III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2022-5972)
Resolución de 1 de abril de 2022, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Planta Solar Fotovoltaica Campos 115 y su infraestructura de evacuación en Campos del Río (Murcia)".
20 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86

Lunes 11 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 50990

4. Durante al menos los 5 primeros años de la explotación de la planta se realizará
el seguimiento de anfibios y reptiles para comprobar la eficacia de las medidas
adoptadas (al menos 2 visitas en otoño y 2 en primavera).
5. Durante toda la vida de la planta se llevará a cabo el seguimiento mensual de la
avifauna (con visitas quincenales o mensuales según la estación). En el caso del Búho
real se llevará un seguimiento específico que incluya un total de 24 visitas anuales y la
elaboración de un informe anual que recoja las principales conclusiones extraídas, que
será remitido al órgano ambiental autonómico para su consideración.
6. Durante la fase de funcionamiento, se realizará el seguimiento del ruido
generado en las distintas infraestructuras asociadas al presente proyecto, con objeto de
garantizar el cumplimiento de los niveles establecidos en la legislación vigente.
7. Se realizará un seguimiento de las condiciones físico-químicas del suelo y de la
evolución de la vegetación natural como consecuencia de la implantación de la planta, el
cual será anual durante los primeros 10 años de vida útil del proyecto, y cada 5 años a
partir del décimo año.
8. Se llevará a cabo un plan de seguimiento de la mortalidad de aves y, en su caso
quirópteros, por colisión con la línea de evacuación del proyecto durante toda la vida útil,
siguiendo las metodologías más actuales, de acuerdo con los últimos avances
científicos, en coordinación con el órgano ambiental de la Región de Murcia.
La autorización del proyecto incluirá el programa de seguimiento y vigilancia
ambiental completado con las prescripciones anteriores.
Se procede a la publicación de esta declaración de impacto ambiental, según lo
previsto en el apartado tercero del artículo 41 de la Ley de evaluación ambiental, y a su
comunicación al órgano sustantivo para su incorporación al procedimiento de
autorización del proyecto.
De conformidad con el apartado cuarto del artículo 41 de la Ley de evaluación
ambiental, la declaración de impacto ambiental no será objeto de recurso sin perjuicio de
los que, en su caso, procedan en vía administrativa y judicial frente al acto por el que se
autoriza el proyecto.
Madrid, 1 de abril de 2022.–El Director General de Calidad y Evaluación Ambiental,
Ismael Aznar Cano.
ANEXO I
Consultas a las administraciones públicas afectadas e interesados,
y contestaciones
Consultados*

Contestaciones
Marzo

Septiembre

Ayuntamiento de Mula.

SI

NO

Ayuntamiento de Campos del Río.

SI

SI

Confederación Hidrográfica del Segura. Oficina de Planificación Hidrográfica. Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico.

NO

SI

Confederación Hidrográfica del Segura. Comisaría de Aguas. Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico.

NO

SI

Confederación Hidrográfica del Segura. Secretaria General. Ministerio para la Transición Ecológica
y el Reto Demográfico.

SI

NO

Subdirección General de Política Forestal, Caza y Pesca Fluvial. Dirección General del Medio
Natural. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia.

SI (1)

SI (1)

Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático. Dirección General del Medio
Natural. Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente. Región de Murcia.

SI (2)

SI (3)

cve: BOE-A-2022-5972
Verificable en https://www.boe.es

Tabla 1.