III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2022-5932)
Resolución de 22 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación del registrador de la propiedad de Las Palmas de Gran Canaria n.º 4, por la que se suspende la desvinculación de determinados elementos privativos de una propiedad horizontal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50698
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
5932
Resolución de 22 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Las Palmas de Gran Canaria n.º 4, por la
que se suspende la desvinculación de determinados elementos privativos de
una propiedad horizontal.
En el recurso interpuesto doña M. C. R. R., en nombre y representación de la
«Sociedad Cooperativa de Viviendas Insular Canaria», contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 4, don José Antonio
Utrera-Molina Gómez, por la que suspende la desvinculación de determinados
elementos privativos de una propiedad horizontal.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 3 de noviembre de 2021 ante el notario de Las
Palmas de Gran Canaria, don Guillermo José Croissier Naranjo, con el número 1.875 de
protocolo, la entidad «Sociedad Cooperativa de Viviendas Insular Canaria», titular de las
fincas registrales número 23.791 a 23.873 del Registro de la Propiedad de Las Palmas
de Gran Canaria número 4, elementos independientes integrantes de la división
horizontal de un edificio, procedía a «desvincular de las fincas urbana 3, urbana 21,
urbana 22, urbana 26, urbana 29, urbana 32, urbana 34, urbana 38, urbana 40,
urbana 43 y urbana 47» los elementos siguientes: urbanas 63, 64, 65, 66, 69, 72, 74, 76,
78, 79 y 80.
II
Presentada el día 4 de noviembre de 2021 dicha escritura en el Registro de la
Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 4, fue objeto de la siguiente nota de
calificación fechada el día 14 de diciembre de 2021:
Hechos:
1.º Presentado el precedente documento en esta Oficina el día 04/11/2021,
asiento 402 del tomo 113 del Diario, entrada número 6497 de 2021 el cual incorpora
Comunicación previa prevista en el artículo 332 de la Ley del Suelo de Canarias
2.º En el documento presentado se practica una desvinculación de anejos que no
está amparada por la licencia de obra que posibilitó el acceso al Registro de la
edificación y constitución en régimen de propiedad horizontal, concedida por el
Ayuntamiento de esta Ciudad el 11/6/2021 “para la construcción de una edificación de
cve: BOE-A-2022-5932
Verificable en https://www.boe.es
«De conformidad con el artículo 322 de la Ley Hipotecaria pongo en su conocimiento
la calificación del documento recibido por vía telemática y presentado el día 04/11/2021 y
suscrito en Las Palmas de Gran Canaria el 03/11/2021 por Guillermo José Croissier
Naranjo, número 1875/2021 y previa calificación por don Jose Antonio Utrera-Molina
Gómez, titular del Registro de la Propiedad número 4 de Las Palmas y su Distrito
Hipotecario, provincia de Las Palmas, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, no se
practica inscripción alguna porque la operación practica contraviene el contenido de la
licencia de obra.
Dicha calificación se basa en los siguientes
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 50698
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE JUSTICIA
5932
Resolución de 22 de marzo de 2022, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación
del registrador de la propiedad de Las Palmas de Gran Canaria n.º 4, por la
que se suspende la desvinculación de determinados elementos privativos de
una propiedad horizontal.
En el recurso interpuesto doña M. C. R. R., en nombre y representación de la
«Sociedad Cooperativa de Viviendas Insular Canaria», contra la nota de calificación del
registrador de la Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 4, don José Antonio
Utrera-Molina Gómez, por la que suspende la desvinculación de determinados
elementos privativos de una propiedad horizontal.
Hechos
I
Mediante escritura otorgada el día 3 de noviembre de 2021 ante el notario de Las
Palmas de Gran Canaria, don Guillermo José Croissier Naranjo, con el número 1.875 de
protocolo, la entidad «Sociedad Cooperativa de Viviendas Insular Canaria», titular de las
fincas registrales número 23.791 a 23.873 del Registro de la Propiedad de Las Palmas
de Gran Canaria número 4, elementos independientes integrantes de la división
horizontal de un edificio, procedía a «desvincular de las fincas urbana 3, urbana 21,
urbana 22, urbana 26, urbana 29, urbana 32, urbana 34, urbana 38, urbana 40,
urbana 43 y urbana 47» los elementos siguientes: urbanas 63, 64, 65, 66, 69, 72, 74, 76,
78, 79 y 80.
II
Presentada el día 4 de noviembre de 2021 dicha escritura en el Registro de la
Propiedad de Las Palmas de Gran Canaria número 4, fue objeto de la siguiente nota de
calificación fechada el día 14 de diciembre de 2021:
Hechos:
1.º Presentado el precedente documento en esta Oficina el día 04/11/2021,
asiento 402 del tomo 113 del Diario, entrada número 6497 de 2021 el cual incorpora
Comunicación previa prevista en el artículo 332 de la Ley del Suelo de Canarias
2.º En el documento presentado se practica una desvinculación de anejos que no
está amparada por la licencia de obra que posibilitó el acceso al Registro de la
edificación y constitución en régimen de propiedad horizontal, concedida por el
Ayuntamiento de esta Ciudad el 11/6/2021 “para la construcción de una edificación de
cve: BOE-A-2022-5932
Verificable en https://www.boe.es
«De conformidad con el artículo 322 de la Ley Hipotecaria pongo en su conocimiento
la calificación del documento recibido por vía telemática y presentado el día 04/11/2021 y
suscrito en Las Palmas de Gran Canaria el 03/11/2021 por Guillermo José Croissier
Naranjo, número 1875/2021 y previa calificación por don Jose Antonio Utrera-Molina
Gómez, titular del Registro de la Propiedad número 4 de Las Palmas y su Distrito
Hipotecario, provincia de Las Palmas, Tribunal Superior de Justicia de Canarias, no se
practica inscripción alguna porque la operación practica contraviene el contenido de la
licencia de obra.
Dicha calificación se basa en los siguientes