III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-5835)
Resolución de 5 de abril de 2022, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con UFD Distribución Electricidad, SA, para el desarrollo de las actuaciones necesarias para el suministro eléctrico del "Proyecto de transformación en regadío en la margen izquierda del río Tajo en los términos municipales de Illana (Guadalajara) y Leganiel (Cuenca)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 48885

personal de UFD y el de sus empresas colaboradoras la explotación y mantenimiento de
las instalaciones cedidas.
Las instalaciones a ceder por el MAPA a UFD serán revisadas y supervisadas por
esta para asegurar que cumplen con las prescripciones, normativa y parámetros a exigir
en las instalaciones de distribución eléctrica, con carácter previo a formalizar la cesión.
Asimismo, el MAPA realizará las gestiones necesarias para la cesión del tramo
(desde la Subestación de Almoguera hasta el apoyo número 58) de la línea 15 kV
ALM705 a favor de UFD, cuya propiedad actualmente es de la Comunidad de regantes
Donace y Río Calvache de Barajas de Melo. La cesión de la citada línea será condición
previa indispensable para otorgar validez a lo estipulado en el presente acuerdo.
El MAPA se obliga a responder de los posibles vicios ocultos, respecto a las
instalaciones descritas (la línea 15 kV ALM705 a favor de UFD, cuya propiedad
actualmente es de la Comunidad de regantes Donace y Río Calvache de Barajas de
Melo), obligándose a subsanar y reparar a su cargo cualquiera deficiencia que pudiera
producirse, sin derecho a percibir contraprestación alguna por ello.
Quinta. Presupuesto y condiciones de pago.
El presupuesto acordado por importe de 380.512,52 euros a asumir por parte del
MAPA relativo a los trabajos a ejecutar por parte de UFD no sufrirá modificaciones
superiores al 10 % de dicha cifra, a no ser que sean precisos cambios sustanciales en la
solución técnica que se ha definido, por factores debidamente justificados y ajenos a
UFD, que puedan aparecer durante la gestión de las autorizaciones, permisos o
ejecución de los trabajos, que serían comunicados por UFD de forma previa a su
ejecución.
Una vez finalizados y recibidos los trabajos, UFD elaborará las facturas
correspondientes a los trabajos ejecutados, con cargo a la aplicación
presupuestaria 21.08.414A.601.
Las facturas serán emitidas en formato electrónica a:
Nombre: MAPA. DGDRIPF. SG REG.E INF.R: REGADIOS.
NIF: ESS2800556I.
Códigos DIR 3:
Oficina contable: GE0015294.
Órgano gestor: E04932803.
Unidad tramitadora: EA0022347.
Una vez presentadas las facturas, el MAPA certificará que tanto la documentación
presentada como los trabajos ejecutados por UFD son correctos. Tras verificar la
documentación aportada, el MAPA abonará la cantidad justificada mediante transferencia
a la cuenta número ES12-2100-8740-5102-0016-7144 a nombre de UFD Distribución
Electricidad, SA.
UFD, al recibo de la notificación de ingreso de las facturas que correspondan y una
vez obtenidas las autorizaciones necesarias, procederá así mismo, a la puesta en
servicio de las instalaciones.
Una vez concluidos los trabajos y servicios, incluida la puesta en servicio de las
líneas adaptadas, UFD emitirá, si procede, una última factura. La cuantía de esta factura
podrá variar en atención a las mediciones reales que se efectúen de los trabajos
realizados por UFD, variación que deberá ser justificada y siempre con el límite indicado
del 10 %.
El presupuesto estimado de 380.512,52 euros se podría ver incrementado hasta
en 38.051,25 euros. La cuantía máxima a asumir por el MAPA, será de 418.563,77
euros.

cve: BOE-A-2022-5835
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Núm. 85