III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2022-6030)
Resolución de 4 de marzo de 2022, de la Autoridad Portuaria de Almería, por la que se publica la modificación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en los puertos de Almería y Carboneras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51260
5. Tarifas a aplicar por sus servicios incluyendo toda la información pertinente sobre
los elementos que sirven de base para determinar la estructura y nivel de las mismas.
C.
De carácter técnico.
1. Declaración responsable de cumplir los niveles de calidad y rendimiento
señalados en el PPP, así como de los ofrecidos de acuerdo con la propuesta de
organización y procedimientos para la prestación del servicio, indicando parámetros
objetivables y medibles de la calidad.
2. Declaración responsable de adoptar los procedimientos y medidas establecidos y
a cumplir los pactos y normas que, en relación con la seguridad y salud de los
trabajadores, se implanten dentro de la zona portuaria.
3. Memoria del servicio a que hace referencia la Prescripción 19.ª, con descripción
detallada de:
– Plan de organización de los servicios en el que se describan las actividades que
integran la prestación y se detallen la organización y procedimientos implicados, la
asignación de recursos humanos, turnos de trabajo y plan de respuesta a emergencias.
– Los sistemas para registrar las solicitudes, el desarrollo de las actividades, los
incidentes y las reclamaciones de cada servicio.
– El sistema de aseguramiento de la calidad, la seguridad y la protección del medio
ambiente.
– Plan de medidas de Emergencia de la empresa de acuerdo con lo previsto en la
Prescripción 17.ª y el inventario de medios, su localización, su permanencia, los horarios
y demás requisitos para su integración en los planes de actuación en situaciones de
emergencia de la Autoridad Portuaria de acuerdo con lo previsto en la Prescripción 12.ª,
así como en el protocolo frente a posibles vertidos.
– Protocolo o, en su caso, Plan de Contingencia para posibles vertidos o Plan Interior
Marítimo para el caso del Anexo I y Anexo II, tanto propios como para intervención a
solicitud de la administración competente, que será incluido o integrado dentro del Plan
Interior Marítimo de la Autoridad Portuaria.
– Plan de prevención de riesgos laborales.
– Plan de entrega de desechos en aquellos casos referidos a desechos generados
por buques o residuos de carga regulados por un Anexo del Convenio MARPOL
diferente para el que tengan otorgada la licencia de prestación.
cve: BOE-A-2022-6030
Verificable en https://www.boe.es
4. Acreditación específica de disponer de los medios humanos y materiales que se
adscribirán al servicio con sujeción, en todo caso, a los requerimientos mínimos al efecto
exigidos en este PPP. Se acreditará la cualificación profesional de las tripulaciones
conforme a lo exigido en los Certificados de dotación mínima de seguridad de las
embarcaciones. Asimismo, se aportará copia de todos los certificados, seguros y
homologaciones correspondientes de las embarcaciones, vehículos y del resto de
equipos, en cumplimiento de la normativa vigente. En el supuesto de que los medios
materiales adscritos al servicio no fueran propiedad de la empresa solicitante, se
aportarán los contratos de arrendamiento correspondientes.
5. Declaración responsable de que los miembros de las tripulaciones de las
embarcaciones dedicadas a la recogida de desechos o residuos regulados por el Anexo I
del Convenio MARPOL dispondrán de la formación correspondiente a nivel operativo
básico de lucha contra la contaminación en los plazos que se especifican en la
Prescripción 11.ª
6. Certificación del sistema de gestión de la calidad y del medioambiente (para la
calidad la ISO 9000, y para el medio ambiente la ISO 14000 o acreditaciones EMAS) o,
en su defecto, compromiso de aportar dicha certificación en el plazo establecido en la
Prescripción 13.ª
7. Antes del inicio de la actividad, el prestador deberá presentar a la Autoridad
Portuaria de Almería los siguientes planes:
Núm. 87
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51260
5. Tarifas a aplicar por sus servicios incluyendo toda la información pertinente sobre
los elementos que sirven de base para determinar la estructura y nivel de las mismas.
C.
De carácter técnico.
1. Declaración responsable de cumplir los niveles de calidad y rendimiento
señalados en el PPP, así como de los ofrecidos de acuerdo con la propuesta de
organización y procedimientos para la prestación del servicio, indicando parámetros
objetivables y medibles de la calidad.
2. Declaración responsable de adoptar los procedimientos y medidas establecidos y
a cumplir los pactos y normas que, en relación con la seguridad y salud de los
trabajadores, se implanten dentro de la zona portuaria.
3. Memoria del servicio a que hace referencia la Prescripción 19.ª, con descripción
detallada de:
– Plan de organización de los servicios en el que se describan las actividades que
integran la prestación y se detallen la organización y procedimientos implicados, la
asignación de recursos humanos, turnos de trabajo y plan de respuesta a emergencias.
– Los sistemas para registrar las solicitudes, el desarrollo de las actividades, los
incidentes y las reclamaciones de cada servicio.
– El sistema de aseguramiento de la calidad, la seguridad y la protección del medio
ambiente.
– Plan de medidas de Emergencia de la empresa de acuerdo con lo previsto en la
Prescripción 17.ª y el inventario de medios, su localización, su permanencia, los horarios
y demás requisitos para su integración en los planes de actuación en situaciones de
emergencia de la Autoridad Portuaria de acuerdo con lo previsto en la Prescripción 12.ª,
así como en el protocolo frente a posibles vertidos.
– Protocolo o, en su caso, Plan de Contingencia para posibles vertidos o Plan Interior
Marítimo para el caso del Anexo I y Anexo II, tanto propios como para intervención a
solicitud de la administración competente, que será incluido o integrado dentro del Plan
Interior Marítimo de la Autoridad Portuaria.
– Plan de prevención de riesgos laborales.
– Plan de entrega de desechos en aquellos casos referidos a desechos generados
por buques o residuos de carga regulados por un Anexo del Convenio MARPOL
diferente para el que tengan otorgada la licencia de prestación.
cve: BOE-A-2022-6030
Verificable en https://www.boe.es
4. Acreditación específica de disponer de los medios humanos y materiales que se
adscribirán al servicio con sujeción, en todo caso, a los requerimientos mínimos al efecto
exigidos en este PPP. Se acreditará la cualificación profesional de las tripulaciones
conforme a lo exigido en los Certificados de dotación mínima de seguridad de las
embarcaciones. Asimismo, se aportará copia de todos los certificados, seguros y
homologaciones correspondientes de las embarcaciones, vehículos y del resto de
equipos, en cumplimiento de la normativa vigente. En el supuesto de que los medios
materiales adscritos al servicio no fueran propiedad de la empresa solicitante, se
aportarán los contratos de arrendamiento correspondientes.
5. Declaración responsable de que los miembros de las tripulaciones de las
embarcaciones dedicadas a la recogida de desechos o residuos regulados por el Anexo I
del Convenio MARPOL dispondrán de la formación correspondiente a nivel operativo
básico de lucha contra la contaminación en los plazos que se especifican en la
Prescripción 11.ª
6. Certificación del sistema de gestión de la calidad y del medioambiente (para la
calidad la ISO 9000, y para el medio ambiente la ISO 14000 o acreditaciones EMAS) o,
en su defecto, compromiso de aportar dicha certificación en el plazo establecido en la
Prescripción 13.ª
7. Antes del inicio de la actividad, el prestador deberá presentar a la Autoridad
Portuaria de Almería los siguientes planes: