III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-5823)
Resolución de 4 de abril de 2022, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Repsol Exploración Murzuq, SA, para el desarrollo de actividades culturales y académicas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 48784
comunicaciones y notificaciones enviadas mediante correo electrónico, cuando se
reconozca el recibo de dicho correo electrónico por el destinatario.
Cualquier Parte podrá notificar a la otra Parte (de la manera establecida en ésta
cláusula undécima) cualquier modificación en su nombre, persona de contacto, dirección
o correo electrónico indicando la fecha en la cual esta modificación ha de surtir efectos,
sin perjuicio de que dicha notificación surtirá efectos a partir de la fecha detallada en la
notificación como fecha en la que el cambio ha de surtir efectos.
Duodécima.
Ley aplicable y jurisdicción.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en
la LRJSP que en el capítulo VI del Título Preliminar regula los acuerdos adoptados por
las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de
derecho privado para un fin común.
Asimismo, le serán de aplicación las disposiciones aplicables al mismo, contenidas
en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines
Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y en el Real Decreto 1270/2003,
de 10 de octubre, que contiene su desarrollo reglamentario.
Las Partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Las controversias que pudieran surgir en la interpretación, resolución y efectos que
puedan derivarse del presente Convenio, se resolverán de forma amistosa entre los
representantes designados por las Partes para el seguimiento y control del presente
Convenio. No obstante, si ello no fuera posible, ambas Partes acuerdan expresamente
someterse al orden jurisdiccional contencioso administrativo según las previsiones de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – administrativa y
a los tribunales de la ciudad de Madrid.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas Partes lo firman por
duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y la fecha indicados en el
encabezamiento.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Luis Manuel García Montero.–
Por REMSA, El Apoderado, Simone Sciamanna.
ANEJO I
Certificación justificativa como entidad beneficiaria de mecenazgo derivada del
Convenio entre el Instituto Cervantes y Repsol Exploración Murzuq, SA
El artículo 25, de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo regula los
convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general, en los que la
entidad beneficiaria se compromete a difundir, por cualquier medio, la participación del
colaborador en dichas actividades. De conformidad con lo anterior se expide la presente
certificación justificativa como entidad beneficiaria de mecenazgo derivada de convenios
de colaboración empresarial en actividades de interés general.
Datos de Identificación.
Entidad colaboradora:
Nombre: Repsol Exploración Murzuq, SA.
Dirección: calle Méndez Álvaro, 44, 28045, Madrid.
NIF: A-79787453.
cve: BOE-A-2022-5823
Verificable en https://www.boe.es
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Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 48784
comunicaciones y notificaciones enviadas mediante correo electrónico, cuando se
reconozca el recibo de dicho correo electrónico por el destinatario.
Cualquier Parte podrá notificar a la otra Parte (de la manera establecida en ésta
cláusula undécima) cualquier modificación en su nombre, persona de contacto, dirección
o correo electrónico indicando la fecha en la cual esta modificación ha de surtir efectos,
sin perjuicio de que dicha notificación surtirá efectos a partir de la fecha detallada en la
notificación como fecha en la que el cambio ha de surtir efectos.
Duodécima.
Ley aplicable y jurisdicción.
El presente Convenio tiene naturaleza administrativa y se regirá por lo establecido en
la LRJSP que en el capítulo VI del Título Preliminar regula los acuerdos adoptados por
las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público
vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de
derecho privado para un fin común.
Asimismo, le serán de aplicación las disposiciones aplicables al mismo, contenidas
en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin Fines
Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo y en el Real Decreto 1270/2003,
de 10 de octubre, que contiene su desarrollo reglamentario.
Las Partes firmantes colaborarán en todo momento, de acuerdo con los principios de
buena fe y eficacia, para asegurar la correcta ejecución de lo pactado.
Las controversias que pudieran surgir en la interpretación, resolución y efectos que
puedan derivarse del presente Convenio, se resolverán de forma amistosa entre los
representantes designados por las Partes para el seguimiento y control del presente
Convenio. No obstante, si ello no fuera posible, ambas Partes acuerdan expresamente
someterse al orden jurisdiccional contencioso administrativo según las previsiones de la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso – administrativa y
a los tribunales de la ciudad de Madrid.
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, ambas Partes lo firman por
duplicado ejemplar y a un solo efecto en el lugar y la fecha indicados en el
encabezamiento.–Por el Instituto Cervantes, el Director, Luis Manuel García Montero.–
Por REMSA, El Apoderado, Simone Sciamanna.
ANEJO I
Certificación justificativa como entidad beneficiaria de mecenazgo derivada del
Convenio entre el Instituto Cervantes y Repsol Exploración Murzuq, SA
El artículo 25, de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las
entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo regula los
convenios de colaboración empresarial en actividades de interés general, en los que la
entidad beneficiaria se compromete a difundir, por cualquier medio, la participación del
colaborador en dichas actividades. De conformidad con lo anterior se expide la presente
certificación justificativa como entidad beneficiaria de mecenazgo derivada de convenios
de colaboración empresarial en actividades de interés general.
Datos de Identificación.
Entidad colaboradora:
Nombre: Repsol Exploración Murzuq, SA.
Dirección: calle Méndez Álvaro, 44, 28045, Madrid.
NIF: A-79787453.
cve: BOE-A-2022-5823
Verificable en https://www.boe.es
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