III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-5907)
Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del seguimiento de las recomendaciones dirigidas al Ministerio de Hacienda incluidas en los informes relativos al Área de la Administración Económica del Estado aprobados durante los ejercicios 2015, 2016 y 2017.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 49947

Recomendación 2: Dirigida a la Dirección General de Patrimonio del Estado
El Ministerio de Hacienda, a través de la DGP, debería establecer un plan de actuación para
culminar la depuración de la información obtenida de las encomiendas de gestión a SEGIPSA. Este
plan de actuación no solo debe establecer un horizonte temporal para la terminación de los trabajos,
sino que debe ir acompañado de un seguimiento activo por la DGPE de las actuaciones realizadas
por las secciones de patrimonio de las DEH (seguimiento de progresos, análisis de desviaciones,
dotación de recursos necesarios, etc.).
Trabajos realizados
En el año 2015 se elaboró un programa especial en el seno de la DGPE en respuesta a la
recomendación contenida en el informe. Dicho programa impulsó los expedientes de identificación
física y jurídica de inmuebles, que se nutren fundamentalmente de los trabajos realizados por
SEGIPSA. Se ha realizado desde entonces un seguimiento activo, conforme al cual se han
incorporado a esta tarea las Delegaciones de Economía y Hacienda a las que se les han fijado los
correspondientes objetivos.
Para la comprobación de las mencionadas actuaciones, se han aportado, por parte de la DGPE, el
Plan de Objetivos desde el año 2015, integrado en las actuaciones de identificación física y jurídica
de estos inmuebles, así como los criterios de gestión adoptados en agosto de 2016. Se ha aportado
en el curso de la fiscalización informes y bases de datos con estadísticas de las actuaciones
realizadas.
Valoración
A la finalización de los trabajos de fiscalización de seguimiento de recomendaciones, la DGPE había
identificado un total de 51.144 bienes como objetivo a depurar, lo que ha supuesto la finalización de
23.901 expedientes. Si bien la previsión inicial era de llevar a cabo esta depuración en 5 años
(periodo 2015 a 2019), las dificultades de la tarea hacen que la previsión para finalizar el programa
se extienda hasta el año 2021. En consecuencia, a la vista de las actuaciones realizadas y de las
pendientes por realizar, esta recomendación se considera en curso.
Recomendación 3: Dirigida a la Dirección General de Patrimonio del Estado
En el Informe se ha puesto de manifiesto la multiplicidad y heterogeneidad de los inventarios de
bienes no incluidos en CIBI que existen en los departamentos ministeriales fiscalizados en
cumplimiento del artículo 33.3 LPAP. Asimismo, se ha señalado la falta de mantenimiento, en
algunos casos, de esos inventarios, cuando no su inexistencia, y la falta de constancia en ellos del
valor de adquisición de los bienes.

En definitiva, la amortización (y la baja contable) de estos bienes de acuerdo con los principios
generales que informan el PGCP, solo podrá hacerse cuando existan en los diversos departamentos
ministeriales inventarios homogéneos, valorados y mantenidos con el necesario rigor.
A este respecto, la IGAE dispone de una aplicación denominada SOROLLA2 que cuenta con un
módulo de inventario que permitiría a los diversos departamentos ministeriales la llevanza de sus
inventarios de bienes de una forma rigurosa y homogénea, más adecuada que las aplicaciones
Office que se utilizan de forma generalizada, y que además cuenta con el mantenimiento de la IGAE,

cve: BOE-A-2022-5907
Verificable en https://www.boe.es

Por otra parte, la disposición transitoria de la Resolución de la IGAE de 14.12.1999 establece un
régimen excepcional para la amortización de los bienes (basado no en el precio de adquisición y en
la vida útil de los bienes sino en los saldos de las cuentas donde estén recogidos), que dura ya más
de 15 años, para los entes públicos que no tengan “todos los datos identificativos necesarios para
determinar la amortización de cada elemento patrimonial”.