III. Otras disposiciones. COMISIÓN NACIONAL DEL MERCADO DE VALORES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2022-5849)
Resolución de 1 de abril de 2022, de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización de prácticas externas curriculares y extracurriculares y trabajos de fin de grado y de máster.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 9 de abril de 2022

Sec. III. Pág. 49017

relaciones con Instituciones/Entidades Colaboradoras, que permitan completar el
proceso formativo con una puesta en práctica de los conocimientos teóricos adquiridos,
mediante la realización de prácticas externas, que faciliten la posterior incorporación al
mundo laboral.
Que la UAM imparte diferentes titulaciones, en el ámbito de sus competencias y está
interesada en establecer un Programa de Colaboración con CNMV para la realización de
prácticas académicas externas curriculares y extracurriculares, trabajos o proyectos (en
adelante Prácticas) por parte de su estudiantado.
Que CNMV tiene entre sus fines el fomento de la educación financiera así como
proyectar sus conocimientos y capacidades en las materias que le son propias a la
formación universitaria, a través de una colaboración permanente.
Que CNMV está interesada en colaborar con la UAM en la realización de prácticas
en los sectores que resulten de interés para ambas partes.
Que ambas partes consideran aconsejable promover la cooperación y colaboración
en el desarrollo de programas de prácticas para estudiantes universitarios, que les
permitan aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación
académica, favoreciendo la adquisición de competencias que preparen para el ejercicio
de actividades profesionales y faciliten la búsqueda de empleo.
La normativa aplicable para ello comprende la siguiente legislación:
La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, (publicada en el
BOE de 24 de diciembre), modificada por la Ley 4/2007 de 12 de abril, que regula la
homologación de Planes de Estudios, Títulos Universitarios y Doctorado, y que
estructura las enseñanzas universitarias en tres ciclos: Grado, Máster y Doctorado.
El Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias.
El Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario, que establece en su artículo 8.f) la posibilidad de realización de
prácticas, curriculares o extra-curriculares, en entidades externas, según la modalidad
prevista y garantizando que sirvan a la finalidad formativa de las mismas.
El Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas universitarias, y establece en su artículo 8 la posibilidad, que los estudiantes
matriculados en enseñanzas impartidas por la UAM realicen prácticas académicas
externas, que podrán ser curriculares o extracurriculares (artículo 4 del citado Real
Decreto).
La ley 40/2015, de 1 octubre, de régimen jurídico del sector público, que en su
capítulo VI, regula los convenios adoptados por las Administraciones Públicas, los
organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las
Administraciones Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común.
Asimismo resultará de aplicación:
Los Estatutos de la UAM, aprobados por Decreto 214/2003, de 16 de octubre, del
Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
Las Directrices de Prácticas Académicas Externas de la UAM, aprobadas por el
Consejo de Gobierno, de 16 de julio de 2020.
La Normativa de sobre Enseñanzas Propias y Formación Continua de la UAM
aprobada por el Consejo de Gobierno, de 5 de febrero de 2010 y modificada en Consejo
de Gobierno de 9 de octubre de 2020.

cve: BOE-A-2022-5849
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Núm. 85