I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-1057)
Real Decreto 45/2022, de 18 de enero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, Energía y Agua y Hostelería y Turismo, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria y Energía y Agua, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 7803

Técnicas preventivas elementales sobre riesgos genéricos: caídas a distinto nivel,
manipulación de cargas, riesgos posturales y ergonómicos, manipulación de productos
químicos, entre otros.
Prevención de riesgos en construcción y obras públicas: albañilería, encofrados,
ferrallado, revestimiento de yeso, electricidad, fontanería, pintura, solados y alicatados,
aparatos elevadores, entre otros.
Prevención de riesgos en la conservación y mantenimiento de infraestructuras:
demolición y rehabilitación, otros.
Prevención de riesgos en el uso de equipos de trabajo y maquinaria de obra: aparatos
elevadores, grúa-torre, grúa-móvil autopropulsada, montacargas, maquinaria de
movimiento de tierras, entre otros.
Prevención de riesgos en canteras, areneras, graveras y explotación de tierras
industriales.
Prevención de riesgos en embarcaciones, artefactos flotantes y ferrocarriles auxiliares
de obras y puertos.
Primeros auxilios y medidas de emergencia. Procedimientos generales. Plan de
actuación.
Parámetros de contexto de la formación:
Espacios e instalaciones:
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo
con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en
cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos, salud laboral,
accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter
orientativo como espacios de uso:
- Instalación de 2 m² por alumno o alumna.
Perfil profesional del formador o formadora:
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionados con la realización de las
funciones de nivel básico para la prevención de riesgos laborales en construcción, que se
acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación
Superior) o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias
relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las
Administraciones competentes.

cve: BOE-A-2022-1057
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 20