T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-5808)
Pleno. Sentencia 38/2022, de 11 de marzo de 2022. Recurso de amparo 4885-2020. Promovido por el Grupo Mixto del Parlamento Vasco y por doña Amaia Martínez Grisaleña respecto de los acuerdos de la mesa de la Cámara que definieron el régimen de ejercicio de sus funciones parlamentarias. Vulneración del derecho de participación política: nulidad de los acuerdos que establecieron la denominación del grupo mixto y fijaron el número de las distintas iniciativas que podía presentar y el tiempo de sus intervenciones en los debates parlamentarios. Votos particulares.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84
Viernes 8 de abril de 2022
Sec. TC. Pág. 48532
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
5808
Pleno. Sentencia 38/2022, de 11 de marzo de 2022. Recurso de amparo
4885-2020. Promovido por el Grupo Mixto del Parlamento Vasco y por doña
Amaia Martínez Grisaleña respecto de los acuerdos de la mesa de la Cámara
que definieron el régimen de ejercicio de sus funciones parlamentarias.
Vulneración del derecho de participación política: nulidad de los acuerdos que
establecieron la denominación del grupo mixto y fijaron el número de las
distintas iniciativas que podía presentar y el tiempo de sus intervenciones en
los debates parlamentarios. Votos particulares.
ECLI:ES:TC:2022:38
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Pedro José
González-Trevijano Sánchez, presidente; los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos,
don Santiago Martínez-Vares García, don Antonio Narváez Rodríguez, don Ricardo
Enríquez Sancho y don Cándido Conde-Pumpido Tourón, la magistrada doña María
Luisa Balaguer Callejón, los magistrados don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique
Arnaldo Alcubilla y las magistradas doña Concepción Espejel Jorquera y doña
Inmaculada Montalbán Huertas, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 4885-2020, promovido por el Grupo Mixto del
Parlamento Vasco y por doña Amaia Martínez Grisaleña, parlamentaria del citado
Parlamento, contra los acuerdos de la mesa de aquella Cámara, de 13 de agosto y de 8
de septiembre de 2020, que respectivamente, desestimó el primero y rechazó el
segundo en trámite de reconsideración, determinadas solicitudes presentadas por
aquellos en relación con el ejercicio de sus funciones parlamentarias en la citada
Cámara. Ha sido parte el Parlamento Vasco. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido
ponente el magistrado don Antonio Narváez Rodríguez.
Antecedentes
1. Mediante escrito, que tuvo entrada en el registro de este tribunal el día 18 de
octubre de 2020, el procurador de los tribunales don Antonio Ortega Fuentes, en nombre
y representación del Grupo Mixto del Parlamento Vasco y de doña Amaia Martínez
Grisaleña, parlamentaria del citado Parlamento, asistidos por la letrada doña Marta
Castro Fuertes, interpusieron recurso de amparo contra los acuerdos de la mesa de
aquella Cámara, de 13 de agosto y de 8 de septiembre de 2020, que, respectivamente,
desestimó el primero y rechazó el segundo en trámite de reconsideración determinadas
solicitudes presentadas por aquellos en relación con el ejercicio de sus funciones
parlamentarias en la citada Cámara legislativa.
2.
Los hechos relevantes para la resolución de este recurso son los siguientes:
a) En las elecciones al Parlamento Vasco celebradas el día 12 de julio de 2020, la
candidatura del partido político Vox obtuvo un acta de diputado que correspondió a doña
cve: BOE-A-2022-5808
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I.
Núm. 84
Viernes 8 de abril de 2022
Sec. TC. Pág. 48532
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
5808
Pleno. Sentencia 38/2022, de 11 de marzo de 2022. Recurso de amparo
4885-2020. Promovido por el Grupo Mixto del Parlamento Vasco y por doña
Amaia Martínez Grisaleña respecto de los acuerdos de la mesa de la Cámara
que definieron el régimen de ejercicio de sus funciones parlamentarias.
Vulneración del derecho de participación política: nulidad de los acuerdos que
establecieron la denominación del grupo mixto y fijaron el número de las
distintas iniciativas que podía presentar y el tiempo de sus intervenciones en
los debates parlamentarios. Votos particulares.
ECLI:ES:TC:2022:38
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Pedro José
González-Trevijano Sánchez, presidente; los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos,
don Santiago Martínez-Vares García, don Antonio Narváez Rodríguez, don Ricardo
Enríquez Sancho y don Cándido Conde-Pumpido Tourón, la magistrada doña María
Luisa Balaguer Callejón, los magistrados don Ramón Sáez Valcárcel, don Enrique
Arnaldo Alcubilla y las magistradas doña Concepción Espejel Jorquera y doña
Inmaculada Montalbán Huertas, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
SENTENCIA
En el recurso de amparo núm. 4885-2020, promovido por el Grupo Mixto del
Parlamento Vasco y por doña Amaia Martínez Grisaleña, parlamentaria del citado
Parlamento, contra los acuerdos de la mesa de aquella Cámara, de 13 de agosto y de 8
de septiembre de 2020, que respectivamente, desestimó el primero y rechazó el
segundo en trámite de reconsideración, determinadas solicitudes presentadas por
aquellos en relación con el ejercicio de sus funciones parlamentarias en la citada
Cámara. Ha sido parte el Parlamento Vasco. Ha intervenido el Ministerio Fiscal. Ha sido
ponente el magistrado don Antonio Narváez Rodríguez.
Antecedentes
1. Mediante escrito, que tuvo entrada en el registro de este tribunal el día 18 de
octubre de 2020, el procurador de los tribunales don Antonio Ortega Fuentes, en nombre
y representación del Grupo Mixto del Parlamento Vasco y de doña Amaia Martínez
Grisaleña, parlamentaria del citado Parlamento, asistidos por la letrada doña Marta
Castro Fuertes, interpusieron recurso de amparo contra los acuerdos de la mesa de
aquella Cámara, de 13 de agosto y de 8 de septiembre de 2020, que, respectivamente,
desestimó el primero y rechazó el segundo en trámite de reconsideración determinadas
solicitudes presentadas por aquellos en relación con el ejercicio de sus funciones
parlamentarias en la citada Cámara legislativa.
2.
Los hechos relevantes para la resolución de este recurso son los siguientes:
a) En las elecciones al Parlamento Vasco celebradas el día 12 de julio de 2020, la
candidatura del partido político Vox obtuvo un acta de diputado que correspondió a doña
cve: BOE-A-2022-5808
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I.