III. Otras disposiciones. CORTES GENERALES. Fiscalizaciones. (BOE-A-2022-5902)
Resolución de 28 de febrero de 2022, aprobada por la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas, en relación con el Informe de fiscalización de la adecuación de la normativa y de las instituciones españolas al Mecanismo Único de Resolución.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
20
Sec. III. Pág. 49328
Tribunal de Cuentas
II.1.3. Modificaciones de la estructura organizativa de las Autoridades Nacionales de
Resolución
2.36. Como ya se ha mencionado anteriormente, la entrada en funcionamiento del MUR provocó
cambios significativos. Algunos de estos cambios se produjeron en la estructura organizativa
interna del FROB, del Banco de España y de la CNMV. La necesidad de estos cambios deriva de
la nueva distribución de competencias que se ha expuesto anteriormente y de la obligación de
desarrollar nuevas funciones y aplicar nuevos procedimientos como consecuencia de la gradual
entrada en vigor de la reciente normativa europea y su desarrollo interno.
II.1.3.1. CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL FROB
2.37. Con ocasión de la entrada en funcionamiento del MUR y la entrada en vigor de la Ley
11/2015, se produjeron cambios organizativos en las distintas direcciones del FROB. Estas
modificaciones tenían por objeto la absorción de las nuevas funciones que se asignaban al FROB
como autoridad de resolución ejecutiva.
2.38. A principio del ejercicio 2015, el FROB constaba de las siguientes direcciones: Dirección de
Entidades Participadas, Dirección de Administración y Control, Dirección de Relaciones Jurídicas
con Entidades Participadas, Dirección Financiera y de Estrategia y Dirección Jurídica.
Actualmente se ha conservado esta misma estructura de cinco direcciones, si bien con ciertas
modificaciones que han permitido que la estructura del FROB se adapte al marco del MUR. Así, el
30 de julio de 2015 la Comisión Rectora del FROB acordó la siguiente reorganización:
• La Dirección de Entidades Participadas pasa a denominarse Dirección Financiera y de
Entidades Participadas, asumiendo, entre otros, los cometidos vinculados al seguimiento del
proceso de reestructuración del sector bancario acometido conforme a la regulación previa, la
gestión de las contribuciones de las entidades al FUR y la administración y gestión de las
contribuciones al FRN.
• La Dirección Financiera y de Estrategia pasa a denominarse Dirección de Resolución y
Estrategia e incorpora, entre otras, las funciones que corresponden al FROB en el nuevo marco
de resolución de la Ley 11/2015 y la coordinación con las autoridades internacionales
correspondientes (relaciones con JUR, EBA, etc.).
2.39. Las otras tres direcciones, que ya existían antes de la entrada en vigor del MUR,
mantuvieron su estructura previa.
II.1.3.2. CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL BANCO DE ESPAÑA
2.41. La transformación de la Dirección General de Regulación y Estabilidad Financiera en la
nueva Dirección General de Estabilidad Financiera y Resolución responde a un triple objetivo: en
primer lugar, asumir las funciones que atribuye al Banco de España el nuevo marco regulatorio en
materia de resolución de entidades de crédito, que deben desarrollarse con independencia
funcional de la Dirección General de Supervisión; en segundo lugar, favorecer una estructura más
eficaz en el entorno del MUS, para lo cual se trasladan a la Dirección General de Supervisión las
funciones de desarrollo normativo de la regulación bancaria y se potencia el análisis de la
cve: BOE-A-2022-5902
Verificable en https://www.boe.es
2.40. Con el fin de lograr una adecuada adaptación al nuevo marco regulatorio y supervisor en
materia de resolución de entidades de crédito creado por la normativa europea, que exige que las
funciones de resolución se desarrollen con independencia funcional de la Dirección General de
Supervisión, la Comisión Ejecutiva del Banco de España aprobó el 29 de abril de 2015 una serie
de cambios en el organigrama de la institución. El primero de ellos consistió en la reorganización
de la Dirección General de Regulación y Estabilidad Financiera -que pasó a denominarse
Dirección General de Estabilidad Financiera y Resolución- y de la de Supervisión.
