I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y FORMACIÓN PROFESIONAL. Formación profesional. (BOE-A-2022-1057)
Real Decreto 45/2022, de 18 de enero, por el que se establecen determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Edificación y Obra Civil, Electricidad y Electrónica, Energía y Agua y Hostelería y Turismo, que se incluyen en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, y se modifican parcialmente determinadas cualificaciones profesionales de las familias profesionales Agraria y Energía y Agua, recogidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 24 de enero de 2022

Sec. I. Pág. 7797

5. Formación preventiva asociada al puesto de trabajador vertical en
construcción temporal en altura
Técnicas preventivas y de protección antes de inicio de trabajos en obras.
Aplicación del plan de seguridad y salud en el uso los sistemas de acceso y
posicionamiento mediante cuerdas.
Control y vigilancia sobre le lugar de trabajo.
Normativa aplicable de seguridad en el desempeño en el puesto de trabajo.
Interferencias con otros trabajos. Señalización.
Mantenimiento de las protecciones individuales y colectivas.
Normativa aplicable de seguridad en el mantenimiento y conservación de equipos de
trabajo.
Equipo Vertical Personal (EPI, Dispositivos de progresión, entre otros) para trabajos
verticales. Características, tipología, compatibilidad, normativa técnica de aplicación,
mantenimiento, revisión, conservación y uso.
Selección, colocación y uso de los componentes y elementos del Equipo Vertical
Personal.
Parámetros de contexto de la formación:
Espacios e instalaciones:
Los talleres e instalaciones darán respuesta a las necesidades formativas de acuerdo
con el contexto profesional establecido en la unidad de competencia asociada, teniendo en
cuenta la normativa aplicable del sector productivo, prevención de riesgos laborales,
accesibilidad universal y protección medioambiental. Se considerará con carácter
orientativo como espacios de uso:
- Espacio singular no necesariamente ubicado en centro de formación.
- Instalación de 2 m² por alumno o alumna.
Perfil profesional del formador o formadora:
1. Dominio de los conocimientos y las técnicas relacionadas con la realización de
trabajos temporales de construcción en altura con sistemas de posicionamiento mediante
cuerdas que se acreditará mediante una de las dos formas siguientes:
- Formación académica de nivel 2 (Marco Español de Cualificaciones para la Educación
Superior) o de otras de superior nivel relacionadas con el campo profesional.
- Experiencia profesional de un mínimo de 3 años en el campo de las competencias
relacionadas con este módulo formativo.
2. Competencia pedagógica acreditada de acuerdo con lo que establezcan las
Administraciones competentes.

cve: BOE-A-2022-1057
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 20