III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2022-5837)
Resolución de 6 de abril de 2022, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, para la elaboración de la encuesta de satisfacción con el lugar de residencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 48898
II. Que con esta operación estadística del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico (MITERD) se pretende obtener información sobre la satisfacción de las
personas con los distintos lugares de residencia en los que están a lo largo de un año.
III. Que la Secretaría General para el Reto Demográfico es el órgano directivo al
que corresponde, bajo la superior dirección del titular del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, el impulso y la coordinación de las competencias
atribuidas al Departamento referentes al reto demográfico. En concreto le corresponde
en cumplimiento de los artículos 10 y 11 por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Real
Decreto 500/2020, de 28 de abril), entre otras funciones, la realización de estudios e
informes en materia de despoblación, envejecimiento, población flotante, impacto
demográfico de las políticas públicas, igualdad de oportunidades, apoyo a la mujer en el
entorno rural, fortalecimiento del tejido socioeconómico y del emprendimiento en las
zonas afectadas por la despoblación, mejora de los servicios públicos, tecnologías
verdes, innovación o digitalización.
IV. Que el INE dispone de los medios técnicos necesarios para asesorar y colaborar
en el diseño muestral necesario en este proyecto.
V. Que al INE, según lo establecido en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función
Estadística Pública, le corresponden, entre otras funciones, la celebración de acuerdos y
convenios con otras Administraciones Públicas en lo relativo a las estadísticas que
tengan encomendadas, de conformidad con lo previsto en la letra r) del artículo 26.
VI. Que el INE y el MITERD, en aras al cumplimiento de sus respectivos fines,
estiman conveniente aunar esfuerzos, compartiendo trabajo, conocimientos y
experiencia, para llevar a cabo esta operación a cuyo efecto acuerdan suscribir el
presente convenio, que se regirá de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto formalizar la colaboración entre el MITERD y el
INE para la elaboración de la Encuesta de Satisfacción con el Lugar de Residencia.
Segunda.
Compromisos y actuaciones de las partes.
1. A efectos del debido cumplimiento del objeto, el INE se compromete a realizar
las siguientes actuaciones:
1.1
Realizar los siguientes apartados del diseño muestral:
1.2 Proporcionar, en la ejecución de las diferentes etapas del diseño muestral, el
asesoramiento técnico necesario.
2. A efectos del debido cumplimiento del objeto, el MITERD se compromete a
realizar las siguientes actuaciones:
2.1 Elaborar la Encuesta de Satisfacción con el Lugar de Residencia ateniéndose a
las especificaciones metodológicas establecidas en el Proyecto Técnico de la Encuesta.
2.2 Hacer mención expresa al presente convenio en las publicaciones que realice
en relación con esta operación estadística.
cve: BOE-A-2022-5837
Verificable en https://www.boe.es
a) Selección de la muestra de unidades primarias y de personas, de acuerdo con la
afijación establecida.
b) Aportación de la información auxiliar necesaria para determinar la afijación
muestral y el cálculo de los factores de elevación.
c) Cálculo de los errores de muestreo, utilizando el procedimiento más adecuado al
tipo de muestreo realizado en la encuesta.
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 48898
II. Que con esta operación estadística del Ministerio para la Transición Ecológica y el
Reto Demográfico (MITERD) se pretende obtener información sobre la satisfacción de las
personas con los distintos lugares de residencia en los que están a lo largo de un año.
III. Que la Secretaría General para el Reto Demográfico es el órgano directivo al
que corresponde, bajo la superior dirección del titular del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, el impulso y la coordinación de las competencias
atribuidas al Departamento referentes al reto demográfico. En concreto le corresponde
en cumplimiento de los artículos 10 y 11 por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Real
Decreto 500/2020, de 28 de abril), entre otras funciones, la realización de estudios e
informes en materia de despoblación, envejecimiento, población flotante, impacto
demográfico de las políticas públicas, igualdad de oportunidades, apoyo a la mujer en el
entorno rural, fortalecimiento del tejido socioeconómico y del emprendimiento en las
zonas afectadas por la despoblación, mejora de los servicios públicos, tecnologías
verdes, innovación o digitalización.
IV. Que el INE dispone de los medios técnicos necesarios para asesorar y colaborar
en el diseño muestral necesario en este proyecto.
V. Que al INE, según lo establecido en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función
Estadística Pública, le corresponden, entre otras funciones, la celebración de acuerdos y
convenios con otras Administraciones Públicas en lo relativo a las estadísticas que
tengan encomendadas, de conformidad con lo previsto en la letra r) del artículo 26.
VI. Que el INE y el MITERD, en aras al cumplimiento de sus respectivos fines,
estiman conveniente aunar esfuerzos, compartiendo trabajo, conocimientos y
experiencia, para llevar a cabo esta operación a cuyo efecto acuerdan suscribir el
presente convenio, que se regirá de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera.
Objeto.
El presente convenio tiene por objeto formalizar la colaboración entre el MITERD y el
INE para la elaboración de la Encuesta de Satisfacción con el Lugar de Residencia.
Segunda.
Compromisos y actuaciones de las partes.
1. A efectos del debido cumplimiento del objeto, el INE se compromete a realizar
las siguientes actuaciones:
1.1
Realizar los siguientes apartados del diseño muestral:
1.2 Proporcionar, en la ejecución de las diferentes etapas del diseño muestral, el
asesoramiento técnico necesario.
2. A efectos del debido cumplimiento del objeto, el MITERD se compromete a
realizar las siguientes actuaciones:
2.1 Elaborar la Encuesta de Satisfacción con el Lugar de Residencia ateniéndose a
las especificaciones metodológicas establecidas en el Proyecto Técnico de la Encuesta.
2.2 Hacer mención expresa al presente convenio en las publicaciones que realice
en relación con esta operación estadística.
cve: BOE-A-2022-5837
Verificable en https://www.boe.es
a) Selección de la muestra de unidades primarias y de personas, de acuerdo con la
afijación establecida.
b) Aportación de la información auxiliar necesaria para determinar la afijación
muestral y el cálculo de los factores de elevación.
c) Cálculo de los errores de muestreo, utilizando el procedimiento más adecuado al
tipo de muestreo realizado en la encuesta.