III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2022-6032)
Orden ICT/309/2022, de 31 de marzo, por la que se modifica la Orden ICT/789/2021, de 16 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a planes de innovación y sostenibilidad en el ámbito de la industria manufacturera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 87
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51343
3. El incumplimiento de esta obligación puede ser causa de reintegro, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 37.1.d) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y el artículo 93 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003. Sin perjuicio de lo anterior, se
considerará infracción leve de acuerdo con el artículo 56.c) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y se sancionará con una multa fija en los términos previstos
en el artículo 59 de la misma ley.
4. La publicidad de las concesiones de ayudas se realizará de acuerdo con lo
establecido para la publicidad de subvenciones y ayudas públicas de la Base de
Datos Nacional de Subvenciones».
Disposición adicional transitoria.
Régimen de aplicación.
Lo dispuesto en esta orden será de aplicación a las convocatorias de ayudas que se
aprueben a partir de la entrada en vigor de la misma.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-6032
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 31 de marzo de 2022.–La Ministra de Industria, Comercio y Turismo, Maria
Reyes Maroto Illera.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 87
Martes 12 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51343
3. El incumplimiento de esta obligación puede ser causa de reintegro, de
acuerdo con lo establecido en el artículo 37.1.d) de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y el artículo 93 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003. Sin perjuicio de lo anterior, se
considerará infracción leve de acuerdo con el artículo 56.c) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, y se sancionará con una multa fija en los términos previstos
en el artículo 59 de la misma ley.
4. La publicidad de las concesiones de ayudas se realizará de acuerdo con lo
establecido para la publicidad de subvenciones y ayudas públicas de la Base de
Datos Nacional de Subvenciones».
Disposición adicional transitoria.
Régimen de aplicación.
Lo dispuesto en esta orden será de aplicación a las convocatorias de ayudas que se
aprueben a partir de la entrada en vigor de la misma.
Disposición final única.
Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín
Oficial del Estado».
cve: BOE-A-2022-6032
Verificable en https://www.boe.es
Madrid, 31 de marzo de 2022.–La Ministra de Industria, Comercio y Turismo, Maria
Reyes Maroto Illera.
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