III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2022-1102)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, la Comunidad Autónoma de Andalucía y la Universidad Loyola Andalucía, para la realización de prácticas externas en juzgados y tribunales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 9230
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad Loyola Andalucía pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales
de la Comunidad Autónoma de Andalucía de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y compromisos de las partes.
Constituye el objeto del presente Convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado
matriculado en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o
máster que imparte la Universidad Loyola Andalucía y siempre de titulaciones
relacionadas con profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y
tribunales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por un lado, la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local
se compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del presente
Convenio, así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y
tribunales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por otro lado, la Universidad Loyola Andalucía se compromete a que la persona o
personas que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de
los siguientes derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad Loyola
Andalucía que sea de aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad Loyola Andalucía que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar del acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades
culturales, entre otras.
Segunda.
Condiciones y requisitos generales de las prácticas.
1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se
adjunta como anexo I al presente Convenio.
cve: BOE-A-2022-1102
Verificable en https://www.boe.es
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia y la Comunidad Autónoma de Andalucía estará siempre supeditada a las
necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas
externas, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el
Convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso
extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a
reclamación alguna por parte de la Universidad Loyola Andalucía o concesión de
indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial
mediante la cesión de aulas, con ocasión de la celebración de pruebas correspondientes
a los procesos selectivos para el ingreso o acceso de personal funcionario al servicio de
la Administración de Justicia y de acceso a las Carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. III. Pág. 9230
Dicha colaboración se concreta en que el alumnado que cursa estudios en la
Universidad Loyola Andalucía pueda realizar prácticas externas en juzgados y tribunales
de la Comunidad Autónoma de Andalucía de conformidad con las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera. Objeto y compromisos de las partes.
Constituye el objeto del presente Convenio la realización de prácticas externas
curriculares y extracurriculares (en adelante, prácticas externas) por el alumnado
matriculado en la asignatura de prácticas académicas, de estudios oficiales de grado o
máster que imparte la Universidad Loyola Andalucía y siempre de titulaciones
relacionadas con profesiones de la Administración de Justicia, en los juzgados y
tribunales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por un lado, la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local
se compromete a permitir la realización de las prácticas externas objeto del presente
Convenio, así como a facilitar el acceso del alumnado a las sedes de los juzgados y
tribunales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Por otro lado, la Universidad Loyola Andalucía se compromete a que la persona o
personas que ejerza/n la tutoría de las prácticas en el órgano judicial pueda disfrutar de
los siguientes derechos, en el marco de la normativa propia de la Universidad Loyola
Andalucía que sea de aplicación:
a) Reconocimiento de su actividad colaboradora mediante documento acreditativo
expedido por la Universidad Loyola Andalucía que certifique su actividad como tutor/a de
estudiantes en prácticas.
b) Ser informada acerca de la normativa que regula las prácticas externas, así
como del proyecto formativo y de las condiciones de su desarrollo.
c) Tener acceso a la Universidad para obtener la información y el apoyo necesarios
en el cumplimiento de los fines propios de su función.
d) Disfrutar del acceso a bibliotecas, instalaciones deportivas o actividades
culturales, entre otras.
Segunda.
Condiciones y requisitos generales de las prácticas.
1. Las prácticas externas se ajustarán en todo caso a la normativa vigente, y en
especial a lo establecido en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se
regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios.
Cada alumno/a deberá suscribir al inicio de las prácticas el documento que se
adjunta como anexo I al presente Convenio.
cve: BOE-A-2022-1102
Verificable en https://www.boe.es
La colaboración que prestan el Consejo General del Poder Judicial, el Ministerio de
Justicia y la Comunidad Autónoma de Andalucía estará siempre supeditada a las
necesidades y disponibilidad del juzgado o tribunal donde se realicen las prácticas
externas, por lo que surgida tal necesidad o falta de disponibilidad, en su caso, el
Convenio quedará suspendido, en tanto persistan estas situaciones o, en su caso
extinguido sin que sea preciso denuncia previa en este sentido y sin derecho a
reclamación alguna por parte de la Universidad Loyola Andalucía o concesión de
indemnización o compensación a su favor.
Asimismo, la Universidad se compromete, en función de su disponibilidad, a prestar
su colaboración al Ministerio de Justicia y al Consejo General del Poder Judicial
mediante la cesión de aulas, con ocasión de la celebración de pruebas correspondientes
a los procesos selectivos para el ingreso o acceso de personal funcionario al servicio de
la Administración de Justicia y de acceso a las Carreras judicial y fiscal.
Las partes determinarán, de común acuerdo, el número de estudiantes que
realizarán las prácticas en los juzgados y tribunales.