T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-5802)
Sala Segunda. Sentencia 32/2022, de 7 de marzo de 2022. Recurso de amparo 1723-2020. Promovido por don Miguel Ángel Durán Marmolejo respecto de las resoluciones de la Audiencia Provincial de Madrid y un juzgado de lo penal de la capital que revocan la suspensión de la ejecución de la pena privativa de libertad previamente acordada. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (motivación) en relación con los derechos a la libertad personal y al proceso debido: revocación de la suspensión de la pena de prisión al no haberse satisfecho la responsabilidad civil, que no cumple las exigencias constitucionales de motivación y audiencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84
Viernes 8 de abril de 2022
Sec. TC. Pág. 48401
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
5802
Sala Segunda. Sentencia 32/2022, de 7 de marzo de 2022. Recurso de
amparo 1723-2020. Promovido por don Miguel Ángel Durán Marmolejo
respecto de las resoluciones de la Audiencia Provincial de Madrid y un
juzgado de lo penal de la capital que revocan la suspensión de la ejecución
de la pena privativa de libertad previamente acordada. Vulneración del
derecho a la tutela judicial efectiva (motivación) en relación con los derechos
a la libertad personal y al proceso debido: revocación de la suspensión de la
pena de prisión al no haberse satisfecho la responsabilidad civil, que no
cumple las exigencias constitucionales de motivación y audiencia.
ECLI:ES:TC:2022:32
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan
Antonio Xiol Ríos, presidente; los magistrados don Antonio Narváez Rodríguez, don
Cándido Conde-Pumpido Tourón, don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo
Alcubilla, y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 1723-2020, promovido por don Miguel Ángel Durán
Marmolejo, representado por la procuradora de los tribunales doña Belén Romero
Muñoz, bajo la dirección letrada de don César Pinto Cañón, contra (i) el auto del Juzgado
de lo Penal núm. 12 de Madrid (ejecutorias) de 15 de octubre de 2019, recaído en la
ejecutoria núm. 2589-2018, que revocó la suspensión de la ejecución de la pena
privativa de libertad acordada por sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 21 de Madrid,
de 23 de octubre de 2018, dictada en el procedimiento abreviado núm. 262-2017, y
acordó el cumplimiento de la pena de seis meses de prisión; (ii) el auto del Juzgado de lo
Penal núm. 12 de Madrid (ejecutorias) de 5 de noviembre de 2019, que desestimó el
recurso de reforma formulado contra el anterior y (iii) el auto de la Sección Tercera de la
Audiencia Provincial de Madrid de 28 de enero de 2020, dictado en el rollo de apelación
núm. 35-2020, que desestimó el recurso de apelación ulterior. Ha intervenido el
Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón.
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 16 de marzo de 2020, la
procuradora de los tribunales doña Belén Romero Muñoz, en nombre y representación
de don Miguel Ángel Durán Marmolejo y bajo la dirección del abogado don César Pinto
Cañón, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones que se mencionan en el
encabezamiento.
2.
Los hechos de los que trae causa la demanda de amparo son los siguientes:
a) Por sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 21 de Madrid de 23 de octubre
de 2018, dictada de conformidad en el procedimiento abreviado núm. 262-2017, se
condenó al recurrente en amparo como autor de un delito de atentado a agentes de la
cve: BOE-A-2022-5802
Verificable en https://www.boe.es
I. Antecedentes
Núm. 84
Viernes 8 de abril de 2022
Sec. TC. Pág. 48401
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
5802
Sala Segunda. Sentencia 32/2022, de 7 de marzo de 2022. Recurso de
amparo 1723-2020. Promovido por don Miguel Ángel Durán Marmolejo
respecto de las resoluciones de la Audiencia Provincial de Madrid y un
juzgado de lo penal de la capital que revocan la suspensión de la ejecución
de la pena privativa de libertad previamente acordada. Vulneración del
derecho a la tutela judicial efectiva (motivación) en relación con los derechos
a la libertad personal y al proceso debido: revocación de la suspensión de la
pena de prisión al no haberse satisfecho la responsabilidad civil, que no
cumple las exigencias constitucionales de motivación y audiencia.
ECLI:ES:TC:2022:32
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan
Antonio Xiol Ríos, presidente; los magistrados don Antonio Narváez Rodríguez, don
Cándido Conde-Pumpido Tourón, don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo
Alcubilla, y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 1723-2020, promovido por don Miguel Ángel Durán
Marmolejo, representado por la procuradora de los tribunales doña Belén Romero
Muñoz, bajo la dirección letrada de don César Pinto Cañón, contra (i) el auto del Juzgado
de lo Penal núm. 12 de Madrid (ejecutorias) de 15 de octubre de 2019, recaído en la
ejecutoria núm. 2589-2018, que revocó la suspensión de la ejecución de la pena
privativa de libertad acordada por sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 21 de Madrid,
de 23 de octubre de 2018, dictada en el procedimiento abreviado núm. 262-2017, y
acordó el cumplimiento de la pena de seis meses de prisión; (ii) el auto del Juzgado de lo
Penal núm. 12 de Madrid (ejecutorias) de 5 de noviembre de 2019, que desestimó el
recurso de reforma formulado contra el anterior y (iii) el auto de la Sección Tercera de la
Audiencia Provincial de Madrid de 28 de enero de 2020, dictado en el rollo de apelación
núm. 35-2020, que desestimó el recurso de apelación ulterior. Ha intervenido el
Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el magistrado don Cándido Conde-Pumpido Tourón.
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el 16 de marzo de 2020, la
procuradora de los tribunales doña Belén Romero Muñoz, en nombre y representación
de don Miguel Ángel Durán Marmolejo y bajo la dirección del abogado don César Pinto
Cañón, interpuso recurso de amparo contra las resoluciones que se mencionan en el
encabezamiento.
2.
Los hechos de los que trae causa la demanda de amparo son los siguientes:
a) Por sentencia del Juzgado de lo Penal núm. 21 de Madrid de 23 de octubre
de 2018, dictada de conformidad en el procedimiento abreviado núm. 262-2017, se
condenó al recurrente en amparo como autor de un delito de atentado a agentes de la
cve: BOE-A-2022-5802
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I. Antecedentes