III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-5904)
Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización del grado de cumplimiento e implementación de las recomendaciones del Informe de fiscalización de la actividad de la Autoridad Portuaria de Valencia, ejercicios 2007 a 2010.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 49491
II.6.2.- Previsiones de los planes de empresa de la APV para el periodo 2017-2022
De acuerdo con las previsiones del TRLPEMM, los planes de actuaciones de las Autoridades
Portuarias con un horizonte temporal superior a cuatro años se recogen en los Planes de Empresas
que han de formular anualmente estos organismos de acuerdo con los objetivos generales
definidos, en su caso, en los instrumentos de planificación plurianual que hayan de ajustarse a la
política económica del Gobierno.
El contenido de los Planes de Empresa ha de incluir, entre otra información, las previsiones de
tráfico portuario, las previsiones económico-financieras, la programación financiera y de inversiones
públicas, la estimación de inversiones privadas, así como el objetivo anual de rentabilidad.
Corresponde al Ministerio de Fomento, de acuerdo con la política económica y de transporte del
Gobierno, aprobar el Marco Estratégico del conjunto del sistema portuario estatal elaborado por
Puertos del Estado en colaboración con las Autoridades Portuarias. Dicho Marco Estratégico se
ejecuta a través de los Planes de Empresas con sujeción a los objetivos generales incluidos en el
mismo, y puede desarrollarse por medio de Planes Estratégicos y Planes Directores de
Infraestructuras por las Autoridades Portuarias con el acuerdo de Puertos del Estado.
De acuerdo con el Marco Estratégico vigente, las Autoridades Portuarias pueden elaborar sus
respectivos Planes Estratégicos en los que se establezcan el modelo de desarrollo y su posición
estratégica. La construcción de un nuevo puerto de titularidad estatal, la ampliación o realización de
nuevas infraestructuras que supongan una modificación significativa de sus límites físicos
exteriores en el lado marítimo, requerirá la previa aprobación de un Plan Director de
Infraestructuras del Puerto que contemple la nueva configuración.
Para garantizar la autosuficiencia económica del sistema portuario y de cada una de las
Autoridades Portuarias, el artículo 156 del TRLPEMM establece que Puertos del Estado ha de
acordar con cada Autoridad Portuaria, en sus respectivos Planes de Empresa, los objetivos de
rentabilidad anual, el rendimiento sobre el activo no corriente neto medio considerado como
razonable y demás objetivos de gestión, teniendo en cuenta el objetivo de rentabilidad anual fijado
para el conjunto del sistema portuario. Dicho objetivo se establece en ese mismo precepto en el
2,5% y podrá ser revisado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en otra que se
apruebe a estos efectos, en función de criterios de política económica y de transporte, de la
evolución de los costes logísticos y portuarios, de las necesidades inversoras del sistema, de la
previsible evolución de la demanda y de la sostenibilidad de la actividad portuaria.
El Plan de Empresa 2018 de la APV para el periodo 2017-2021 fue acordado conjuntamente con
Puertos del Estado el 19 de julio de 2017, cerrándose definitivamente con la incorporación de los
acuerdos adoptados por el Comité del Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria
(FFATP) y de Distribución del Fondo de Compensación Interportuario en sus reuniones celebradas
en Madrid el 27 de julio de 2017.
Las proyecciones del Plan de Empresa de 2018 se elaboraron a partir de las previsiones de cierre
del ejercicio 2017, el presupuesto correspondiente al ejercicio 2018 y las previsiones realizadas
para el periodo posterior. A finales de 2018, con posterioridad al ámbito temporal de esta
fiscalización, se aprobó asimismo el Plan de Empresa 2019 de la APV para el periodo 2018-2022.
cve: BOE-A-2022-5904
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 49491
II.6.2.- Previsiones de los planes de empresa de la APV para el periodo 2017-2022
De acuerdo con las previsiones del TRLPEMM, los planes de actuaciones de las Autoridades
Portuarias con un horizonte temporal superior a cuatro años se recogen en los Planes de Empresas
que han de formular anualmente estos organismos de acuerdo con los objetivos generales
definidos, en su caso, en los instrumentos de planificación plurianual que hayan de ajustarse a la
política económica del Gobierno.
El contenido de los Planes de Empresa ha de incluir, entre otra información, las previsiones de
tráfico portuario, las previsiones económico-financieras, la programación financiera y de inversiones
públicas, la estimación de inversiones privadas, así como el objetivo anual de rentabilidad.
Corresponde al Ministerio de Fomento, de acuerdo con la política económica y de transporte del
Gobierno, aprobar el Marco Estratégico del conjunto del sistema portuario estatal elaborado por
Puertos del Estado en colaboración con las Autoridades Portuarias. Dicho Marco Estratégico se
ejecuta a través de los Planes de Empresas con sujeción a los objetivos generales incluidos en el
mismo, y puede desarrollarse por medio de Planes Estratégicos y Planes Directores de
Infraestructuras por las Autoridades Portuarias con el acuerdo de Puertos del Estado.
De acuerdo con el Marco Estratégico vigente, las Autoridades Portuarias pueden elaborar sus
respectivos Planes Estratégicos en los que se establezcan el modelo de desarrollo y su posición
estratégica. La construcción de un nuevo puerto de titularidad estatal, la ampliación o realización de
nuevas infraestructuras que supongan una modificación significativa de sus límites físicos
exteriores en el lado marítimo, requerirá la previa aprobación de un Plan Director de
Infraestructuras del Puerto que contemple la nueva configuración.
Para garantizar la autosuficiencia económica del sistema portuario y de cada una de las
Autoridades Portuarias, el artículo 156 del TRLPEMM establece que Puertos del Estado ha de
acordar con cada Autoridad Portuaria, en sus respectivos Planes de Empresa, los objetivos de
rentabilidad anual, el rendimiento sobre el activo no corriente neto medio considerado como
razonable y demás objetivos de gestión, teniendo en cuenta el objetivo de rentabilidad anual fijado
para el conjunto del sistema portuario. Dicho objetivo se establece en ese mismo precepto en el
2,5% y podrá ser revisado en la Ley de Presupuestos Generales del Estado o en otra que se
apruebe a estos efectos, en función de criterios de política económica y de transporte, de la
evolución de los costes logísticos y portuarios, de las necesidades inversoras del sistema, de la
previsible evolución de la demanda y de la sostenibilidad de la actividad portuaria.
El Plan de Empresa 2018 de la APV para el periodo 2017-2021 fue acordado conjuntamente con
Puertos del Estado el 19 de julio de 2017, cerrándose definitivamente con la incorporación de los
acuerdos adoptados por el Comité del Fondo Financiero de Accesibilidad Terrestre Portuaria
(FFATP) y de Distribución del Fondo de Compensación Interportuario en sus reuniones celebradas
en Madrid el 27 de julio de 2017.
Las proyecciones del Plan de Empresa de 2018 se elaboraron a partir de las previsiones de cierre
del ejercicio 2017, el presupuesto correspondiente al ejercicio 2018 y las previsiones realizadas
para el periodo posterior. A finales de 2018, con posterioridad al ámbito temporal de esta
fiscalización, se aprobó asimismo el Plan de Empresa 2019 de la APV para el periodo 2018-2022.
cve: BOE-A-2022-5904
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 86