T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-5801)
Sala Segunda. Sentencia 31/2022, de 7 de marzo de 2022. Recurso de amparo 141-2020. Promovido por la Assemblea Nacional Catalana respecto de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional desestimatoria de su recurso frente a resolución sancionadora dictada por la Agencia Española de Protección de Datos. Supuesta vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a la defensa y a la presunción de inocencia, en conexión con las libertades ideológica, de expresión y asociación: imposición de una sanción por la realización de una encuesta para la que se trataron, sin consentimiento expreso y por escrito de sus titulares, datos atinentes a la ideología de los entrevistados.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84
Viernes 8 de abril de 2022
Sec. TC. Pág. 48377
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
5801
Sala Segunda. Sentencia 31/2022, de 7 de marzo de 2022. Recurso de
amparo 141-2020. Promovido por la Assemblea Nacional Catalana respecto
de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional desestimatoria de su recurso frente a resolución sancionadora
dictada por la Agencia Española de Protección de Datos. Supuesta
vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a la defensa y a la
presunción de inocencia, en conexión con las libertades ideológica, de
expresión y asociación: imposición de una sanción por la realización de una
encuesta para la que se trataron, sin consentimiento expreso y por escrito de
sus titulares, datos atinentes a la ideología de los entrevistados.
ECLI:ES:TC:2022:31
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan
Antonio Xiol Ríos, presidente; los magistrados don Antonio Narváez Rodríguez, don
Cándido Conde-Pumpido Tourón, don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo
Alcubilla, y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 141-2020, interpuesto por la procuradora de los
tribunales doña María Jesús González Díez en nombre y representación de la entidad
Assemblea Nacional Catalana, asistida por el abogado don Manuel Martínez Ribas,
contra la sentencia dictada el 22 de febrero de 2019 por la Sección Primera de la Sala de
lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el procedimiento ordinario
núm. 455-2016, interpuesto contra la resolución de la Agencia Española de Protección
de Datos de 5 de abril de 2016, confirmatoria en reposición de la resolución de 18 de
noviembre de 2015, recaída en el procedimiento sancionador PS/00235/2015. Ha sido
parte el abogado del Estado y ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el
magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla.
I.
Antecedentes
2. Los hechos en que se fundamenta la demanda de amparo son los que
seguidamente se relacionan.
a) Las entidades ANC y Òmnium Cultural (en adelante, OC) promovieron durante
los meses de octubre y noviembre de 2014 la campaña «Ara és l’Hora» para la
realización de una encuesta (que denominaron la «gigaencuesta»), realizada en todo el
ámbito territorial de Cataluña, que afectaba a tres millones de domicilios. Para recoger
las respuestas y los datos personales de los encuestados ambas entidades crearon un
cve: BOE-A-2022-5801
Verificable en https://www.boe.es
1. La entidad Assemblea Nacional Catalana (en adelante, ANC), representada por
la procuradora de los tribunales doña María Jesús González Díez, interpuso recurso de
amparo contra la resolución judicial mencionada en el encabezamiento mediante escrito
registrado en este tribunal el 8 de enero de 2020.
Núm. 84
Viernes 8 de abril de 2022
Sec. TC. Pág. 48377
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
5801
Sala Segunda. Sentencia 31/2022, de 7 de marzo de 2022. Recurso de
amparo 141-2020. Promovido por la Assemblea Nacional Catalana respecto
de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia
Nacional desestimatoria de su recurso frente a resolución sancionadora
dictada por la Agencia Española de Protección de Datos. Supuesta
vulneración de los derechos a la tutela judicial efectiva, a la defensa y a la
presunción de inocencia, en conexión con las libertades ideológica, de
expresión y asociación: imposición de una sanción por la realización de una
encuesta para la que se trataron, sin consentimiento expreso y por escrito de
sus titulares, datos atinentes a la ideología de los entrevistados.
ECLI:ES:TC:2022:31
La Sala Segunda del Tribunal Constitucional, compuesta por el magistrado don Juan
Antonio Xiol Ríos, presidente; los magistrados don Antonio Narváez Rodríguez, don
Cándido Conde-Pumpido Tourón, don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique Arnaldo
Alcubilla, y la magistrada doña Concepción Espejel Jorquera, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 141-2020, interpuesto por la procuradora de los
tribunales doña María Jesús González Díez en nombre y representación de la entidad
Assemblea Nacional Catalana, asistida por el abogado don Manuel Martínez Ribas,
contra la sentencia dictada el 22 de febrero de 2019 por la Sección Primera de la Sala de
lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el procedimiento ordinario
núm. 455-2016, interpuesto contra la resolución de la Agencia Española de Protección
de Datos de 5 de abril de 2016, confirmatoria en reposición de la resolución de 18 de
noviembre de 2015, recaída en el procedimiento sancionador PS/00235/2015. Ha sido
parte el abogado del Estado y ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido ponente el
magistrado don Enrique Arnaldo Alcubilla.
I.
Antecedentes
2. Los hechos en que se fundamenta la demanda de amparo son los que
seguidamente se relacionan.
a) Las entidades ANC y Òmnium Cultural (en adelante, OC) promovieron durante
los meses de octubre y noviembre de 2014 la campaña «Ara és l’Hora» para la
realización de una encuesta (que denominaron la «gigaencuesta»), realizada en todo el
ámbito territorial de Cataluña, que afectaba a tres millones de domicilios. Para recoger
las respuestas y los datos personales de los encuestados ambas entidades crearon un
cve: BOE-A-2022-5801
Verificable en https://www.boe.es
1. La entidad Assemblea Nacional Catalana (en adelante, ANC), representada por
la procuradora de los tribunales doña María Jesús González Díez, interpuso recurso de
amparo contra la resolución judicial mencionada en el encabezamiento mediante escrito
registrado en este tribunal el 8 de enero de 2020.