III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRANSPORTES, MOVILIDAD Y AGENDA URBANA. Servicios portuarios. (BOE-A-2022-6030)
Resolución de 4 de marzo de 2022, de la Autoridad Portuaria de Almería, por la que se publica la modificación del Pliego de prescripciones particulares del servicio portuario de recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en los puertos de Almería y Carboneras.
67 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51207
Prescripción 15.ª Criterios para la distribución de las obligaciones de servicio
público entre los prestadores del servicio.
Prescripción 16.ª Criterios de cuantificación y distribución de las compensaciones
por las obligaciones de servicio público.
Sección IV. Condiciones y calidad de la prestación del servicio.
Prescripción 17.ª Condiciones de la prestación del servicio.
Prescripción 18.ª Calidad de la prestación del servicio. Indicadores
productividad, rendimiento y de calidad.
Prescripción 19.ª Suministro de información a la Autoridad Portuaria.
Prescripción 20.ª Responsabilidades del prestador del servicio.
Prescripción 21.ª Garantías.
Prescripción 22.ª Penalizaciones y régimen sancionador.
Sección V.
de
Régimen económico del servicio.
Prescripción 23.ª Tarifas a abonar por el buque al prestador, tarifas a abonar por la
Autoridad Portuaria al prestador y criterios de actualización y revisión.
Prescripción 24.ª Tarifas por intervención en situaciones de emergencias,
operaciones de salvamento, extinción de incendios o lucha contra la contaminación.
Prescripción 25.ª Tasas portuarias.
Prescripción 26.ª Suspensión temporal del servicio a un usuario.
Sección VI.
Entrada en vigor, reclamaciones y recursos.
Prescripción 27.ª
Prescripción 28.ª
Entrada en vigor de estas prescripciones particulares.
Reclamaciones y recursos.
Anexo I. Glosario.
Anexo II. Documentación a presentar junto a la solicitud de una licencia.
Anexo III. Prevención de riesgos laborales.
Anexo IV. Sobre el tratamiento de datos de carácter personal.
Anexo V. Modelo de cesión de datos personales del solicitante a la autoridad portuaria.
Anexo VI. Declaración de honorabilidad.
Anexo VII. Índices de variación de precios.
Anexo VIII. Clasificación de los residuos regulados por el anexo II del convenio Marpol.
Anexo IX. Condiciones técnicas para la realización de las operaciones de descarga
de desechos generados por buques y residuos de carga.
Anexo X. Características de emisión en los procesos de tratamiento de desechos y
residuos de carga.
Anexo XI. Recogida, transporte y eliminación de desechos de cocina procedentes
de buques en viaje internacional.
Sección I.
Objeto y fundamento legal.
1. El objeto del presente Pliego de Prescripciones Particulares (en adelante, PPP)
es la regulación del otorgamiento de licencias y de la prestación del servicio portuario de
recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en los puertos de
Almería y Carboneras, gestionados por la Autoridad Portuaria de Almería en adelante,
Autoridad Portuaria), conforme al Reglamento UE 2017/352 y en virtud de lo dispuesto
en el artículo 113 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante (en adelante, TRLPEMM), aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011,
de 5 de septiembre.
cve: BOE-A-2022-6030
Verificable en https://www.boe.es
Prescripción 1.ª
Objeto y definición del servicio
Núm. 87
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51207
Prescripción 15.ª Criterios para la distribución de las obligaciones de servicio
público entre los prestadores del servicio.
Prescripción 16.ª Criterios de cuantificación y distribución de las compensaciones
por las obligaciones de servicio público.
Sección IV. Condiciones y calidad de la prestación del servicio.
Prescripción 17.ª Condiciones de la prestación del servicio.
Prescripción 18.ª Calidad de la prestación del servicio. Indicadores
productividad, rendimiento y de calidad.
Prescripción 19.ª Suministro de información a la Autoridad Portuaria.
Prescripción 20.ª Responsabilidades del prestador del servicio.
Prescripción 21.ª Garantías.
Prescripción 22.ª Penalizaciones y régimen sancionador.
Sección V.
de
Régimen económico del servicio.
Prescripción 23.ª Tarifas a abonar por el buque al prestador, tarifas a abonar por la
Autoridad Portuaria al prestador y criterios de actualización y revisión.
Prescripción 24.ª Tarifas por intervención en situaciones de emergencias,
operaciones de salvamento, extinción de incendios o lucha contra la contaminación.
Prescripción 25.ª Tasas portuarias.
Prescripción 26.ª Suspensión temporal del servicio a un usuario.
Sección VI.
Entrada en vigor, reclamaciones y recursos.
Prescripción 27.ª
Prescripción 28.ª
Entrada en vigor de estas prescripciones particulares.
Reclamaciones y recursos.
Anexo I. Glosario.
Anexo II. Documentación a presentar junto a la solicitud de una licencia.
Anexo III. Prevención de riesgos laborales.
Anexo IV. Sobre el tratamiento de datos de carácter personal.
Anexo V. Modelo de cesión de datos personales del solicitante a la autoridad portuaria.
Anexo VI. Declaración de honorabilidad.
Anexo VII. Índices de variación de precios.
Anexo VIII. Clasificación de los residuos regulados por el anexo II del convenio Marpol.
Anexo IX. Condiciones técnicas para la realización de las operaciones de descarga
de desechos generados por buques y residuos de carga.
Anexo X. Características de emisión en los procesos de tratamiento de desechos y
residuos de carga.
Anexo XI. Recogida, transporte y eliminación de desechos de cocina procedentes
de buques en viaje internacional.
Sección I.
Objeto y fundamento legal.
1. El objeto del presente Pliego de Prescripciones Particulares (en adelante, PPP)
es la regulación del otorgamiento de licencias y de la prestación del servicio portuario de
recepción de desechos generados por buques y residuos de carga en los puertos de
Almería y Carboneras, gestionados por la Autoridad Portuaria de Almería en adelante,
Autoridad Portuaria), conforme al Reglamento UE 2017/352 y en virtud de lo dispuesto
en el artículo 113 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina
Mercante (en adelante, TRLPEMM), aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2011,
de 5 de septiembre.
cve: BOE-A-2022-6030
Verificable en https://www.boe.es
Prescripción 1.ª
Objeto y definición del servicio