III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES. Comunidad Autónoma de Galicia. Convenio. (BOE-A-2022-5977)
Resolución de 31 de marzo de 2022, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Comunidad Autónoma de Galicia, para la realización de actuaciones en relación con los trabajadores afectos de patologías derivadas de la utilización laboral del amianto.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51083
Corresponderá a los órganos de la jurisdicción Contencioso-administrativa conocer
de las controversias que no puedan resolverse en el seno de la Comisión de
Seguimiento, vigilancia y control.
En prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio de
manera electrónica el 22 de marzo de 2022.–La Directora General del Instituto Nacional
de la Seguridad Social, M.ª del Carmen Armesto González-Rosón.–El Consejero de
Sanidad de la Comunidad Autónoma de Galicia, Julio García Comesaña.
ANEXO I
Protocolo para la valoración de la incapacidad laboral de los trabajadores
expuestos al amianto en el desarrollo de su trabajo
Introducción y justificación
El amianto o asbesto es una sustancia mineral natural que se presenta en fibras
blancas y flexibles. Es un silicato de cal, alúmina y hierro. Se distinguen 2 grupos
mineralógicos:
– Las serpentinas, con una sola especie: crisotilo o amianto blanco.
– Las amphiboles, con dos especies fundamentales: crocidolita o amianto azul y
amosita o amianto marrón.
Las fibras de amianto no se disuelven en agua ni se evaporan, son resistentes al
calor, al fuego y a la degradación química o biológica. Dadas estas propiedades el
amianto ha sido utilizado en gran variedad de industrias durante el siglo pasado.
Actualmente se encuentra presente en unos 3.600 productos de la industria moderna,
siendo gran número de sectores de actividad en los que los trabajadores pueden estar
expuestos a fibras de amianto (Tabla 1).
Tabla 1. Principales sectores de actividad con exposición a fibras de amianto
Construcción.
Industria del automóvil.
Fabricación y mecanizado de fibrocemento.
Fabricación y utilización de juntas.
Industria naval.
Industria textil.
Transporte, tratamiento y Gestión de residuos.
En nuestro país, su utilización en cualquiera de sus formas y para todas sus
aplicaciones está prohibida desde junio de 2002 (Orden del Ministerio de la Presidencia
de 7 de diciembre de 2001) aunque con algunas excepciones que alargarán la presencia
de este producto en nuestro medio durante un tiempo.
La gran utilidad del amianto ha quedado suficientemente demostrada, pero no
podemos olvidar los graves efectos que puede suponer su exposición sobre la salud.
La patología derivada de la exposición laboral a amianto queda recogida en el
RD 1299/2006, de 10 de noviembre (modificado por Real Decreto 1150/2015, de 18 de
diciembre y por el Real Decreto 257/2018, de 4 de mayo), por el que se aprueba el
cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de Seguridad Social y establece
criterios para su notificación y registro. Tendrán consideración de enfermedad profesional
cuyo origen sea la exposición laboral a amianto la asbestosis, las afecciones fibrosantes
de la pleura y pericardio que cursan con restricción respiratoria o cardiaca provocadas
cve: BOE-A-2022-5977
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 51083
Corresponderá a los órganos de la jurisdicción Contencioso-administrativa conocer
de las controversias que no puedan resolverse en el seno de la Comisión de
Seguimiento, vigilancia y control.
En prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente convenio de
manera electrónica el 22 de marzo de 2022.–La Directora General del Instituto Nacional
de la Seguridad Social, M.ª del Carmen Armesto González-Rosón.–El Consejero de
Sanidad de la Comunidad Autónoma de Galicia, Julio García Comesaña.
ANEXO I
Protocolo para la valoración de la incapacidad laboral de los trabajadores
expuestos al amianto en el desarrollo de su trabajo
Introducción y justificación
El amianto o asbesto es una sustancia mineral natural que se presenta en fibras
blancas y flexibles. Es un silicato de cal, alúmina y hierro. Se distinguen 2 grupos
mineralógicos:
– Las serpentinas, con una sola especie: crisotilo o amianto blanco.
– Las amphiboles, con dos especies fundamentales: crocidolita o amianto azul y
amosita o amianto marrón.
Las fibras de amianto no se disuelven en agua ni se evaporan, son resistentes al
calor, al fuego y a la degradación química o biológica. Dadas estas propiedades el
amianto ha sido utilizado en gran variedad de industrias durante el siglo pasado.
Actualmente se encuentra presente en unos 3.600 productos de la industria moderna,
siendo gran número de sectores de actividad en los que los trabajadores pueden estar
expuestos a fibras de amianto (Tabla 1).
Tabla 1. Principales sectores de actividad con exposición a fibras de amianto
Construcción.
Industria del automóvil.
Fabricación y mecanizado de fibrocemento.
Fabricación y utilización de juntas.
Industria naval.
Industria textil.
Transporte, tratamiento y Gestión de residuos.
En nuestro país, su utilización en cualquiera de sus formas y para todas sus
aplicaciones está prohibida desde junio de 2002 (Orden del Ministerio de la Presidencia
de 7 de diciembre de 2001) aunque con algunas excepciones que alargarán la presencia
de este producto en nuestro medio durante un tiempo.
La gran utilidad del amianto ha quedado suficientemente demostrada, pero no
podemos olvidar los graves efectos que puede suponer su exposición sobre la salud.
La patología derivada de la exposición laboral a amianto queda recogida en el
RD 1299/2006, de 10 de noviembre (modificado por Real Decreto 1150/2015, de 18 de
diciembre y por el Real Decreto 257/2018, de 4 de mayo), por el que se aprueba el
cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de Seguridad Social y establece
criterios para su notificación y registro. Tendrán consideración de enfermedad profesional
cuyo origen sea la exposición laboral a amianto la asbestosis, las afecciones fibrosantes
de la pleura y pericardio que cursan con restricción respiratoria o cardiaca provocadas
cve: BOE-A-2022-5977
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 86