III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-5835)
Resolución de 5 de abril de 2022, de la Dirección General de Desarrollo Rural, Innovación y Formación Agroalimentaria, por la que se publica el Convenio con UFD Distribución Electricidad, SA, para el desarrollo de las actuaciones necesarias para el suministro eléctrico del "Proyecto de transformación en regadío en la margen izquierda del río Tajo en los términos municipales de Illana (Guadalajara) y Leganiel (Cuenca)".
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 48884
Por su parte, el MAPA, abonará el importe total de 380.512,52 €, acorde al desglose
del cuadro adjunto, correspondiente a los trabajos ejecutados por parte de UFD, sin
asumir, en ningún caso el MAPA, por la firma de este Convenio, la titularidad dominical ni
de otra índole de la línea eléctrica ALM705.
Expediente
Actuación
Importe
–
Euros
938121040158
CESIÓN HASTA EL APOYO
N.º 58.
938120090032
ENTRONQUE APOYO
REFUERZO.
33.680,29 (IVA incluido)
938121040159
REUBICACIÓN DE LA
MEDIDA.
23.200,00 (no sujeto a IVA)
323.632,23 (no sujeto a IVA)
Presupuesto estimado a justificar con facturas.
380.512,52
+ 10% máximo a justificar con facturas.
38.051,25
MÁXIMO TOTAL.
418.563,77
Del mismo modo el MAPA no asumirá responsabilidad alguna respecto de
accidentes, defectuosa ejecución u otras circunstancias que serán responsabilidad, en
su caso, de UFD sobre las actuaciones de adecuación de la línea ALM705.
Cuarta.
Obligaciones del MAPA.
Proyecto, legalización y ejecución de la línea para el Cierre en anillo de la línea 15 kV
ALM705-ALM706, y que será cedida a UFD con carácter previo a su puesta en servicio,
tramitando el cambio de titularidad correspondiente ante el Organismo competente a
favor de UFD.
Proyecto, legalización y ejecución del Centro de Seccionamiento compacto tipo 4L
con tres celdas telecontroladas. Tendrá que ser un 4L con tres celdas telecontroladas
(salida y la celda para cada bombeo), así mismo deberá tenerse en cuenta que será
necesario tanto la medida de los bombeos de Leganiel como la medida para los
bombeos de Illana. La distancia entre el Centro de Seccionamiento y la medida, que no
podrá ser superior aproximadamente unos cinco metros, y que será cedido a UFD con
carácter previo a su puesta en servicio, tramitando el cambio de titularidad
correspondiente ante el Organismo competente a favor de UFD.
En caso de que las obras necesarias requirieran de expropiaciones, el MAPA
tramitará los expedientes de expropiación. Las indemnizaciones a los propietarios de los
terrenos a que hubiera lugar correrán a cargo del MAPA de conformidad con lo
establecido en la Legislación Sectorial Vigente (título IX de la Ley 24/2013, de la Ley del
Sector Eléctrico y capítulo V del título VII del Real Decreto 1955/2000).
Los proyectos eléctricos correspondientes a las instalaciones a ejecutar por el MAPA
deberán ser supervisados y validados técnicamente por UFD, con carácter previo a que
el MAPA inicie su tramitación ante cualquier organismo.
Las instalaciones a ceder por parte del MAPA a UFD, conforme a los párrafos
anteriores, deberán contar con todos los permisos y autorizaciones a favor de UFD en lo
que se refiere a los accesos y los terrenos en los que dichas instalaciones se encuentren
ubicadas. Estos permisos y autorizaciones tendrán carácter permanente, permitiendo al
cve: BOE-A-2022-5835
Verificable en https://www.boe.es
El MAPA, asumirá a su costa la ejecución de las siguientes actuaciones, incluidas en
el «Modificado número 1 del Proyecto de Transformación en Regadío en la Margen
Izquierda del río Tajo, en los términos municipales de Illana (Guadalajara) y Leganiel
(Cuenca)»:
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 48884
Por su parte, el MAPA, abonará el importe total de 380.512,52 €, acorde al desglose
del cuadro adjunto, correspondiente a los trabajos ejecutados por parte de UFD, sin
asumir, en ningún caso el MAPA, por la firma de este Convenio, la titularidad dominical ni
de otra índole de la línea eléctrica ALM705.
Expediente
Actuación
Importe
–
Euros
938121040158
CESIÓN HASTA EL APOYO
N.º 58.
938120090032
ENTRONQUE APOYO
REFUERZO.
33.680,29 (IVA incluido)
938121040159
REUBICACIÓN DE LA
MEDIDA.
23.200,00 (no sujeto a IVA)
323.632,23 (no sujeto a IVA)
Presupuesto estimado a justificar con facturas.
380.512,52
+ 10% máximo a justificar con facturas.
38.051,25
MÁXIMO TOTAL.
418.563,77
Del mismo modo el MAPA no asumirá responsabilidad alguna respecto de
accidentes, defectuosa ejecución u otras circunstancias que serán responsabilidad, en
su caso, de UFD sobre las actuaciones de adecuación de la línea ALM705.
Cuarta.
Obligaciones del MAPA.
Proyecto, legalización y ejecución de la línea para el Cierre en anillo de la línea 15 kV
ALM705-ALM706, y que será cedida a UFD con carácter previo a su puesta en servicio,
tramitando el cambio de titularidad correspondiente ante el Organismo competente a
favor de UFD.
Proyecto, legalización y ejecución del Centro de Seccionamiento compacto tipo 4L
con tres celdas telecontroladas. Tendrá que ser un 4L con tres celdas telecontroladas
(salida y la celda para cada bombeo), así mismo deberá tenerse en cuenta que será
necesario tanto la medida de los bombeos de Leganiel como la medida para los
bombeos de Illana. La distancia entre el Centro de Seccionamiento y la medida, que no
podrá ser superior aproximadamente unos cinco metros, y que será cedido a UFD con
carácter previo a su puesta en servicio, tramitando el cambio de titularidad
correspondiente ante el Organismo competente a favor de UFD.
En caso de que las obras necesarias requirieran de expropiaciones, el MAPA
tramitará los expedientes de expropiación. Las indemnizaciones a los propietarios de los
terrenos a que hubiera lugar correrán a cargo del MAPA de conformidad con lo
establecido en la Legislación Sectorial Vigente (título IX de la Ley 24/2013, de la Ley del
Sector Eléctrico y capítulo V del título VII del Real Decreto 1955/2000).
Los proyectos eléctricos correspondientes a las instalaciones a ejecutar por el MAPA
deberán ser supervisados y validados técnicamente por UFD, con carácter previo a que
el MAPA inicie su tramitación ante cualquier organismo.
Las instalaciones a ceder por parte del MAPA a UFD, conforme a los párrafos
anteriores, deberán contar con todos los permisos y autorizaciones a favor de UFD en lo
que se refiere a los accesos y los terrenos en los que dichas instalaciones se encuentren
ubicadas. Estos permisos y autorizaciones tendrán carácter permanente, permitiendo al
cve: BOE-A-2022-5835
Verificable en https://www.boe.es
El MAPA, asumirá a su costa la ejecución de las siguientes actuaciones, incluidas en
el «Modificado número 1 del Proyecto de Transformación en Regadío en la Margen
Izquierda del río Tajo, en los términos municipales de Illana (Guadalajara) y Leganiel
(Cuenca)»: