I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA. Reto demográfico y territorial. (BOE-A-2022-5853)
Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 49080
el otorgamiento de concesiones y/o autorizaciones de explotaciones de actividades
económicas.
CAPÍTULO IX
Políticas de apoyo a las familias
Artículo 81. Salario mínimo.
1. La Junta de Extremadura mantendrá la complementariedad de la renta
garantizada de las personas en situación de riesgo o vulnerabilidad en exclusión social
atendiendo sus necesidades básicas integrales.
2. Asimismo, la Junta de Extremadura establecerá sistemas homogéneos de
determinación de los umbrales de renta, al objeto de dar un trato equitativo al acceso a
las ayudas, servicios y prestaciones.
Artículo 82. Apoyo a las familias.
1. Las Administraciones Públicas fomentarán políticas para las familias, en todas
sus tipologías, posibilitando, a las personas que lo deseen, formar o tengan formada una
familia en el medio rural, con la adopción de políticas transversales que faciliten la
conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la corresponsabilidad.
2. La Junta de Extremadura apoyará la renta de las familias en situación de
especial vulnerabilidad económica, promoviendo el acceso a prestaciones económicas
de inclusión social, con especial atención para fomentar prioritariamente la inserción
laboral.
3. Del mismo modo, la Junta de Extremadura prestará apoyo a los distintos tipos de
familias, en función de su situación socioeconómica con especial atención a las familias
adoptantes o acogedoras.
Artículo 83.
Asistencia sanitaria a la reproducción.
1. El Servicio Extremeño de Salud adoptará, de manera progresiva, medidas para
que las personas que precisen utilizar métodos de reproducción asistida, puedan
disponer de asistencia sanitaria y de los medios precisos para tal fin.
2. Asimismo, la Junta de Extremadura desarrollará campañas de información y
sensibilización que fomenten las donaciones necesarias para los procesos de
reproducción asistida.
CAPÍTULO X
Cultura, turismo y deportes
Sección 1.ª
Cultura
1. La Junta de Extremadura apoyará el tejido cultural asociativo a través de la
concesión de ayudas a personas jurídico privadas sin ánimo de lucro, que tengan como
objetivo, el desarrollo de actividades culturales en municipios de Extremadura,
especialmente en aquellos con menor población.
Asimismo, se fomentarán los contenidos culturales en espacios privados,
subvencionando la programación, gestión y actividades adicionales en salas de gestión
privada.
2. La Junta de Extremadura colaborará con las administraciones locales en la tarea
de dinamizar, gestionar y movilizar el ámbito cultural, cofinanciando la contratación de
gestores culturales.
cve: BOE-A-2022-5853
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 84. Fomento de la cultura.
Núm. 86
Lunes 11 de abril de 2022
Sec. I. Pág. 49080
el otorgamiento de concesiones y/o autorizaciones de explotaciones de actividades
económicas.
CAPÍTULO IX
Políticas de apoyo a las familias
Artículo 81. Salario mínimo.
1. La Junta de Extremadura mantendrá la complementariedad de la renta
garantizada de las personas en situación de riesgo o vulnerabilidad en exclusión social
atendiendo sus necesidades básicas integrales.
2. Asimismo, la Junta de Extremadura establecerá sistemas homogéneos de
determinación de los umbrales de renta, al objeto de dar un trato equitativo al acceso a
las ayudas, servicios y prestaciones.
Artículo 82. Apoyo a las familias.
1. Las Administraciones Públicas fomentarán políticas para las familias, en todas
sus tipologías, posibilitando, a las personas que lo deseen, formar o tengan formada una
familia en el medio rural, con la adopción de políticas transversales que faciliten la
conciliación de la vida personal, familiar y laboral y la corresponsabilidad.
2. La Junta de Extremadura apoyará la renta de las familias en situación de
especial vulnerabilidad económica, promoviendo el acceso a prestaciones económicas
de inclusión social, con especial atención para fomentar prioritariamente la inserción
laboral.
3. Del mismo modo, la Junta de Extremadura prestará apoyo a los distintos tipos de
familias, en función de su situación socioeconómica con especial atención a las familias
adoptantes o acogedoras.
Artículo 83.
Asistencia sanitaria a la reproducción.
1. El Servicio Extremeño de Salud adoptará, de manera progresiva, medidas para
que las personas que precisen utilizar métodos de reproducción asistida, puedan
disponer de asistencia sanitaria y de los medios precisos para tal fin.
2. Asimismo, la Junta de Extremadura desarrollará campañas de información y
sensibilización que fomenten las donaciones necesarias para los procesos de
reproducción asistida.
CAPÍTULO X
Cultura, turismo y deportes
Sección 1.ª
Cultura
1. La Junta de Extremadura apoyará el tejido cultural asociativo a través de la
concesión de ayudas a personas jurídico privadas sin ánimo de lucro, que tengan como
objetivo, el desarrollo de actividades culturales en municipios de Extremadura,
especialmente en aquellos con menor población.
Asimismo, se fomentarán los contenidos culturales en espacios privados,
subvencionando la programación, gestión y actividades adicionales en salas de gestión
privada.
2. La Junta de Extremadura colaborará con las administraciones locales en la tarea
de dinamizar, gestionar y movilizar el ámbito cultural, cofinanciando la contratación de
gestores culturales.
cve: BOE-A-2022-5853
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 84. Fomento de la cultura.