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
20
Sec. III. Pág. 49328
Tribunal de Cuentas
II.1.3. Modificaciones de la estructura organizativa de las Autoridades Nacionales de
Resolución
2.36. Como ya se ha mencionado anteriormente, la entrada en funcionamiento del MUR provocó
cambios significativos. Algunos de estos cambios se produjeron en la estructura organizativa
interna del FROB, del Banco de España y de la CNMV. La necesidad de estos cambios deriva de
la nueva distribución de competencias que se ha expuesto anteriormente y de la obligación de
desarrollar nuevas funciones y aplicar nuevos procedimientos como consecuencia de la gradual
entrada en vigor de la reciente normativa europea y su desarrollo interno.
II.1.3.1. CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL FROB
2.37. Con ocasión de la entrada en funcionamiento del MUR y la entrada en vigor de la Ley
11/2015, se produjeron cambios organizativos en las distintas direcciones del FROB. Estas
modificaciones tenían por objeto la absorción de las nuevas funciones que se asignaban al FROB
como autoridad de resolución ejecutiva.
2.38. A principio del ejercicio 2015, el FROB constaba de las siguientes direcciones: Dirección de
Entidades Participadas, Dirección de Administración y Control, Dirección de Relaciones Jurídicas
con Entidades Participadas, Dirección Financiera y de Estrategia y Dirección Jurídica.
Actualmente se ha conservado esta misma estructura de cinco direcciones, si bien con ciertas
modificaciones que han permitido que la estructura del FROB se adapte al marco del MUR. Así, el
30 de julio de 2015 la Comisión Rectora del FROB acordó la siguiente reorganización:
• La Dirección de Entidades Participadas pasa a denominarse Dirección Financiera y de
Entidades Participadas, asumiendo, entre otros, los cometidos vinculados al seguimiento del
proceso de reestructuración del sector bancario acometido conforme a la regulación previa, la
gestión de las contribuciones de las entidades al FUR y la administración y gestión de las
contribuciones al FRN.
• La Dirección Financiera y de Estrategia pasa a denominarse Dirección de Resolución y
Estrategia e incorpora, entre otras, las funciones que corresponden al FROB en el nuevo marco
de resolución de la Ley 11/2015 y la coordinación con las autoridades internacionales
correspondientes (relaciones con JUR, EBA, etc.).
2.39. Las otras tres direcciones, que ya existían antes de la entrada en vigor del MUR,
mantuvieron su estructura previa.
II.1.3.2. CAMBIOS EN LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL BANCO DE ESPAÑA
2.41. La transformación de la Dirección General de Regulación y Estabilidad Financiera en la
nueva Dirección General de Estabilidad Financiera y Resolución responde a un triple objetivo: en
primer lugar, asumir las funciones que atribuye al Banco de España el nuevo marco regulatorio en
materia de resolución de entidades de crédito, que deben desarrollarse con independencia
funcional de la Dirección General de Supervisión; en segundo lugar, favorecer una estructura más
eficaz en el entorno del MUS, para lo cual se trasladan a la Dirección General de Supervisión las
funciones de desarrollo normativo de la regulación bancaria y se potencia el análisis de la
cve: BOE-A-2022-5902
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2.40. Con el fin de lograr una adecuada adaptación al nuevo marco regulatorio y supervisor en
materia de resolución de entidades de crédito creado por la normativa europea, que exige que las
funciones de resolución se desarrollen con independencia funcional de la Dirección General de
Supervisión, la Comisión Ejecutiva del Banco de España aprobó el 29 de abril de 2015 una serie
de cambios en el organigrama de la institución. El primero de ellos consistió en la reorganización
de la Dirección General de Regulación y Estabilidad Financiera -que pasó a denominarse
Dirección General de Estabilidad Financiera y Resolución- y de la de Supervisión.