I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-1058)
Real Decreto 46/2022, de 18 de enero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Imagen y Sonido, Informática y Comunicaciones, Instalación y Mantenimiento, Sanidad, Seguridad y Medio Ambiente y Servicios Socioculturales y a la Comunidad, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Seguridad y Medio Ambiente y Servicios Socioculturales y a la Comunidad, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 8459
CR2.7 La información adicional recopilada previamente durante el visionado del
espectáculo grabado o mediante la observación in situ se valora para garantizar la
planificación del proceso de audiodescripción y, en el caso concreto de las obras de
teatro, para poder incluir en el guion todos los detalles o aspectos en los que la
función se aparte del libreto original.
RP3: Elaborar la documentación relativa a las escenas de la obra audiovisual, evento
o espectáculo en vivo que se ha de audiodescribir, analizando la información obtenida de
diversas fuentes y valorando los aspectos narrativos y artísticos del mensaje audiovisual,
con vistas a la realización de los guiones de audiodescripción (el de la propia obra
audiovisual, evento o espectáculo en vivo en sí y el del resumen previo, si procede) que se
utilizarán durante la representación o la emisión de la obra o programa.
CR3.1 El material audiovisual recibido para realizar el trabajo se convierte, si
procede, al formato propio de la aplicación con la que se elabora el guion de
audiodescripción, utilizándose para ello sistemas informáticos específicos.
CR3.2 La pista de audio se dispone en alta calidad de manera independiente
utilizando sistemas informáticos específicos.
CR3.3 La documentación se configura/conforma integrando la temática del
espectáculo grabado (en directo o en diferido, según proceda), las directrices de la
dirección y los recursos cinematográficos empleados por los distintos departamentos
o profesionales.
CR3.4 El contenido de la obra audiovisual se valora distinguiendo las partes
dramáticas y plásticas, así como evaluando las emociones representadas en ellas y
las características del ritmo, de la trama, del estilo y del lenguaje.
CR3.5 La estructura del guion se valora calibrando, por un lado, la idoneidad de
los huecos de mensaje disponibles para insertar en ellos bocadillos de información y,
por otro, las correcciones o cambios realizados en la obra audiovisual, evento o
espectáculo con respecto al libreto o guion original.
CR3.6 La temática y la intencionalidad de la música empleada se valoran en
función de su relación con la imagen a fin de poder transmitirlas, si procede, al guion
de audiodescripción.
CR3.7 La información adicional (recopilada durante el visionado del espectáculo
grabado previamente, o bien mediante la observación in situ de la obra) se valora
analizando su relevancia y la existencia o no de huecos de mensaje para estudiar la
posibilidad de su inclusión en el guion de audiodescripción y la manera en que ha de
realizarse esta.
RP4: Elaborar guiones de audiodescripción de obras audiovisuales, eventos y
espectáculos en vivo, valorando la información de referencia proporcionada para adecuar
dichos guiones a las contingencias que puedan darse en el transcurso del evento.
CR4.1 Los guiones de audiodescripción se redactan respetando las normas
ortográficas y gramaticales, así como las pautas establecidas por la norma técnica
de audiodescripción.
cve: BOE-A-2022-1058
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 8459
CR2.7 La información adicional recopilada previamente durante el visionado del
espectáculo grabado o mediante la observación in situ se valora para garantizar la
planificación del proceso de audiodescripción y, en el caso concreto de las obras de
teatro, para poder incluir en el guion todos los detalles o aspectos en los que la
función se aparte del libreto original.
RP3: Elaborar la documentación relativa a las escenas de la obra audiovisual, evento
o espectáculo en vivo que se ha de audiodescribir, analizando la información obtenida de
diversas fuentes y valorando los aspectos narrativos y artísticos del mensaje audiovisual,
con vistas a la realización de los guiones de audiodescripción (el de la propia obra
audiovisual, evento o espectáculo en vivo en sí y el del resumen previo, si procede) que se
utilizarán durante la representación o la emisión de la obra o programa.
CR3.1 El material audiovisual recibido para realizar el trabajo se convierte, si
procede, al formato propio de la aplicación con la que se elabora el guion de
audiodescripción, utilizándose para ello sistemas informáticos específicos.
CR3.2 La pista de audio se dispone en alta calidad de manera independiente
utilizando sistemas informáticos específicos.
CR3.3 La documentación se configura/conforma integrando la temática del
espectáculo grabado (en directo o en diferido, según proceda), las directrices de la
dirección y los recursos cinematográficos empleados por los distintos departamentos
o profesionales.
CR3.4 El contenido de la obra audiovisual se valora distinguiendo las partes
dramáticas y plásticas, así como evaluando las emociones representadas en ellas y
las características del ritmo, de la trama, del estilo y del lenguaje.
CR3.5 La estructura del guion se valora calibrando, por un lado, la idoneidad de
los huecos de mensaje disponibles para insertar en ellos bocadillos de información y,
por otro, las correcciones o cambios realizados en la obra audiovisual, evento o
espectáculo con respecto al libreto o guion original.
CR3.6 La temática y la intencionalidad de la música empleada se valoran en
función de su relación con la imagen a fin de poder transmitirlas, si procede, al guion
de audiodescripción.
CR3.7 La información adicional (recopilada durante el visionado del espectáculo
grabado previamente, o bien mediante la observación in situ de la obra) se valora
analizando su relevancia y la existencia o no de huecos de mensaje para estudiar la
posibilidad de su inclusión en el guion de audiodescripción y la manera en que ha de
realizarse esta.
RP4: Elaborar guiones de audiodescripción de obras audiovisuales, eventos y
espectáculos en vivo, valorando la información de referencia proporcionada para adecuar
dichos guiones a las contingencias que puedan darse en el transcurso del evento.
CR4.1 Los guiones de audiodescripción se redactan respetando las normas
ortográficas y gramaticales, así como las pautas establecidas por la norma técnica
de audiodescripción.
cve: BOE-A-2022-1058
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 20