T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2022-5807)
Pleno. Sentencia 37/2022, de 10 de marzo de 2022. Recurso de inconstitucionalidad 6289-2020. Interpuesto por más de cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso respecto de diversos preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a la vivienda. Competencias sobre vivienda, condiciones básicas de igualdad, legislación civil y procesal y régimen jurídico de las administraciones públicas; derecho de propiedad y principios de dignidad humana, seguridad jurídica y tipicidad: nulidad de los preceptos que definen el objeto y ámbito de aplicación de la ley autonómica, establecen un régimen de contención y moderación de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y las consecuencias sancionadoras de su incumplimiento, habilitan para la aplicación de porcentajes correctores y exclusión de viviendas en áreas con mercado de vivienda tenso, definen el régimen transitorio en estas mismas áreas, introducen un mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos e imponen el juicio verbal como cauce procesal obligado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 84
Viernes 8 de abril de 2022
Sec. TC. Pág. 48495
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
5807
Pleno. Sentencia 37/2022, de 10 de marzo de 2022. Recurso de
inconstitucionalidad 6289-2020. Interpuesto por más de cincuenta diputados
del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso respecto de diversos
preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 11/2020, de 18 de
septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los
contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la Ley 18/2007,
de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a
la vivienda. Competencias sobre vivienda, condiciones básicas de igualdad,
legislación civil y procesal y régimen jurídico de las administraciones públicas;
derecho de propiedad y principios de dignidad humana, seguridad jurídica y
tipicidad: nulidad de los preceptos que definen el objeto y ámbito de
aplicación de la ley autonómica, establecen un régimen de contención y
moderación de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y las
consecuencias sancionadoras de su incumplimiento, habilitan para la
aplicación de porcentajes correctores y exclusión de viviendas en áreas con
mercado de vivienda tenso, definen el régimen transitorio en estas mismas
áreas, introducen un mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos e
imponen el juicio verbal como cauce procesal obligado.
ECLI:ES:TC:2022:37
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Pedro José
González-Trevijano Sánchez, presidente; los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos,
don Santiago Martínez-Vares García, don Antonio Narváez Rodríguez, don Ricardo
Enríquez Sancho y don Cándido Conde-Pumpido Tourón; la magistrada doña María
Luisa Balaguer Callejón; los magistrados don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique
Arnaldo Alcubilla, y las magistradas doña Concepción Espejel Jorquera y doña
Inmaculada Montalbán Huertas, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
En el recurso de inconstitucionalidad núm. 6289-2020, interpuesto por más de
cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso contra los arts. 2,
3.2, 3.3, 3.4, 6, 7.1, 15.1, 16.2 y 18 y las disposiciones adicionales primera y cuarta de la
Ley del Parlamento de Cataluña 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en
materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de
modificación de la Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la
protección del derecho a la vivienda. Han comparecido y formulado alegaciones el
Gobierno de la Generalitat de Cataluña y el Parlamento de Cataluña. Ha sido ponente el
magistrado don Ramón Sáez Valcárcel.
I.
Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el día 18 de diciembre de 2020 se ha
promovido recurso de inconstitucionalidad por más de cincuenta diputados del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso contra los arts. 2, 3.2, 3.3, 3.4, 6, 7.1, 15.1, 16.2
cve: BOE-A-2022-5807
Verificable en https://www.boe.es
SENTENCIA
Núm. 84
Viernes 8 de abril de 2022
Sec. TC. Pág. 48495
SECCIÓN DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
5807
Pleno. Sentencia 37/2022, de 10 de marzo de 2022. Recurso de
inconstitucionalidad 6289-2020. Interpuesto por más de cincuenta diputados
del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso respecto de diversos
preceptos de la Ley del Parlamento de Cataluña 11/2020, de 18 de
septiembre, de medidas urgentes en materia de contención de rentas en los
contratos de arrendamiento de vivienda y de modificación de la Ley 18/2007,
de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la protección del derecho a
la vivienda. Competencias sobre vivienda, condiciones básicas de igualdad,
legislación civil y procesal y régimen jurídico de las administraciones públicas;
derecho de propiedad y principios de dignidad humana, seguridad jurídica y
tipicidad: nulidad de los preceptos que definen el objeto y ámbito de
aplicación de la ley autonómica, establecen un régimen de contención y
moderación de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y las
consecuencias sancionadoras de su incumplimiento, habilitan para la
aplicación de porcentajes correctores y exclusión de viviendas en áreas con
mercado de vivienda tenso, definen el régimen transitorio en estas mismas
áreas, introducen un mecanismo extrajudicial de resolución de conflictos e
imponen el juicio verbal como cauce procesal obligado.
ECLI:ES:TC:2022:37
El Pleno del Tribunal Constitucional, compuesto por el magistrado don Pedro José
González-Trevijano Sánchez, presidente; los magistrados don Juan Antonio Xiol Ríos,
don Santiago Martínez-Vares García, don Antonio Narváez Rodríguez, don Ricardo
Enríquez Sancho y don Cándido Conde-Pumpido Tourón; la magistrada doña María
Luisa Balaguer Callejón; los magistrados don Ramón Sáez Valcárcel y don Enrique
Arnaldo Alcubilla, y las magistradas doña Concepción Espejel Jorquera y doña
Inmaculada Montalbán Huertas, ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
En el recurso de inconstitucionalidad núm. 6289-2020, interpuesto por más de
cincuenta diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso contra los arts. 2,
3.2, 3.3, 3.4, 6, 7.1, 15.1, 16.2 y 18 y las disposiciones adicionales primera y cuarta de la
Ley del Parlamento de Cataluña 11/2020, de 18 de septiembre, de medidas urgentes en
materia de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda y de
modificación de la Ley 18/2007, de la Ley 24/2015 y de la Ley 4/2016, relativas a la
protección del derecho a la vivienda. Han comparecido y formulado alegaciones el
Gobierno de la Generalitat de Cataluña y el Parlamento de Cataluña. Ha sido ponente el
magistrado don Ramón Sáez Valcárcel.
I.
Antecedentes
1. Mediante escrito registrado en este tribunal el día 18 de diciembre de 2020 se ha
promovido recurso de inconstitucionalidad por más de cincuenta diputados del Grupo
Parlamentario Popular en el Congreso contra los arts. 2, 3.2, 3.3, 3.4, 6, 7.1, 15.1, 16.2
cve: BOE-A-2022-5807
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