I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-1058)
Real Decreto 46/2022, de 18 de enero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Imagen y Sonido, Informática y Comunicaciones, Instalación y Mantenimiento, Sanidad, Seguridad y Medio Ambiente y Servicios Socioculturales y a la Comunidad, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Seguridad y Medio Ambiente y Servicios Socioculturales y a la Comunidad, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 8453
del producto de audiodescripción que ha de elaborarse (número y extensión de los
huecos de mensaje, duración del programa, entre otros), así como en función del
medio por el que va a ser emitido (cine, televisión, sitios web que ofrecen servicios
de emisión en continuo, entre otros) y de los plazos de entrega.
CR1.4 Las condiciones de percepción de las personas a las que va destinado el
proyecto se valoran considerando la capacidad y agudeza visual de estas, de cerca
y de lejos, así como el campo visual de que disponen.
CR1.5 La viabilidad técnica del proyecto de audiodescripción se valora mediante
un informe que analiza, por un lado, si los lapsos que median entre las intervenciones
son lo suficientemente amplios como para poder insertar en ellos bocadillos de
información y, por otro, si el número de tales lapsos permite redactar un guion de
audiodescripción, considerando otros criterios como temática, coste y difusión.
RP2: Planificar el proceso de audiodescripción de programas grabados de contenido
audiovisual, evaluando las características de los mismos y las etapas del proceso para
escoger el modelo que mejor responda al proyecto.
CR2.1 Las características propias de cada programa grabado de contenido
audiovisual (duración, temática, público, hora de emisión, entre otros), así como el
medio por el que va a emitirse (televisión, cine, sitios web que ofrecen servicios de
emisión en continuo, entre otros), se valoran en función de la adecuación del
proyecto de audiodescripción a tales circunstancias.
CR2.2 Los recursos materiales que deben destinarse a cada fase de producción
del proyecto de audiodescripción de programas grabados de contenido audiovisual
se valoran en función de su adecuación a las características de cada proyecto (medio
por el que va a ser emitido el programa, fecha u hora de entrega, entre otros).
CR2.3 El personal técnico (guionistas, personal de locución, entre otros) se
selecciona en función de las características del proyecto de audiodescripción de
programas grabados de contenido audiovisual, considerando su capacidad y
experiencia profesionales, así como su conocimiento de la temática.
CR2.4 El tiempo destinado a cada una de las secuencias de producción, bloques
o cualesquiera otras unidades coherentes en que se haya dividido el proyecto se
valora en función del plazo del que se dispone para la elaboración del proyecto
desde la asignación del encargo hasta el momento en que se pone en marcha.
CR2.5 La información adicional recopilada previamente a la escritura del guion
(libros de temática cinematográfica, guiones de rodaje, entre otros) se valora para
garantizar la planificación del proceso de audiodescripción.
RP3: Recopilar material audiovisual y documentación escrita relativos al programa
grabado de contenido audiovisual que se haya de audiodescribir, analizando la información
obtenida de diversas fuentes y valorando los aspectos narrativos y artísticos del mensaje
audiovisual, con vistas a la realización del guion de audiodescripción.
CR3.1 El material audiovisual recibido para realizar el trabajo se convierte, si
procede, al formato propio de la aplicación con la que se elabora el guion de
audiodescripción, utilizándose para ello sistemas informáticos específicos.
cve: BOE-A-2022-1058
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 20
Lunes 24 de enero de 2022
Sec. I. Pág. 8453
del producto de audiodescripción que ha de elaborarse (número y extensión de los
huecos de mensaje, duración del programa, entre otros), así como en función del
medio por el que va a ser emitido (cine, televisión, sitios web que ofrecen servicios
de emisión en continuo, entre otros) y de los plazos de entrega.
CR1.4 Las condiciones de percepción de las personas a las que va destinado el
proyecto se valoran considerando la capacidad y agudeza visual de estas, de cerca
y de lejos, así como el campo visual de que disponen.
CR1.5 La viabilidad técnica del proyecto de audiodescripción se valora mediante
un informe que analiza, por un lado, si los lapsos que median entre las intervenciones
son lo suficientemente amplios como para poder insertar en ellos bocadillos de
información y, por otro, si el número de tales lapsos permite redactar un guion de
audiodescripción, considerando otros criterios como temática, coste y difusión.
RP2: Planificar el proceso de audiodescripción de programas grabados de contenido
audiovisual, evaluando las características de los mismos y las etapas del proceso para
escoger el modelo que mejor responda al proyecto.
CR2.1 Las características propias de cada programa grabado de contenido
audiovisual (duración, temática, público, hora de emisión, entre otros), así como el
medio por el que va a emitirse (televisión, cine, sitios web que ofrecen servicios de
emisión en continuo, entre otros), se valoran en función de la adecuación del
proyecto de audiodescripción a tales circunstancias.
CR2.2 Los recursos materiales que deben destinarse a cada fase de producción
del proyecto de audiodescripción de programas grabados de contenido audiovisual
se valoran en función de su adecuación a las características de cada proyecto (medio
por el que va a ser emitido el programa, fecha u hora de entrega, entre otros).
CR2.3 El personal técnico (guionistas, personal de locución, entre otros) se
selecciona en función de las características del proyecto de audiodescripción de
programas grabados de contenido audiovisual, considerando su capacidad y
experiencia profesionales, así como su conocimiento de la temática.
CR2.4 El tiempo destinado a cada una de las secuencias de producción, bloques
o cualesquiera otras unidades coherentes en que se haya dividido el proyecto se
valora en función del plazo del que se dispone para la elaboración del proyecto
desde la asignación del encargo hasta el momento en que se pone en marcha.
CR2.5 La información adicional recopilada previamente a la escritura del guion
(libros de temática cinematográfica, guiones de rodaje, entre otros) se valora para
garantizar la planificación del proceso de audiodescripción.
RP3: Recopilar material audiovisual y documentación escrita relativos al programa
grabado de contenido audiovisual que se haya de audiodescribir, analizando la información
obtenida de diversas fuentes y valorando los aspectos narrativos y artísticos del mensaje
audiovisual, con vistas a la realización del guion de audiodescripción.
CR3.1 El material audiovisual recibido para realizar el trabajo se convierte, si
procede, al formato propio de la aplicación con la que se elabora el guion de
audiodescripción, utilizándose para ello sistemas informáticos específicos.
cve: BOE-A-2022-1058
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 20