25.000) para la modalidad de estancias cortas para profesionales
de instituciones de ciencia y tecnología, de hasta veinticinco mil dólares estadounidenses
(USD 25.000) para la modalidad de estancias cortas para profesionales de pymes y
grandes empresas de ciencia y tecnología y de hasta noventa mil dólares
estadounidenses (USD 90.000) para la modalidad de maestrías internacionales de doble
titulación. Dichos montos estarán destinados a cubrir:
a) El costo de transporte desde el lugar de origen del becario hasta la ciudad con
aeropuerto más cercano a la universidad elegida para cursar la beca y el traslado desde
el aeropuerto hasta la misma, y su vuelta, por única vez.
b) Las tasas académicas de matrícula cuya cuantía máxima individual variará
dependiendo de la modalidad de la beca, del programa académico de la universidad,
centro o instituto de investigación de acogida y, si procede, de las segundas o sucesivas
matrículas, y los costos administrativos de las universidades o centros de investigación
de acogida, incluida la expedición de certificados y el título.
c) El mantenimiento mensual promedio y asignación de costo de vida mensual
promedio, por un valor máximo de mil ochocientos cincuenta euros (1.850 €) mensuales,
revisable anualmente por BEC.AR.
d) El costo del seguro de salud al precio ofertado por sus universidades, centros,
empresas e institutos de investigación de acogida por un valor máximo de doscientos
euros (200 €) mensuales. En caso de que los becarios no tengan posibilidad de acceder
a un seguro médico para la modalidad de beca que optan, podrán contratarlo de manera
individual o el SEPIE les ayudará en la gestión de la contratación de la póliza del seguro.
En el caso que el becario asista con su grupo familiar, el SEPIE lo ayudará en la gestión
de la contratación de una póliza de seguro de salud para su grupo familiar, asumiendo el
becario el costo del mismo.
e) El costo del seguro de responsabilidad civil, en su caso, por una cuantía
promedio máxima de novecientos euros (900 €). En el caso de los másteres
internacionales esta cuantía podría aumentar en función de los precios ofertados. La
cuantía total dependerá del número de becarios y de la duración de las becas. En caso
de que los becarios no tengan posibilidad de acceder a este tipo de seguro para la
modalidad de beca que optan podrán contratarlo de manera individual o el SEPIE les
ayudará en la gestión de la contratación de la póliza del seguro.
f) Los costos del visado (estancia por estudios), hasta un máximo de doscientos
euros (200 €) por becario.
5. Pagar al SEPIE el precio público por la gestión integral del Programa, que
incluye todos los servicios referidos en el literal B de esta cláusula. El Ministerio de
Educación de la República Argentina pagará al SEPIE ciento veinte euros (120 €) por
becario el primer mes, y cien euros (100 €) por cada mes de estancia, hasta una
cantidad máxima de novecientos veinte euros (920 €) por becario al año. El importe total
dependerá del número total de becarios.
6. El Ministerio de Educación de la República Argentina transferirá al SEPIE los costos
referidos en los ítems 4 y 5 de la presente cláusula de la siguiente manera: en un (1) pago
por el total de presupuesto remitido por el SEPIE dentro del plazo de diez (10) días o en
cve: BOE-A-2022-6040
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 87
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51390
2. En su caso, aprobar la oferta de universidades, centros e institutos de
investigación españoles de acuerdo con los intereses del Programa, a partir de las
propuestas que dichas instituciones presenten a través del SEPIE.
3. Mantener informados a los becarios seleccionados sobre el proceso de
postulación y admisión en las universidades, centros e institutos de investigación
españoles, que centralizará el SEPIE.
4. Pagar un monto máximo por becario de hasta noventa mil dólares
estadounidenses (USD 90.000) para la modalidad de maestrías, de hasta veinticinco mil
dólares estadounidenses (USD 25.000) para la modalidad de estancias cortas de
especialización, de hasta cuarenta y cinco mil dólares estadounidenses (USD 45.000)
para la modalidad de estancias cortas para doctorandos, de hasta veinticinco mil dólares
estadounidenses (USD 25.000) para la modalidad de estancias cortas para profesionales
de instituciones de ciencia y tecnología, de hasta veinticinco mil dólares estadounidenses
(USD 25.000) para la modalidad de estancias cortas para profesionales de pymes y
grandes empresas de ciencia y tecnología y de hasta noventa mil dólares
estadounidenses (USD 90.000) para la modalidad de maestrías internacionales de doble
titulación. Dichos montos estarán destinados a cubrir:
a) El costo de transporte desde el lugar de origen del becario hasta la ciudad con
aeropuerto más cercano a la universidad elegida para cursar la beca y el traslado desde
el aeropuerto hasta la misma, y su vuelta, por única vez.
b) Las tasas académicas de matrícula cuya cuantía máxima individual variará
dependiendo de la modalidad de la beca, del programa académico de la universidad,
centro o instituto de investigación de acogida y, si procede, de las segundas o sucesivas
matrículas, y los costos administrativos de las universidades o centros de investigación
de acogida, incluida la expedición de certificados y el título.
c) El mantenimiento mensual promedio y asignación de costo de vida mensual
promedio, por un valor máximo de mil ochocientos cincuenta euros (1.850 €) mensuales,
revisable anualmente por BEC.AR.
d) El costo del seguro de salud al precio ofertado por sus universidades, centros,
empresas e institutos de investigación de acogida por un valor máximo de doscientos
euros (200 €) mensuales. En caso de que los becarios no tengan posibilidad de acceder
a un seguro médico para la modalidad de beca que optan, podrán contratarlo de manera
individual o el SEPIE les ayudará en la gestión de la contratación de la póliza del seguro.
En el caso que el becario asista con su grupo familiar, el SEPIE lo ayudará en la gestión
de la contratación de una póliza de seguro de salud para su grupo familiar, asumiendo el
becario el costo del mismo.
e) El costo del seguro de responsabilidad civil, en su caso, por una cuantía
promedio máxima de novecientos euros (900 €). En el caso de los másteres
internacionales esta cuantía podría aumentar en función de los precios ofertados. La
cuantía total dependerá del número de becarios y de la duración de las becas. En caso
de que los becarios no tengan posibilidad de acceder a este tipo de seguro para la
modalidad de beca que optan podrán contratarlo de manera individual o el SEPIE les
ayudará en la gestión de la contratación de la póliza del seguro.
f) Los costos del visado (estancia por estudios), hasta un máximo de doscientos
euros (200 €) por becario.
5. Pagar al SEPIE el precio público por la gestión integral del Programa, que
incluye todos los servicios referidos en el literal B de esta cláusula. El Ministerio de
Educación de la República Argentina pagará al SEPIE ciento veinte euros (120 €) por
becario el primer mes, y cien euros (100 €) por cada mes de estancia, hasta una
cantidad máxima de novecientos veinte euros (920 €) por becario al año. El importe total
dependerá del número total de becarios.
6. El Ministerio de Educación de la República Argentina transferirá al SEPIE los costos
referidos en los ítems 4 y 5 de la presente cláusula de la siguiente manera: en un (1) pago
por el total de presupuesto remitido por el SEPIE dentro del plazo de diez (10) días o en
cve: BOE-A-2022-6040
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 87