III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2022-5959)
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Sinifo Instalaciones de Telecomunicaciones, SL.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50851
Tareas:
Ejemplos. En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas
actividades que, por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Supervisión y dirección técnica de un proceso o sección de la producción y las
actividades encomendadas por nuestros clientes, de la totalidad del mismo, o de un
grupo de servicios o de la totalidad de los mismos.
2. Coordinación, supervisión, ordenación y/o dirección de trabajos heterogéneos o
del conjunto de actividades dentro de un área, servicio o departamento.
3. Responsabilidad y dirección de la explotación de servicios informáticos sobre el
conjunto de servicios de procesos de datos en unidades de dimensiones medias.
4. Tareas de dirección técnica de alta complejidad y heterogeneidad, con elevado
nivel de autonomía e iniciativa dentro de su campo, en funciones de investigación,
control de calidad, definición de procesos industriales, administración, asesoría jurídicolaboral y fiscal, etc.
5. Tareas de dirección de la gestión comercial con amplia responsabilidad sobre un
sector geográfico delimitado.
6. Tareas técnicas de muy alta complejidad y polivalencia, con el máximo nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, pudiendo implicar asesoramiento en las
decisiones fundamentales de la empresa.
7. Funciones consistentes en planificar, ordenar y supervisar un área, servicio o
departamento de empresa, abarcando tanto área de servicios de clientes particulares
como grandes cuentas.
8. Tareas de análisis de sistemas informáticos, consistentes en definir, desarrollar e
implantar los sistemas mecanizados, tanto a nivel físico (hardware) como a nivel lógico
(software).
En este grupo profesional se incluirán a título ilustrativo, entre otros:
1. Directores de Departamento.
2. Delegados de Zona.
3. Ingenieros.
Grupo profesional 2.
Supervisores y Jefes de Equipo
Criterios generales:
Son trabajadores/as que con un grado medio de autonomía, iniciativa y
responsabilidad, realizan tareas técnicas complejas, con objetivos globales definidos, o
que tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana. También aquellos
responsables directos de la integración, coordinación y supervisión de funciones,
realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma área funcional.
Formación:
Comprende, a título orientativo, las siguientes categorías:
– Titulados superiores o medios.
– Ingenieros técnicos (Peritos).
cve: BOE-A-2022-5959
Verificable en https://www.boe.es
Titulación universitaria de grado medio o conocimientos equivalentes equiparados
por la empresa, completados con una experiencia dilatada en su sector profesional.
Podrán incluirse en este grupo, los denominados «Titulados superiores de entrada».
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50851
Tareas:
Ejemplos. En este Grupo profesional se incluyen a título enunciativo todas aquellas
actividades que, por analogía, son asimilables a las siguientes:
1. Supervisión y dirección técnica de un proceso o sección de la producción y las
actividades encomendadas por nuestros clientes, de la totalidad del mismo, o de un
grupo de servicios o de la totalidad de los mismos.
2. Coordinación, supervisión, ordenación y/o dirección de trabajos heterogéneos o
del conjunto de actividades dentro de un área, servicio o departamento.
3. Responsabilidad y dirección de la explotación de servicios informáticos sobre el
conjunto de servicios de procesos de datos en unidades de dimensiones medias.
4. Tareas de dirección técnica de alta complejidad y heterogeneidad, con elevado
nivel de autonomía e iniciativa dentro de su campo, en funciones de investigación,
control de calidad, definición de procesos industriales, administración, asesoría jurídicolaboral y fiscal, etc.
5. Tareas de dirección de la gestión comercial con amplia responsabilidad sobre un
sector geográfico delimitado.
6. Tareas técnicas de muy alta complejidad y polivalencia, con el máximo nivel de
autonomía e iniciativa dentro de su campo, pudiendo implicar asesoramiento en las
decisiones fundamentales de la empresa.
7. Funciones consistentes en planificar, ordenar y supervisar un área, servicio o
departamento de empresa, abarcando tanto área de servicios de clientes particulares
como grandes cuentas.
8. Tareas de análisis de sistemas informáticos, consistentes en definir, desarrollar e
implantar los sistemas mecanizados, tanto a nivel físico (hardware) como a nivel lógico
(software).
En este grupo profesional se incluirán a título ilustrativo, entre otros:
1. Directores de Departamento.
2. Delegados de Zona.
3. Ingenieros.
Grupo profesional 2.
Supervisores y Jefes de Equipo
Criterios generales:
Son trabajadores/as que con un grado medio de autonomía, iniciativa y
responsabilidad, realizan tareas técnicas complejas, con objetivos globales definidos, o
que tienen un alto contenido intelectual o de interrelación humana. También aquellos
responsables directos de la integración, coordinación y supervisión de funciones,
realizadas por un conjunto de colaboradores en una misma área funcional.
Formación:
Comprende, a título orientativo, las siguientes categorías:
– Titulados superiores o medios.
– Ingenieros técnicos (Peritos).
cve: BOE-A-2022-5959
Verificable en https://www.boe.es
Titulación universitaria de grado medio o conocimientos equivalentes equiparados
por la empresa, completados con una experiencia dilatada en su sector profesional.
Podrán incluirse en este grupo, los denominados «Titulados superiores de entrada».