III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Convenios. (BOE-A-2022-5823)
Resolución de 4 de abril de 2022, del Instituto Cervantes, por la que se publica el Convenio con Repsol Exploración Murzuq, SA, para el desarrollo de actividades culturales y académicas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 48780
(iii) Disponer de:
− Dirección de correo electrónico personal y acceso a Internet; Hardware: equipo
con conexión a internet, tarjeta gráfica y de sonido, cámara, micrófono y altavoces o
cascos estándar. Para un mayor aprovechamiento, se recomienda acceder al curso
desde ordenadores, no desde dispositivos móviles.
− Sistemas operativos válidos: Microsoft Windows VISTA/7/8.x/10, Mac OS X v10.4.x
o superior y Linux (cualquier distribución).
− Navegadores de internet recomendados: Google Chrome 30.0 o superior y Mozilla
Firefox 25.0 o superior.
− Software: procesador de textos, Adobe Reader, Winrar y reproductor de vídeos.
(iv) Asimismo, conviene que el participante se desenvuelva en el manejo de
aplicaciones en línea, como, por ejemplo, redes sociales, herramientas de Google u
Office 365, así como en herramientas docentes en línea. Para países con restricciones
en el acceso a algunas aplicaciones web, se recomienda el uso de Hotshield (http://
www.hotspotshield.com/).
Segunda.
Aportación económica y forma de pago.
REMSA aportará al Instituto Cervantes la cantidad total máxima de treinta mil euros
(30.000 €) para el desarrollo del Curso.
El abono de esta aportación se efectuará por REMSA en un plazo máximo de 30 días
a contar de la entrada en vigor del presente Convenio, mediante transferencia bancaria a
la cuenta corriente titularidad del Instituto Cervantes que este le indique.
El Instituto Cervantes, una vez reciba, en su caso, la mencionada aportación
económica, remitirá a REMSA, en un plazo máximo de 7 días, la oportuna certificación
acreditativa de la aportación realizada, a efectos de lo dispuesto en la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los
incentivos fiscales al Mecenazgo y su Reglamento de desarrollo, según el modelo
incluido como Anejo I.
El Instituto Cervantes se compromete a destinar la aportación económica recibida
exclusivamente al desarrollo del Curso.
El Instituto Cervantes destinará todos los recursos humanos y/o materiales que
resulten necesarios para el cumplimiento del desarrollo del Curso, que correrán de su
exclusiva cuenta y cargo.
La difusión que el Instituto Cervantes realice, de acuerdo con lo establecido en el
presente Convenio, de la participación de REMSA en sus actividades no constituirá una
prestación de servicios, en virtud de la aplicación a este Convenio del artículo 25,
apartado 1, párrafo 2.º de la Ley 49/2002, relativo a los convenios de colaboración
empresarial en actividades de interés general. En vista de lo anterior, este Convenio no
está sujeto a IVA.
Difusión.
En tanto el presente Convenio permanezca en vigor, el Instituto Cervantes se
compromete a difundir por cualquiera de los medios que utilice habitualmente la
participación de REMSA en las actividades objeto de este Convenio.
En concreto, el Instituto Cervantes se compromete a insertar la marca, denominación
o logo que le sea proporcionada por REMSA en cuantos materiales, comunicaciones o
páginas web se divulguen, publiquen o editen en relación con el Curso, así como a
mencionar la colaboración de REMSA en todos los actos de difusión del Curso. En este
sentido, el Instituto Cervantes se compromete a no utilizar fuera de los casos previstos
en el presente Convenio la marca, denominación o logo de REMSA, así como a no dañar
su imagen bajo ningún concepto.
REMSA podrá, asimismo, hacer pública y difundir por sus propios medios la
aportación a las actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes.
cve: BOE-A-2022-5823
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.
Núm. 85
Sábado 9 de abril de 2022
Sec. III. Pág. 48780
(iii) Disponer de:
− Dirección de correo electrónico personal y acceso a Internet; Hardware: equipo
con conexión a internet, tarjeta gráfica y de sonido, cámara, micrófono y altavoces o
cascos estándar. Para un mayor aprovechamiento, se recomienda acceder al curso
desde ordenadores, no desde dispositivos móviles.
− Sistemas operativos válidos: Microsoft Windows VISTA/7/8.x/10, Mac OS X v10.4.x
o superior y Linux (cualquier distribución).
− Navegadores de internet recomendados: Google Chrome 30.0 o superior y Mozilla
Firefox 25.0 o superior.
− Software: procesador de textos, Adobe Reader, Winrar y reproductor de vídeos.
(iv) Asimismo, conviene que el participante se desenvuelva en el manejo de
aplicaciones en línea, como, por ejemplo, redes sociales, herramientas de Google u
Office 365, así como en herramientas docentes en línea. Para países con restricciones
en el acceso a algunas aplicaciones web, se recomienda el uso de Hotshield (http://
www.hotspotshield.com/).
Segunda.
Aportación económica y forma de pago.
REMSA aportará al Instituto Cervantes la cantidad total máxima de treinta mil euros
(30.000 €) para el desarrollo del Curso.
El abono de esta aportación se efectuará por REMSA en un plazo máximo de 30 días
a contar de la entrada en vigor del presente Convenio, mediante transferencia bancaria a
la cuenta corriente titularidad del Instituto Cervantes que este le indique.
El Instituto Cervantes, una vez reciba, en su caso, la mencionada aportación
económica, remitirá a REMSA, en un plazo máximo de 7 días, la oportuna certificación
acreditativa de la aportación realizada, a efectos de lo dispuesto en la Ley 49/2002,
de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los
incentivos fiscales al Mecenazgo y su Reglamento de desarrollo, según el modelo
incluido como Anejo I.
El Instituto Cervantes se compromete a destinar la aportación económica recibida
exclusivamente al desarrollo del Curso.
El Instituto Cervantes destinará todos los recursos humanos y/o materiales que
resulten necesarios para el cumplimiento del desarrollo del Curso, que correrán de su
exclusiva cuenta y cargo.
La difusión que el Instituto Cervantes realice, de acuerdo con lo establecido en el
presente Convenio, de la participación de REMSA en sus actividades no constituirá una
prestación de servicios, en virtud de la aplicación a este Convenio del artículo 25,
apartado 1, párrafo 2.º de la Ley 49/2002, relativo a los convenios de colaboración
empresarial en actividades de interés general. En vista de lo anterior, este Convenio no
está sujeto a IVA.
Difusión.
En tanto el presente Convenio permanezca en vigor, el Instituto Cervantes se
compromete a difundir por cualquiera de los medios que utilice habitualmente la
participación de REMSA en las actividades objeto de este Convenio.
En concreto, el Instituto Cervantes se compromete a insertar la marca, denominación
o logo que le sea proporcionada por REMSA en cuantos materiales, comunicaciones o
páginas web se divulguen, publiquen o editen en relación con el Curso, así como a
mencionar la colaboración de REMSA en todos los actos de difusión del Curso. En este
sentido, el Instituto Cervantes se compromete a no utilizar fuera de los casos previstos
en el presente Convenio la marca, denominación o logo de REMSA, así como a no dañar
su imagen bajo ningún concepto.
REMSA podrá, asimismo, hacer pública y difundir por sus propios medios la
aportación a las actividades culturales y académicas del Instituto Cervantes.
cve: BOE-A-2022-5823
Verificable en https://www.boe.es
Tercera.