III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-6031)
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el XI Convenio colectivo nacional de centros de enseñanza privada de régimen general o enseñanza reglada sin ningún nivel concertado ni subvencionado.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51290
El disfrute del permiso deberá comunicarse con un preaviso de 15 días naturales. La
misma pareja podrá hacer uso de este permiso o bien como matrimonio o bien como
pareja de hecho.
b) Tres días en los casos de intervención quirúrgica que precise hospitalización o
enfermedad grave, accidente, hospitalización o fallecimiento o intervención quirúrgica sin
hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta segundo grado de
consanguinidad o afinidad. Cuando por tal motivo, el trabajador necesite hacer un
desplazamiento al efecto, a otra Comunidad Autónoma o isla el plazo será de cinco días.
En el supuesto de trabajadores extranjeros, este plazo se incrementará en un día más,
cuando necesiten trasladarse a otro país.
En los supuestos de este apartado b), el permiso empezará a computar el mismo día
del hecho causante, salvo que éste se produzca en un día no laborable para el
trabajador, en cuyo caso el permiso empezará a computar el primer día laborable tras
que se produzca el hecho que lo genera. Asimismo, el permiso podrá iniciarse mientras
dure el hecho causante, y una vez iniciado éste, los días de disfrute serán continuados.
Si iniciado el permiso se incluye algún día considerado no laborable para el trabajador,
no se tendrá en cuenta en el cómputo.
Si el hecho causante que origina el derecho al permiso se produce cuando el
trabajador hubiera completado el 75% de la jornada, y solicita el permiso ese mismo día,
este contará desde el día siguiente.
c) Un día por traslado del domicilio habitual.
d) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber de carácter
público y personal. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la
imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del 20% de las horas laborales,
en un período de tres meses podrá pasar el Centro al trabajador afectado a la situación
de excedencia forzosa. En el supuesto de que el trabajador, por el cumplimiento del
deber o en el desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe
de la misma al salario a que tuviera derecho en el centro.
e) Un día por boda de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y
afinidad.
f) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los
términos establecidos legalmente.
g) Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
por las trabajadoras embarazadas, previo aviso y justificación de la necesidad de su
realización dentro de la jornada de trabajo.
h) Con el objeto de facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, se crea una
bolsa de un máximo de 15 horas anuales por cada persona trabajadora para:
– Asistencia a consultas médicas del propio trabajador, de los hijos menores de
edad, del cónyuge, de padres y familiares hasta el primer grado de consanguinidad o
afinidad que no puedan valerse por sí mismos y cuya necesidad de acompañamiento se
certifique oportunamente, siempre y cuando la asistencia a estas consultas no sea
posible realizarlas fuera del horario de trabajo.
– Asistencia a tutorías de hijos menores.
La utilización de estas horas deberá ser debidamente acreditada con el justificante
médico respectivo o del centro educativo, según el caso, y se procurará interferir lo
menos posible con las actividades escolares del alumnado. Se podrá limitar su ejercicio
simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa, cuando 2 o más
trabajadores soliciten acogerse a dicho permiso.
En todo lo no expresamente regulado por este artículo, se estará a lo dispuesto en el
artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.
cve: BOE-A-2022-6031
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 87
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51290
El disfrute del permiso deberá comunicarse con un preaviso de 15 días naturales. La
misma pareja podrá hacer uso de este permiso o bien como matrimonio o bien como
pareja de hecho.
b) Tres días en los casos de intervención quirúrgica que precise hospitalización o
enfermedad grave, accidente, hospitalización o fallecimiento o intervención quirúrgica sin
hospitalización que precise reposo domiciliario de parientes hasta segundo grado de
consanguinidad o afinidad. Cuando por tal motivo, el trabajador necesite hacer un
desplazamiento al efecto, a otra Comunidad Autónoma o isla el plazo será de cinco días.
En el supuesto de trabajadores extranjeros, este plazo se incrementará en un día más,
cuando necesiten trasladarse a otro país.
En los supuestos de este apartado b), el permiso empezará a computar el mismo día
del hecho causante, salvo que éste se produzca en un día no laborable para el
trabajador, en cuyo caso el permiso empezará a computar el primer día laborable tras
que se produzca el hecho que lo genera. Asimismo, el permiso podrá iniciarse mientras
dure el hecho causante, y una vez iniciado éste, los días de disfrute serán continuados.
Si iniciado el permiso se incluye algún día considerado no laborable para el trabajador,
no se tendrá en cuenta en el cómputo.
Si el hecho causante que origina el derecho al permiso se produce cuando el
trabajador hubiera completado el 75% de la jornada, y solicita el permiso ese mismo día,
este contará desde el día siguiente.
c) Un día por traslado del domicilio habitual.
d) Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber de carácter
público y personal. Cuando el cumplimiento del deber antes referido suponga la
imposibilidad de la prestación del trabajo debido en más del 20% de las horas laborales,
en un período de tres meses podrá pasar el Centro al trabajador afectado a la situación
de excedencia forzosa. En el supuesto de que el trabajador, por el cumplimiento del
deber o en el desempeño del cargo perciba una indemnización, se descontará el importe
de la misma al salario a que tuviera derecho en el centro.
e) Un día por boda de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad y
afinidad.
f) Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los
términos establecidos legalmente.
g) Para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto
por las trabajadoras embarazadas, previo aviso y justificación de la necesidad de su
realización dentro de la jornada de trabajo.
h) Con el objeto de facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, se crea una
bolsa de un máximo de 15 horas anuales por cada persona trabajadora para:
– Asistencia a consultas médicas del propio trabajador, de los hijos menores de
edad, del cónyuge, de padres y familiares hasta el primer grado de consanguinidad o
afinidad que no puedan valerse por sí mismos y cuya necesidad de acompañamiento se
certifique oportunamente, siempre y cuando la asistencia a estas consultas no sea
posible realizarlas fuera del horario de trabajo.
– Asistencia a tutorías de hijos menores.
La utilización de estas horas deberá ser debidamente acreditada con el justificante
médico respectivo o del centro educativo, según el caso, y se procurará interferir lo
menos posible con las actividades escolares del alumnado. Se podrá limitar su ejercicio
simultáneo por razones justificadas de funcionamiento de la empresa, cuando 2 o más
trabajadores soliciten acogerse a dicho permiso.
En todo lo no expresamente regulado por este artículo, se estará a lo dispuesto en el
artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores.
cve: BOE-A-2022-6031
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 87